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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de marzo de 2013 490515 Declaran que la Universidad Señor de Sipán ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a los cambios de denominaciones de facultades y creación de programas académicos de pre y posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0272-2013-ANR Lima, 25 de febrero de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nos. 324, 351, 355, 366 y 392-12/R-USS, de fechas 11 de octubre, 06, 08 y 20 de noviembre y 11 de diciembre de 2012, informe Nº 009-2013-DGDAC, de fecha 24 de enero de 2013; memorando Nº 107-2013-SE, de fecha 31 de enero de 2013; CONSIDERANDO: Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f); Que, el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) mediante Resolución Nº 575-99-CONAFU, de fecha 05 de julio de 1999, autorizó el funcionamiento provisional de la Universidad Privada Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, con las carreras profesionales de: Administración, Contabilidad, Derecho, Ingeniería de Sistemas, y Psicología; por Resolución Nº 180-2004- CONAFU, de fecha 10 de setiembre de 2004, autoriza en la citada casa superior de estudios las Facultades de: Ingeniería con la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas; Humanidades con la Escuela Profesional de Psicología; Ciencias Contables y Administrativas con las Escuelas Académico Profesionales de Administración, y Contabilidad y Finanzas; Derecho con la Escuela Académicos Profesional de Derecho; y con Resolución Nº 104-2005-CONAFU, de fecha 29 de marzo de 2005, otorgó autorización defi nitiva de funcionamiento a la citada casa superior de estudios; Que, por Resolución Nº 1060-2010-ANR, de fecha 27 de octubre de 2010, la Asamblea Nacional de Rectores declaró que la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, cumple con lo previsto en el artículo 92º inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación de las siguientes Escuelas Académico Profesionales, quedando en consecuencia aprobadas para su funcionamiento: Escuela Académico Profesional de Ingeniería Económica, adscrita a la Facultad de Ingeniería, Arquitectura y Urbanismo; Escuelas Académicos Profesionales de Negocios Internacionales, y Administración Pública, adscritas a la Facultad de Ciencias Empresariales; y Escuela Académico Profesional de Estomatología, adscrita a la Facultad de Ciencias de la Salud; asimismo, precisa que la Escuela Académico Profesional de Arte y Diseño Gráfi co Empresarial, adscrita a la Facultad de Humanidades, a partir de la vigencia de la Resolución de Directorio Nº 0010-2010/USS, de fecha 20 de enero de 2010, se denomina “Escuela Académico Profesional de Artes & Diseño Gráfi co Empresarial”; Que, mediante Resolución Nº 0342-2010-ANR, de fecha 07 de abril de 2010, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, con el Programa de Maestría en la Gestión del Talento Humano; precisando que para la creación y funcionamiento de nuevos programas de maestría y doctorado en la citada Escuela de Posgrado, la Universidad deberá coordinar previamente con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, en mérito de lo previsto en el considerando precedente la Asamblea Nacional de Rectores emitió la Resolución Nº 0736-2012-ANR, de fecha 03 de julio de 2012, resolvió declarar, en vía de regularización, que la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 24º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de los siguientes programas: Maestría en Administración y Marketing de la Facultad de Ciencias Empresariales; Maestría en Gestión de Empresas Agroexportadoras de la Facultad de Ingeniería, Arquitectura y Urbanismo; Maestría en Derecho Notarial y Registral de la Facultad de Derecho; y Segunda Especialidad en Derecho de Familia de la Escuela Académico Profesional de Derecho; Que, mediante los ofi cios de vistos, el Rector de la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, solicita a la Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y ofi cialización de los programas académicos de pre y posgrado que se han creado en la citada casa superior de estudios, así como los cambios de denominación de sus facultades, anexando para tal efecto los planes curriculares de cada uno de ellos y los actos resolutivos correspondientes; I. CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE FACULTADES 1. Facultad de Ingeniería por la de Facultad de Ingeniería, Arquitectura y Urbanismo; aprobado por Resolución de Directorio Nº 269-2007/USS, de fecha 12 de julio de 2007. 2. Facultad de Ciencias Contables y Administrativas por la de Facultad de Ciencias Empresariales, aprobado por Resolución de Directorio Nº 186-2005/USS, de fecha 26 de diciembre de 2005. II. CREACIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO 1. Facultad de Humanidades - Escuela Académico Profesional de Ciencias de la Comunicación, aprobada por Resolución de Directorio Nº 141-2005/USS, de fecha 26 de octubre de 2005. 2. Facultad de Ciencias Empresariales - Escuela Académico Profesional de Turismo y Negocios, aprobada por Resolución de Directorio Nº 141-2005/USS, de fecha 26 de octubre de 2005. 3. Facultad de Ingeniería, Arquitectura y Urbanismo - Escuela Académico Profesional de Ingeniería Civil - Escuela Académico Profesional de Ingeniería Industrial - Escuela Académico Profesional de Ingeniería Mecánica y Eléctrica Aprobadas por Resolución de Directorio Nº 141-2005/ USS, de fecha 26 de octubre de 2005. - Escuela Académico Profesional de Arquitectura, aprobada por Resolución de Directorio Nº 047-2007/USS, de fecha 22 de febrero de 2007. - Escuela Académico Profesional de Urbanismo, aprobada por Resolución de Directorio Nº 408-2007/ USS, de fecha 15 de octubre de 2007. 4. Facultad de Ciencias de la Salud - Escuela Académico Profesional de Enfermería, aprobada por Resolución de Directorio Nº 408-2007/USS, de fecha 15 de octubre de 2007. - Escuela Académico Profesional de Medicina Humana, aprobada por Resolución de Directorio Nº 356-2009/USS, de fecha 18 de agosto de 2009. III. CREACIÓN DE PROGRAMA ACADÉMICO DE POSGRADO 1. Maestría Gerencia de Servicios en Salud, aprobada por Resolución Rectoral Nº 0001-2012/USS, de fecha 18 de enero de 2012; Que, mediante informe de vistos la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, expresa que la documentación remitida por la Universidad Señor de Sipán, con sede en la ciudad de Chiclayo, departamento de Lambayeque, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en los artículos 23º, 24º y 92º,