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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2013 (09/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de marzo de 2013 490518 Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a evento a llevarse a cabo en Brasil UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 00884-R-13 Lima, 27 de febrero del 2013 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 00193-SG-13 de la Escuela de Postgrado, sobre viaje en comisión de servicios. CONSIDERANDO: Que con Resolución Rectoral Nº 02967-R-10 del 01 de junio del 2010, se aprobó la elección de don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, con código Nº 010146, como Director de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfi ca, a partir del 01 de junio del 2010 y por el período legal establecido; y con Resolución Rectoral Nº 00831-R- 11 del 23 de febrero del 2011, se aprobó su elección como Director de la Escuela de Postgrado, a partir del 23 de febrero del 2011 y por el período legal establecido; Que mediante Resolución de Directoral Nº 018.EPG.2013 del 28 de enero del 2013, la Escuela de Postgrado solicita autorizar el viaje en Comisión de Servicios a don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, Director de la Escuela de Postgrado, para participar como representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en la Asamblea General Ordinaria de la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado-AUIP, que se realizará en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, el 14 y 15 de marzo del 2013; Que con Resolución de Decanato Nº 065/FIGMMG- D/13 del 25 de febrero del 2013, la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfi ca autoriza el viaje en Comisión de Servicios del 12 al 17 de marzo del 2013, a don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, con código Nº 010146, Director de la Unidad de Postgrado de la citada Facultad, para participar como representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en la Asamblea General Ordinaria de la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado-AUIP, que se realizará en la ciudad de Sao Paulo, Brasil; Que asimismo, se le otorga la suma de S/. 1, 640.83 nuevos soles, por concepto de Pasajes y la suma en nuevos soles equivalente a US$ 1,000.00 dólares americanos, por concepto de Viáticos, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Escuela de Postgrado; Que a fi n de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Escuela de Postgrado, es necesario encargar la Dirección de la citada Escuela a don JUAN ERNESTO DENEGRI ARCE, Director de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Medicina, por el período que dure la ausencia del titular; Que el artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, señala que: “El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal”; Que el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, estipula que: “La Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estén directamente relacionadas con los objetivos institucionales. No excederá, en ningún caso el máximo de treinta (30) días calendario por vez”; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que cuenta con el Proveído s/n del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 12 al 17 de marzo del 2013, a don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, con código Nº 010146, Director de la Escuela de Postgrado, para participar como representante de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en la Asamblea General Ordinaria de la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado AUIP, que se realizará en la ciudad de Sao Paulo, Brasil. 2º.- Otorgar a don CARLOS FRANCISCO CABRERA CARRANZA, las sumas que en cada caso se indica, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Escuela de Postgrado, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Pasajes S/. 1, 640.83 nuevos soles Viáticos (05 días) US$ 14,000.00 dólares americanos (13 al 17/03/13) 3º.- Encargar la Dirección de la Escuela de Postgrado a don JUAN ERNESTO DENEGRI ARCE, Director de la Unidad de Postgrado de la Facultad de Medicina mientras dure la ausencia del titular. 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes, y a la Escuela de Postgrado asumir el pago del servicio de publicación. 5º.- Encargar a la Dirección General de Administración, a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Escuela de Postgrado, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO ATILIO COTILLO ZEGARRA Rector 909041-1 Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 996-2012-UN/JBG Tacna, 1 de junio de 2012. VISTOS: El Ofi cio Nº 315-2012-VIAD/UNJBG, Proveídos Nº 3289-2012-REDO y Nº 1829-2012-SEGE, Ofi cio Nº 301- 2012-SEGE, remitidos para designar al responsable de implementar y actualizar el Portal de Internet de la UNJBG; CONSIDERANDO: Que, a través del D.S. Nº 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la información pública y en su Art. 5º último párrafo dispone que la Entidad pública deberá identifi car al funcionario responsable de la elaboración del portal de internet, asimismo con D.S. 072-2003-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública estableciendo en su Art. 3º que las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad son las siguientes: inc. c) “Designar al Funcionario responsable de la Elaboración y actualización del Portal de Transparencia”. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 200- 2010-PCM, se aprueba la Directiva Nº 001-2010-PCM/ SGP Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia estándar en las Entidades de la Administración Pública, que contiene formatos estándares con información obligatoria a difundir, complementarios a las disposiciones del TUO de la Ley 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la información pública, dicha Directiva en el Art. 6º establece que la responsabilidad de