Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2013 (28/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de MORDAZA y, en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junin; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 137° de la Constitucion Politica del Peru, durante el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1095 de fecha 1 de setiembre de 2010, se establecio el MORDAZA legal que regula los principios, formas, condiciones y limites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su funcion

constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la proteccion de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en ei territorio nacional; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno en tanto dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion, del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas, de la provincia de MORDAZA

PERU

Ministerio de Economia y Finanzas

Viceministro de Hacienda

Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico

COMUNICADO Nº 005 - 2013-EF/52.01 A LOS GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNOS LOCALES, EMPRESAS PUBLICAS FINANCIERAS Y NO FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO
Se recuerda a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, empresas publicas financieras y no financieras y otras entidades y organismos del sector publico, la obligacion legal de registrar y transmitir la informacion a traves de los aplicativos informaticos vigentes, de las operaciones de endeudamiento y administracion de la deuda que a continuacion se indican: De mediano y largo plazo: Reembolso a plazos mayores de un ano, De corto plazo: Reembolso a plazos menores o iguales a un ano, siempre que la fecha de cancelacion sea el ano fiscal siguiente al de su celebracion.

Base legal: 1. 2. Articulo 44°, 45°, 52º, 53° y 65° del T.U.O. de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante D.S. N° 034-2012-EF. Articulo 10º, Registro Unico de Informacion en el SIAF-SP, Ley Nº 28112 Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico.

Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, utilizaran para el registro y transmision de la informacion, el modulo de deuda publica (MDP), del Sistema Integrado de Administracion Financiera (SIAF-SP). Las empresas publicas financieras y no financieras, y otras entidades del sector publico, deben registrar y trasmitir su informacion por medio del modulo de deuda web. Conforme al art. 45°, numeral 45.3, la DGETP comunica que el plazo de registro de la deuda en el modulo de deuda publica SIAF-SP o aplicativos informaticos vigentes, sera hasta el ultimo dia del mismo mes de recibido el desembolso y/o efectuado el pago del servicio de la deuda segun corresponda; dicho registro tiene caracter de declaracion jurada, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Asimismo, se recuerda la obligacion previa de observar la normatividad del Sistema Nacional de Endeudamiento y disposiciones relacionadas, sobre el destino de los recursos de las operaciones de endeudamiento y de administracion de la deuda publica, conforme al articulo 63º y la decima MORDAZA disposicion complementaria y transitoria del D.S. N° 034-2012-EF y al articulo 25º del D.Leg. N° 955. Se exhorta a las entidades publicas mencionadas, el estricto cumplimiento de la normatividad vigente. Para cualquier informacion adicional, comunicarse al telefono 311-5940 o al correo electronico sde_dgetp@mef. gob.pe MORDAZA, 27 de marzo de 2013. MORDAZA MORDAZA Penaloza Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico 918153-1

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