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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de marzo de 2013 491378 Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo en su artículo 195º establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo económico local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, y son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulación y tránsito; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su artículo 42º establece: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC de fecha 02.12.2010, aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados y establece que la Municipalidad Distrital de la jurisdicción donde se presta el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, es la encargada de autorizar, controlar y supervisar dicho servicio así como de aplicar las sanciones por infracción al presente Reglamento y a las Disposiciones Complementarias que dicte en ejercicio de su función, reguladora del servicio especial. Asimismo en su artículo 4º establece que las Competencias de las Municipalidades Distritales comprende las siguientes facultades: a) Normativa b) De gestión c) Fiscalización; Que, la Ordenanza Nº 331-MDC de fecha 18.06.2012, en su artículo 1º referente al Objetivo establece que La presente ordenanza tiene como objetivo satisfacer las necesidades de los usuarios y al resguardo de las condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la conformidad en su conjunto; Que, la Ordenanza Nº 351MDC de fecha 06.01.2012, que modifi ca la Ordenanza Nº 331-MDC referente al Proceso de Modernización y Seguridad del Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, establece: Modifi case la Tercera Disposición Complementaria.- En caso de incumplimiento, no se le otorgara o ampliara el permiso de operación y el Stiker vehicular para prestar el servicio especial en toda la jurisdicción del Distrito de Comas. Mediante la constatación de características de los vehículos menores, lo que se pretende es la satisfacción de las necesidades de los usuarios y el resguardo de las condiciones de seguridad y salud, así como la protección del medio ambiente. Agregase en la parte fi nal del Punto Séptimo de las Disposiciones Finales y Transitorias.- El Alcalde de la Municipalidad de Comas queda facultado para dictar normas complementarias mediante Decreto de Alcaldía que sean necesarias para la mejor aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza previo informe de la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Tránsito y Transporte de acuerdo a las normas vigentes Por lo que en cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza mencionada, la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte propone una propuesta de fechas para una tercera fecha para la constatación de características y cumplan con lo dispuesta en las normativas vigentes; Que, mediante Informe Nº 033-2013-GDU/MC, la Gerencia de Desarrollo Urbano remite a la Gerencia Municipal el Informe Nº 039-2013-SGTT-GDU/MC, emitido por la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte, refrendándolo en todos sus extremos, el mismo que presenta el sustento para la extensión de fecha para atender los expedientes ingresados en mérito del Decreto de Alcaldía Nº 018-2013-MDC, respecto a la Evaluación de Constatación de Características Físicas de Vehículos Menores, Evaluación Psicológica Médica para los Conductores, asimismo modifi car la fecha del Curso de Educación y Seguridad Vial, dirigido a los Conductores de Vehículos Menores; Que, mediante Informe Nº 283-2012-GAJ-MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina porque el Proyecto de Decreto de Alcaldía debe ser aprobado, para lo cual, se deberá remitir al despacho del señor Alcalde para su respectiva promulgación; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 331-MDC; Ordenanza Nº 351-MDC y los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y demás normatividad pertinente; DECRETA: Artículo Primero.- EXTENDER las fechas de Evaluación de Constatación de Características Físicas del Vehículo al 31 de Marzo del 2013, siempre que el Expediente ingresado a la Municipalidad con fecha hasta el 31 de Enero de 2013, de conformidad al Decreto de Alcaldía Nº 018-MDC de fecha 18.12.2012, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 331-MDC y su modifi catoria Ordenanza Nº 351-MDC, válido para las personas jurídicas sin Permiso de Operación. Artículo Segundo.- EXTENDER las fechas de Evaluación Psicológica Médica al 31 de Marzo del 2013, para los Conductores cuyos Expedientes hayan ingresado a la Municipalidad hasta el 31 de Enero del 2013, válido para Personas Jurídicas sin Permiso de Operación según Ordenanza Nº 331-MDC y su modifi catoria Ordenanza Nº 351-MDC. Artículo Tercero.- ATENDER los pedidos de solicitud de Evaluación de Constatación de Características Físicas del Vehículo y de la Evaluación Psicológica Médica del Conductor que ingresen o hayan ingresado a la Municipalidad fuera del plazo establecido al 31 de Enero de 2013, según el Decreto de alcaldía Nº 018-MDC hasta el 25 de Marzo del 2013, válido para las Personas Jurídicas con Permiso de Operación. Artículo Cuarto.- MODIFICAR la fecha del Curso de Educación y Seguridad Vial dirigido a los Conductores después de ser aprobado en la Comisión Técnica Mixta 2013, de conformidad al Decreto Supremo Nº 055-2010- MTC, mediante la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Quinto.- DISPONER, que la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, brinden todo el apoyo logístico y las facilidades administrativas que requiera la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte para la ejecución de la Constatación de Características de los Vehículos Menores (Mototaxis), mientras dure todo este proceso de Evaluación. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano por intermedio de la Sub Gerencia de Tránsito y Transporte, la Ejecución del presente Decreto de Alcaldía. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil trece. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 915038-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Prorrogan plazos para la presentación de declaraciones juradas, para pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales y de régimen de incentivos por Pronto Pago establecido mediante Ordenanza Nº 279-2013- MDI DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2013-MDI Independencia, 1 de marzo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; Vistos, el Informe Nº 028-2013-GR/MDI emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 160-2013-GAL/MDI y;