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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de marzo de 2013 491122 del Río Chillón, establecida por el Ministerio de Agricultura según Resolución Administrativa Nº 263-2001-AG-DRA. LC/ATDR.CHRL del 19 de diciembre del 2001, como área intangible de ocupación. 1.3 Modifi car la zonifi cación de Industria Liviana (I2) y Gran Industria (I3) para uso exclusivo de Comercio Zonal (CZ), a todo el sector comprendido entre la Av. Panamericana Norte, Av. Las Vegas y la Av. Santa Josefi na. Las actividades industriales existentes podrán seguir desarrollándose hacia las vías internas de la zona industrial que conserva dicha califi cación. Disponer que en el proceso de Licencia de Habilitación Urbana y/o Licencia de Obra correspondiente, los propietarios del predio antes mencionado, deberán incluir vías separadoras de usos que permita resolver adecuadamente los accesos al conjunto comercial; asimismo, respetar la sección vial normativa de 120 ml. de la Panamericana Norte. Asimismo, deberán cumplir con elaborar el Estudio de Impacto Vial, tal como lo establece la Ordenanza Nº 1268-MML del 19 de julio del 2009. 1.4 Consolidar la zonifi cación de Comercio Zonal (CZ) a los lotes acumulados A, B, C, D, E y F ubicados en la Panamericana Norte extendiéndose dicha califi cación hacia el interior sobre la Av. Julio Díaz, disponiendo que en el proceso de Licencia de Habilitación Urbana y/o Licencia de Obra correspondiente, los propietarios del predio deberán respetar la sección vial normativa de 120 ml. de la Panamericana Norte. Asimismo, deberán cumplir con elaborar el Estudio de Impacto Vial, tal como lo establece la Ordenanza Nº 1268-MML del 19 de julio del 2009. 1.5 Modifi car la zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Educación Superior (E2), al sector ubicado con frente a la Panamericana Norte Km. 17, para permitir la localización de equipamiento urbano de educación superior, disponiendo que en el proceso de Licencia de Habilitación Urbana correspondiente, el propietario del referido predio deberá respetar el área correspondiente a Faja Marginal del Río Chillón, establecida por el Ministerio de Agricultura según Resolución Administrativa Nº 263- 2001-AG-DRA.LC/ATDR.CHRL del 19 de diciembre del 2001, como área intangible de ocupación. 1.6 Extender la zonifi cación de Comercio Vecinal (CV) al área total de los predios ubicados con frente a la Panamericana Norte, correspondiente a la Parcelación Semirústica Shangrila, por tratarse de una precisión de grafi cación. 1.7 Modifi car la zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ) del sector ubicado con frente a la Av. San Juan cuya área es de 1,827.79 m2, recomendando que dicha zonifi cación comprenda la cabecera de manzana correspondiente al Programa de Vivienda y Comercio Pampa Libre. 1.8 Modifi car la zonifi cación de Otros Usos (OU) a Residencial de Densidad Media (RDM), al denominado Predio San Manuel Nº 5, sector ubicado muy cerca a la Panamericana Norte, lado oeste acorde con el entorno inmediato. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Puente Piedra, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zonifi cación del distrito de Puente Piedra, que a continuación se indican, por cuanto no amerita modifi car la califi cación vigente de los sectores en los cuales se ubican: Nº EXP. SOLICITANTE 1 158663-2010 Rita Clorinda Solórzano Manrique 2 120395-2012 Pedro Valdemar Príncipe Trujillo (Factoría Príncipe E.I.R.L 3 129004-2012 Pedro Valdemar Príncipe Trujillo (Factoría Príncipe E.I.R.L 4 4278-2012 JW Exportaciones S.A.C 5 187932-2011 Promotora Continental “B” S.R.L 6 139510-2011 Asociación Frente de Defensa de los Comerciantes y Trabajadores de Puente Piedra y Donato Amador Pariona Ayala 7 153357-2011 Inversiones y Negocios J.T. S.A.C Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios indicados en el Artículo Tercero lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 14 MAR. 2013 EDUARDO ZEGARRA MENDEZ Teniente Alcalde 913157-1 ORDENANZA Nº 1675 LA ALCALDESA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de marzo del 2013, el Dictamen Nº 32-2013-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1015-MML publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 14 de mayo del 2007, tal como se detalla a continuación: 1.1 De Zona de Recreación Pública (ZRP) a Comercio Zonal (CZ) del sector ubicado en la Av. Tomás Valle Cdra. 19 esquina con Calle 5 de Agosto por tratarse de área que cuenta con titularidad y con habilitación urbana, cuyos usos no corresponden a la califi cación de recreación pública, además que la zona del recurso se viene consolidando con usos comerciales. 1.2 De Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), extendiendo la zonifi cación comercial de la Av. Pacasmayo al total de la manzana A que comprende el predio con un área de 2,432.69 m2. ubicado en la Urbanización Programa de Vivienda Horizonte de Naranjal II. Incorporar al Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana, la modifi cación aprobada específi camente para el distrito de Villa María del Triunfo mediante la Ordenanza Nº 1655- MML, publicada el 12 de enero de 2013, para permitir el funcionamiento de mercado de abastos en la zonifi cación de Comercio Vecinal (CV). 1.3 Modifi car una pequeña parte del área califi cada como Equipamiento Educativo E1, a Comercio Vecinal (CV) y Residencial de Densidad Media (RDM), califi caciones similares al entorno colindante, por tratarse de terrenos privados de extensión menor, quedando precisada el área que correspondería al futuro equipamiento educativo, ubicado en la Av. Alcides Vigo esquina con la Av. Bocanegra, Ex Fundo Santa Rosa. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de San Martín de Porres, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zonifi cación del distrito de San Martín de Porres, que a continuación se indican, por cuanto no amerita modifi car la califi cación vigente de los sectores en los cuales se ubican: Nº SOLICITANTE 1 155632-2010 Inmobiliaria El Dorado EIRL 2 139108-2011 Francia & CIA SAC