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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2013 (27/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de marzo de 2013 491715 (9) Títulos, once (11) Capítulos, Ciento cincuenta y ocho (158) Artículos y Tres (3 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y una Estructura Orgánica, cuyo texto forma parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo.- DERÓGUESE, cualquier disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 30 días del mes de enero del año dos mil trece. EDGARD ALVAREZ APAC Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 1 días del mes de febrero del dos mil trece. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente 916340-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza Nº 325-MDR que fija monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2013 ACUERDO DE CONCEJO Nº 510 Lima, 5 de marzo de 2013 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de marzo del 2013, el Ofi cio Nº 001-090-00006953 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº325-MDR que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2013 en el Distrito del Rímac. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital del Rímac aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal N° 004-181- 00000647 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital del Rímac prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 99.94% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº45-2013- MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº325- MDR que fija el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2013 en el Distrito del Rímac, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza ratifi cada Nº325-MDR y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 916365-1 Establecen conformidad de la Resolución de Gerencia N° 097 de la Municipalidad Distrital de Ate, que resuelve aprobar el proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada “Los Jazmines de Santa Clara RESOLUCIÓN Nº 28-2013-MML-GDU-SPHU Lima, 7 de marzo de 2013 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 13601-2013, de fecha 22 de enero de 2013, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Ate, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 097 de fecha 09 de mayo de 2008, aprobando el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por COMPAÑÍA INMOBILIARIA FLORES SÀNCHEZ S.A, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 13601-2013, de fecha 22 de enero de 2013 (fs.01 al 132), la Municipalidad Distrital de Ate, remite copia certificada de la Resolución de Gerencia Nº 097 de fecha 09 de mayo de 2008, que Aprueba el Proyecto de Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, denominada “Los Jazmines de Santa Clara”, para uso Residencial de Densidad Media “R-4”, del terreno de 12,940.00 m2, constituido por el Lote 90- A (Unidad Catastral Nº 10033) de la Lotización Fundo La Estrella, distrito de Ate, Provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano signado con el Nº 35-2008-SGPUC-GDU/MDA y Memoria Descriptiva respectiva, con el fin de obtener la conformidad correspondiente;