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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2013 (14/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de marzo de 2013 490791 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Precisan el sector competente de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley del Boleto Turístico DECRETO SUPREMO Nº 004-2013-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28719 - Ley del Boleto Turístico establece las condiciones que permitan la creación de boletos turísticos en los distintos departamentos del país; y la distribución por los ingresos a las zonas, monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de propiedad pública y administrados por el Ministerio de Cultura, de manera que se promueva la conservación y acondicionamiento turístico de los mismos; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2011- MINCETUR se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28719, donde se establecen los procedimientos para la creación y administración del Boleto Turístico en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley referida; Que, no obstante que la reglamentación se expidió a través del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la edición, distribución, venta, supervisión y administración de los fondos obtenidos con la venta del Boleto Turístico resultan de competencia del Ministerio de Cultura; Que, en virtud a lo dispuesto en el considerando y a efectos de evitar confusión en relación a la entidad competente, resulta necesario precisar la competencia del Sector Cultura en materia del Boleto Turístico; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; DECRETA: Artículo 1°.- Precisión de competencia del Ministerio de Cultura Precísese que el Ministerio de Cultura es la entidad competente en materia del Boleto Turístico en lo que corresponde a edición, distribución, venta, supervisión y administración de los fondos obtenidos con las ventas. de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 28719 - Ley del Boleto Turístico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2011-MINCETUR. Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Cultura y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de marzo del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 911842-1 Autorizan viaje a Chile de representantes de PROMPERÚ, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 022-2013-PROMPERÚ/PCD Lima, 6 de marzo de 2013 Visto el Memorándum Nº 057-2013-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ, en cumplimiento de sus funciones ha programado realizar conjuntamente con sesenta (60) empresas exportadoras nacionales, de los sectores agro, pesca, calzado, textiles y manufacturas diversas, el evento “EXPOPERÚ CHILE” a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 19 y 20 de marzo de 2013, con el objetivo de promocionar nuestra oferta exportable en el mercado chileno, facilitando a las empresas peruanas el posicionamiento de sus productos en dicho mercado, promoviendo la apertura comercial e inversiones; Que, es importante la realización del citado evento, porque contribuirá a incrementar el comercio bilateral, así como permitirá el posicionamiento de nuestras empresas y sus productos dentro de este mercado, mediante la identi¿ cación de potenciales compradores, importadores, distribuidores y agentes comerciales que faciliten el ingreso de nuestras mercancías; asimismo, se ha previsto la realización de un Foro Empresarial con la participación de autoridades chilenas y peruanas, importadores e inversionistas; Que, en tal razón, a propuesta de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de los señores Luis Alberto Torres Paz y David Abraham Edery Muñoz y las señoras Jeanne Claude Huamán Quiroz, Angela María Reyes Bustos, Gisselle del Rosario Caña Mocarro, María del Pilar Rodriguez Riva y Ana Melba Navarro Martinez, a la ciudad de Santiago, República de Chile, quienes prestan servicios en dicha entidad, para que en su representación participen en la “EXPOPERÚ CHILE”, realizando acciones de promoción de importancia para el país; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi¿ catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago, República de Chile, del señor Luis Alberto Torres Paz y la señora Jeanne Claude Huamán Quiroz, del 17 al 21 de marzo de 2013, del señor David Abraham Edery Muñoz, del 17 al 20 de marzo de 2013; y las señoras María del Pilar Rodriguez Riva, Gisselle del Rosario Caña Mocarro, Angela María Reyes Bustos y Ana Melba Navarro Martinez, del 15 al 20 de marzo de 2013, para que en representación de PROMPERÚ participen en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Luis Alberto Torres Paz y Jeanne Claude Huamán Quiroz (del 17 al 21 de marzo de 2013): - Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 2 personas) : US$ 1 600,00 - Pasajes Aéreos (US$ 940,00 X 2 personas) : US$ 1 880,00