Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

491372

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

Declaran de prioridad e interes regional el desarrollo de politicas de salud sobre promocion del ejercicio de la sexualidad saludable y programas de prevencion de las infecciones de transmision sexual y del VIH, asi como de su deteccion temprana y tratamiento de la poblacion afectada
ORDENANZA REGIONAL Nº 030-2012-RMDD/CR
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria, llevada a cabo el dia 05 de noviembre del 2012. CONSIDERANDO: Que, la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais. Con tal proposito, la Constitucion Politica del Peru otorga a los gobiernos regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad a los articulos 13 y 15, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional que tiene atribuciones para aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, a traves de ordenanzas y acuerdos regionales. Que, es competencia de los Gobiernos Regionales, entre otros, asumir funciones en materia de educacion y salud publica. Los literales a), e) y k) del articulo 49 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen como funciones especificas: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la Region, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, e) Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de la salud, k) Promover y preservar la salud ambiental de la Region". Que, de conformidad con la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, la autoridad de salud competente, es responsable del control de las enfermedades transmisibles y queda facultada a dictar las medidas de prevencion y de control para evitar la aparicion y propagacion de enfermedades transmisibles, quedando todas las personas naturales y juridicas obligadas a cumplir dichas medidas. Que, la denominada Ley CONTRASIDA Nº 26626, declara de necesidad nacional y de interes publico la lucha contra la infeccion por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las enfermedades de transmision sexual; por lo que resulta importante establecer un MORDAZA legal que facilite el desarrollo de politicas de salud; a favor de la promocion del ejercicio de la sexualidad saludable y el desarrollo de programas de prevencion y control de las infecciones de transmision sexual. Asimismo, el Reglamento de la mencionada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-SA, constituye el MORDAZA tecnico inicial de los instrumentos operativos de la atencion y contiene disposiciones que permitiran facilitar la ejecucion de las acciones de prevencion, diagnostico y tratamiento de las enfermedades de transmision sexual. Que, mediante Informe Nº 003-2012-GOREMADDRS-DESP/ESPC ITS-VIH/SIDA, de la Direccion Ejecutiva de Salud de las Personas, Estrategia Sanitaria Regional PyC, ITSMH/SIDA, luego de analizar la alta incidencia de contagios y muertes producidas en el MORDAZA por el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y considerando los casos ocurridos en el Peru, que afectan mayormente a jovenes y adultos jovenes de 25 a 35 anos y suman aproximadamente entre

11,400 a 20,200 personas y que en un 96% la forma de transmision, ha sido por la via sexual; se concluye, que si la poblacion adoptara practicas sexuales mas seguras disminuiria la incidencia de casos de infecciones de transmision sexual VIH/SIDA, recomendando se proporcione una educacion sexual orientada a practicas sexuales mas seguras y se encargue a la Direccion Regional de Salud de MORDAZA de MORDAZA, la elaboracion de un Plan Regional de Prevencion y Control de las Infecciones de Transmision Sexual (ITS) del Virus de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). Que, mediante Informe Legal Nº 346-2012-GOREMADORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, opina al respecto, que deben adoptarse las medidas necesarias para la prevencion y control de la ITS y VIH, declarando de prioridad e interes publico del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, la promocion del derecho a la salud y a la MORDAZA mediante acciones de prevencion de las ITS, VIH/SIDA, y que existe la necesidad de implementacion de politicas y programas de promocion, prevencion y atencion de las ITS y el VIH y la atencion de adolescentes mayores de 14 anos en los servicios de consejeria, diagnostico y tratamiento de las ITS y el VIH, en los establecimientos de salud de la Region. Que, en concordancia con los informes tecnico y legal que anteceden, la Comision de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, mediante Dictamen Nº 007-2012-GOREMAD/CSPDSSCYDC, se ha pronunciado favorablemente, recomendando al Pleno se emita la Ordenanza Regional declarando como un MORDAZA de prioridad e interes regional el desarrollo de politicas de salud, sobre promocion del ejercicio de la sexualidad saludable y programas de prevencion de las infecciones de transmision sexual y del VIH, asi como de su deteccion temprana y tratamiento. Que, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad, de los Consejeros Regionales. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

Articulo Primero.- DECLARAR, de prioridad e interes regional, el desarrollo de politicas de salud sobre promocion del ejercicio de la sexualidad saludable y programas de prevencion de las infecciones de transmision sexual y del VIH, asi como de su deteccion temprana y tratamiento de la poblacion afectada. Articulo Segundo.- RECOMENDAR, al Ejecutivo Regional, para que a traves de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA de MORDAZA, se implementen las acciones precisadas en el articulo precedente. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios.
Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. MORDAZA H. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

914505-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.