Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

491371

CONSIDERANDO: Que, la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais. Con tal proposito, la Constitucion Politica del Peru otorga a los gobiernos regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad a los articulos 13 y 15, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional que tiene atribuciones para aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, a traves de ordenanzas y acuerdos regionales. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010GRMDD/CR, se crea la Comision Transitoria Intersectorial y de la Sociedad Civil, para la elaboracion de la propuesta de "Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de la Region MORDAZA de MORDAZA 2011-2021", como instancia de coordinacion del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Presidencia Regional, cuyo objetivo es concertar, coordinar y formular propuestas de politicas publicas, normas, programas, planes, proyectos y acciones concretas conducentes a resolver la problematica de la inequidad de genero en la region. Asimismo, establece que la finalidad del Comite Tecnico del PRIO-MDD 2010-2021, es la formulacion del referido Plan Regional, disponiendo ademas, la conformacion de la Comision Transitoria de Igualdad de Oportunidades, encargando a la Gerencia Regional de Desarrollo Social su cumplimiento e implementacion. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 020-2010GRMDD/CR, se modifica la Ordenanza Regional Nº 013-2010-GRMDD/CR, unicamente en el extremo que incluye como integrante de la Comision Transitoria a un Representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Que, en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, el articulo 60 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone: a) Formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la politica general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes a los gobiernos locales; f) Promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades, g) Formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientadas a la inclusion, priorizacion y promocion de las comunidades campesinas y nativas en el ambito de su jurisdiccion, y h) Formular y ejecutar politicas y acciones concretas, orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region, con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, mediante Informe Nº 391-2012-GOREMADGRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social del GOREMAD, en concordancia con las sugerencias contenidas en el Informe Nº 002-2012-MIMP/DGM/DIORSV-VP del C. de la Direccion de Igualdad de Oportunidades de la Direccion General de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, solicita la modificacion de la precitada ordenanza regional, por considerar que el periodo de implementacion de diez anos corresponde a un largo plazo y no precisa metas e indicadores a corto plazo, debiendo acortarse a cinco anos, es decir del 2,012 al 2,017. Asimismo, considera que debe integrarse a la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento en la citada Comision Transitoria. Que, mediante Informe Legal Nº 1418-2012GOREMAD-ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del GOREMAD, opina por la pertinencia que el Consejo Regional modifique el Articulo Primero de la Ordenanza Regional Nº 013-2010-GRMDD/CR, respecto al periodo de vigencia del Plan Regional y el Articulo Tercero, por incorporacion de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento en la citada Comision. Que, en concordancia con los informes tecnico y legal que anteceden, la Comision de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa

Civil del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, mediante Dictamen Nº 009-2012-GOREMAD/CSPDSSCYDC se ha pronunciado favorablemente por la modificacion de la precitada ordenanza regional, en los extremos MORDAZA indicados. Que, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad, de los Consejeros Regionales. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.MODIFICAR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, los siguientes articulos de la Ordenanza Regional Nº 0132010-GRMDD/CR, emitida con fecha 31 de agosto del ano 2010, los mismos que a partir de la fecha tendran la siguiente redaccion: Articulo Primero.- CREAR, la Comision Transitoria Intersectorial y de la Sociedad Civil de la Region MORDAZA de MORDAZA, para elaborar la propuesta del "Plan Regional de Igualdad de Oportunidades de la Region MORDAZA de MORDAZA 2012- 2017" (PRIO MDD 2012 ­ 2017), como instancia de coordinacion del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Presidencia Regional, cuyo objetivo es concertar, coordinar y formular propuestas de politicas publicas, normas, programas, planes, proyectos y acciones concretas, conducentes a resolver la problematica de la inequidad de genero en la region. Articulo Tercero.- DISPONER, la conformacion de una Comision Transitoria, la misma que estara integrada de la siguiente manera: - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social - Un representante de la Direccion Regional de Salud - Un representante de la Direccion Regional de Educacion - Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo - Un representante de la Direccion Regional de Agricultura - Un representante del Ministerio Publico - Un representante de la Defensoria del Pueblo - Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - Un representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO las normas administrativas que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente resolucion. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. MORDAZA H. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

914512-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.