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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (19/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 65

El Peruano Miércoles 19 de junio de 2013 497527 el Programa de Fomento de la Conservación del Ornato de la Ciudad denominado “Renovemos Jesús María”, a través del cual la corporación edil, brinda apoyo con mano de obra para el pintado de fachadas, dirigido a los edifi cios debidamente registrados ante la Gerencia de Rentas y que tengan una antigüedad de construcción superior a los 20 años; Que, por Ordenanza Nº 303-MDJM, se suspendió temporalmente la vigencia de la Ordenanza Nº 223- MDJM, siendo restituida con Ordenanza Nº 363-MDJM; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando Nº 1471-2013-MDJM-GPP de fecha 17 de mayo del 2013; recomienda suspender el programa temporalmente por cuanto no se cuenta con marco presupuestal sufi ciente para atención de nuevas solicitudes. En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONSERVACIÓN DEL ORNATO DE LA CIUDAD DENOMINADO “RENOVEMOS JESÚS MARÍA” Artículo Primero.- SUSPÈNDASE, temporalmente hasta el 31 de marzo del 2014 la vigencia de la Ordenanza Nº 223-MDJM, en tanto no se habiliten mayores recursos para su ejecución. Artículo Segundo.- INCORPORASE el Artículo Sexto a la Ordenanza Nº 223-MDJM, el mismo que tendrá el siguiente texto: “Articulo Sexto.- Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como el restablecimiento o suspensión de la presente Ordenanza, de acuerdo a los informes técnico, presupuestal y legal correspondientes.” Artículo Tercero.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 951377-2 Suspenden vigencia e incorporan artículo a la Ordenanza Nº 302-MDJM que aprobó Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi Quinta ORDENANZA Nº 411-MDJM Jesús María, 14 de junio del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 302-MDJM, se aprobó el Programa de Vivienda Municipal Mejorando Mi Quinta, a través del cual la Municipalidad de Jesús María, brinda apoyo con mano de obra para el pintado de fachadas, mejoramiento de servicios de agua, desagüe y energía eléctrica de las áreas comunes de las Quintas con una construcción no menor a los 40 años. Que, por Ordenanza Nº 340-MDJM, se dispuso suspender temporalmente la vigencia de la Ordenanza Nº 302-MDJM, siendo restituida con Ordenanza Nº 353- MDJM; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando Nº 1453-2013-MDJM-GPP de fecha 17 de mayo del 2013; recomienda suspender el programa temporalmente por cuanto no se cuenta con marco presupuestal sufi ciente para atención de nuevas solicitudes. En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE VIVIENDA MUNICIPAL MEJORANDO MI QUINTA Artículo Primero.- SUSPÈNDASE, temporalmente hasta el 31 de marzo del 2014 la vigencia de la Ordenanza Nº 302-MDJM, en tanto no se habiliten mayores recursos para su ejecución. Artículo Segundo.- INCORPÓRASE el Artículo Sexto a la Ordenanza Nº 302-MDJM, el mismo que tendrá el siguiente texto: “Artículo Sexto.- Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como el restablecimiento o suspensión de la presente Ordenanza, de acuerdo a los informes técnico, presupuestal y legal correspondientes.” Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 951377-3 Modifican la Ordenanza Nº 378-MDJM que complementa los parámetros urbanísticos y edificatorios en el Distrito de Jesús María ORDENANZA Nº 412-2013-MDJM Jesús María, 14 de junio del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el artículo 195 del mismo cuerpo normativo dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo y posee competencia para desarrollar y regular