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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2013 (27/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de marzo de 2013 491708 encargado de las publicaciones judiciales de la Región, debiendo realizar el pago respectivo el Órgano Ejecutivo Regional. Asimismo, debe incluirse en el portal electrónico del Gobierno Regional de Arequipa. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. JOSÉ CÁRCAMO NEYRA Presidente del Consejo Regional de Arequipa 916467-1 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Huamalíes ORDENANZA REGIONAL Nº 036-2012-CR-GRH Huánuco, 5 de diciembre del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha veintiséis de octubre del dos mil doce, el Dictamen Nº 018-2012-CPPPATAL/CR-GRH, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL Unidad Ejecutora 305 de Huamalíes, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley General de Educación Nº 28044, en su artículo 73º, defi ne a la Unidad de Gestión Educativa Local como: La Unidad de Gestión Educativa Local es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia. Su jurisdicción territorial es la provincia (…) ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2008-PCM, de fecha 26 de julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo su artículo 2º que su fi nalidad es generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y defi nición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e Identifi car las responsabilidades específi cas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, mediante Informe 040-2012-GRH-GRPPAT/ SGDIS/GACB de fecha 29 de agosto e Informe Nº 409-2012-GRH-GRPPAT/SGDIS de fecha 02 de setiembre del 2012, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Sistema y Estadística, quienes solicitan la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Educativa Local - UGEL de Huamalíes, (Unidad Ejecutora 305), instrumento de gestión adecuado y modifi cado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias, Asimismo mediante Informe Nº 765-2012-GRH/ORAJ, de fecha 26 de setiembre del 2012, el Director Regional de Asesoría Jurídica y Ofi cio Nº 80-2012-GRHCO/GGR de fecha 02 de octubre del 2012, opinan que es procedente la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huamalíes; Que, mediante Dictamen Nº 018-2012-GRH-CP/ CPPPATAL, evacuado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales de fecha 25 de octubre del año 2012, se emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional que Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Unidad de Gestión Educativa Local de Huamalíes, por los argumentos que se exponen en los considerativos precedentes; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 38º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentan materia de su competencia; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional de Huánuco en su Sesión Extraordinaria de fecha veintidós de octubre del año dos mil doce, y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-GRH y su modifi catoria, y a lo aprobado por Unanimidad en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIDAD EJECUTORA 305 EDUCACIÓN UGEL HUAMALÍES – HUÁNUCO ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, “El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA UNIDAD EJECUTORA 305 EDUCACIÓN UGEL HUAMALÍES – HUÁNUCO”, el mismo que consta de VII Títulos, 35 Artículos y 10 Disposiciones Complementarias y el Organigrama Estructural, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete – Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 15 días del mes de noviembre del año dos mil doce. CÉSAR W. SOTO ALVARADO Consejero Delegado Consejo Regional