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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (19/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 71

El Peruano Miércoles 19 de junio de 2013 497533 DEBE DECIR: Artículo Segundo.- La asignación de zonifi cación y anexión al área urbana de los predios precitados en el artículo precedente, se regirán de conformidad con lo establecido en el Reglamento Nacional de Edifi caciones (RNE) por el siguiente cuadro de datos técnicos: ZONIFICACIÓN DENSIDAD RDM R4 Cuadro de Porcentajes de Aportes Reglamentarios RECREACIÓN PUBLICA PARQUES ZONALES SERVICIOS PÚBLICOS COMPLEMENTARIOS EDUCACIÓN OTROS FINES 8% ------ 2% 3% 951629-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO MUNICIPAL Nº 123-2013–C/CPP San Miguel de Piura, 6 de junio de 2013 Visto, el Dictamen Nº 005-2013-CPV/MPP, de fecha 4 de junio de 2013, de la Comisión de Participación Vecinal, de la Municipalidad Provincial de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 196-2013-DVL-OAS-GDS/MPP, la Gerencia de Desarrollo Social, solicita la adquisición de insumos como HOJUELA DE KIWICHA, SOYA, CAÑIHUA, AVENA AZUCARADA ENRIQUECIDA CON VITAMINAS Y MINERALES – HOJUELAS PRECOCIDOS, teniendo en consideración el recurso de apelación y la falta de pronunciamiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE, así como el desabastecimiento del insumo antes señalado, lo cual genera retrasos en el cumplimiento de metas, y perjuicio a los benefi ciarios, por lo que solicita se efectúe la compra directa de los productos faltantes, mediante de exoneración del proceso de selección, advirtiendo las cantidades a adquirir y las especifi caciones técnicas, con el precio referencial de acuerdo a la licitación pública Nº 002-2013-CEPVL/MPP; Que, con Informe Nº 0214-2013-OF.PRESUP-GPYD- MPP la Ofi cina de Presupuesto señala que existe cobertura presupuestal, para la adquisición de los referidos insumos, para el período mayo 2013 – Abril 2014, por la suma de S/. 1´268,364.50 Nuevos Soles, dejando constancia que la cobertura presupuestal del próximo año será prevista en la Programación de Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2014; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 943-2013-GAJ/MPP de fecha 03.06.2013, señala que en el Proceso de Licitación Pública Nº 002- 2013-CEPVL/MPP del insumo Hojuela de Kiwicha, Soya Cañihua, Avena Azucarada enriquecida con vitaminas y minerales, existe un Recurso de Apelación ante el Tribunal del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE y hasta la fecha no hay pronunciamiento por parte de dicha entidad; en ese sentido, es responsabilidad de la División del Vaso de Leche tener abastecidos a los Comités del mismo durante el presente año, por ello la Jefa de la División del Vaso de Leche ha efectuado un requerimiento por Situación de Desabastecimiento prevista en el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 129º de su Reglamento, por 92 días calendario en la cantidad de 49,872 Kg. del referido insumo, por un costo total de S/. 324,168.00 Nuevos Soles, opinando, que el presente sea derivado a la Comisión respectiva y posterior a ello al Pleno del Concejo, para que proceda conforme a sus atribuciones, para efectos de autorizar la Exoneración del Proceso de Selección, de conformidad con lo establecido en el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que puedan derivar, para tal efecto la Comisión Especial de Procesos Administrativos deberá evaluar dichas responsabilidades; Que, la Comisión de Participación Vecinal, a través del Dictamen del Visto, recomienda aprobar la adquisición del insumo Hojuela de Kiwicha, Soya Cañigua, avena Azucarada, Enriquecida con vitaminas y minerales de 42,812 kg por el monto de S/. 324,168.00 Nuevos Soles, para el abastecimiento de 92 días calendarios, a través de la exoneración de proceso de selección por causal de desabastecimiento inminente; asimismo, que, de aprobarse ante el Pleno del Concejo, la exoneración antes indicada, no constituye dispensa, excepción o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad, debe disponerse el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados; Que, sometida a consideración de los señores regidores la recomendación de la Comisión de Participación Vecinal, en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 6 de junio de 2013, y luego de un amplio debate, mereció su aprobación, indicándose que además se deslindará la responsabilidad administrativa de los funcionarios responsables, por lo que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar el desabastecimiento inminente de 42,812 Kg. de los insumos HOJUELA DE KIWICHA, SOYA, CAÑIHUA, AVENA AZUCARADA ENRIQUECIDA CON VITAMINAS Y MINERALES – HOJUELAS PRECOCIDOS para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Piura, por un plazo de 92 días calendarios. Artículo Segundo.- Autorizar la Adquisición de los 42,812 Kg. de los insumos HOJUELA DE KIWICHA, SOYA, CAÑIHUA, AVENA AZUCARADA ENRIQUECIDA CON VITAMINAS Y MINERALES – HOJUELAS PRECOCIDOS con exoneración del Proceso de Selección correspondiente por causal de Desabastecimiento Inminente y con un valor referencial de S/. 324,168.00 Nuevos Soles. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Logística la adquisición de los insumos requeridos conforme a lo expuesto en el artículo primero del presente Acuerdo de conformidad con lo establecido en la Ley y reglamento de las contrataciones estatales. Artículo Cuarto.- Determinar las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad, disponiéndose el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios y/o servidores públicos involucrados. Artículo Quinto.- Encargar a la Ofi cina de Secretaría General publicar en el Diario Ofi cial el Peruano el presente Acuerdo de Concejo, en cumplimiento del inciso c) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento. Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaría General remitir copia del presente Acuerdo y de los Informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República y publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Séptimo.- Dar cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información, Ofi cina de Personal, Ofi cina de Presupuesto, Ofi cina de logística, Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE, Contraloría General de la República, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RUBY RODRÍGUEZ VDA. DE AGUILAR Alcaldesa 951548-1