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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de marzo de 2013 491379 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 156-2004- EF TUO de la Ley de Tributación Municipal señala que el impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas; al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre. Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la obligación tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, mediante la segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 279-MDI el Concejo Municipal facultó al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fechas de vencimiento, si la gestión operativa así lo amerita, estableciendo como fecha de vencimiento hasta el 28 de febrero del presente año la primera cuota y excepcionalmente enero y febrero a los predios con uso Casa Habitación, en concordancia al artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con el objeto de brindar las mayores facilidades de pago a los vecinos de Independencia, para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, es conveniente ampliar la prórroga de la fecha de vencimiento para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2013; Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 42º y el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de presentación de las declaraciones juradas, así como el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota 2013 del Impuesto Predial hasta el 31 de Marzo del presente año. Artículo Segundo.- PRORROGAR el plazo para el pago anual y/o de la primera cuota (Enero, Febrero y Marzo) para los predios con diferentes usos económicos correspondiente a los Arbitrios Municipales 2013 y excepcionalmente a los predios Uso casa habitación el pago anual y/o del primer y segundo mes, hasta el 31 de Marzo del presente año. Artículo Tercero.- PRORROGAR el plazo del régimen de incentivos del Pronto Pago establecido en Art. 2º de la Ordenanza Nº 279-2013-MDI, hasta el 31 de Marzo del presente año. Artículo Cuarto.- De acuerdo a lo dispuesto en la presente norma no se aplicarán los intereses moratorios ni multas establecidos en el Art. 33º del TUO del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99- EF y modifi catorias; por el periodo comprendido entre el 28 de febrero y la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, Sub Gerencia de Imagen Institucional, y Subgerencia de Tesorería, de acuerdo al ámbito de sus funciones que les corresponde. Artículo Sexto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 914380-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 042-2012-MPC Cañete, 27 de diciembre del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorando Nº 175-2012-GGM-MPC de fecha 24 de diciembre del 2012, de la Gerencia General Municipal, mediante el cual remite el Informe Final de la Estructura Orgánica y el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Cañete, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece en su artículo 8º que corresponde a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; Que, en relación a ello, el inciso 3) del artículo 9º y el artículo 26º de la precitada Ley, señala que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior, otorgándose la facultad para su aprobación al Concejo Municipal, esta organización se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia, participación y seguridad ciudadana y por los contenidos de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y en lo normado en la LOM; Que, el artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece la estructura municipal básica de los Gobiernos Locales la misma que comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoría Interna, la Procuraduría Pública Municipal, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y la Ofi cina de Presupuesto y Planeamiento, determinando que los demás órganos de línea, asesoramiento y de apoyo los determinada cada gobierno local. Que, el artículo 8º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la administración municipal está integrada por los funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros que prestan servicios para la municipalidad, correspondiendo a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto. Que, la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado establece los criterios de diseño y estructura de la administración pública; Que, por otro lado, el DS Nº 043-2006-PCM aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la administración pública; Por lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, la siguiente Ordenanza;