TEXTO PAGINA: 19
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de marzo de 2013 491773 Autorizan viaje a España de funcionarios de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 093-2013-EF/43 Lima, 26 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Ronda de Negociaciones para la fi rma de un Convenio para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal (CDI) entre Perú y España, se realizará en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 23 al 25 de abril del 2013; Que, el objetivo principal del CDI entre el Perú y España es el fortalecimiento de las relaciones bilaterales en los ámbitos tributarios, comerciales y de inversiones entre ambos países; asimismo, el CDI permitirá enfrentar el problema de la doble imposición internacional en relación al Impuesto a la Renta, posibilitará la colaboración entre las Administraciones Tributarias de ambos países con el fi n de enfrentar la evasión y la elusión fi scal, y permitirá consolidar bilateralmente un marco normativo predecible y seguro, generando un ambiente más favorable para los inversionistas; Que, la participación del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, y de la señora Nelly Virginia Arce Ludeña, Directora (e) de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, del Ministerio de Economía y Finanzas, designados al amparo de la Resolución Ministerial Nº 426-2009-EF/10, permitirá que el Perú alcance un avance signifi cativo en la negociación para la posterior suscripción, aprobación y ratifi cación del Convenio, con el objetivo fi nal de facilitar un mayor fl ujo comercial y de inversiones entre ambos países, así como fortalecer las relaciones entre las Administraciones Tributarias con el fi n de enfrentar la evasión y la elusión fi scal, temas que resultan de sumo interés nacional y del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y la Resolución Ministerial Nº 662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012-EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicios del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, y de la señora Nelly Virginia Arce Ludeña, Directora (e) de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 21 al 26 de abril del 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Marco Antonio Camacho Sandoval Pasajes Aéreos : US $ 1 605,00 Viáticos (3 + 2 días) : US $ 1 300,00 Señora Nelly Virginia Arce Ludeña Pasajes Aéreos : US $ 1 605,00 Viáticos (3 + 2 días) : US $ 1 300,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados representantes deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los representantes cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 917454-1 SALUD Establecen Lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2013 en el marco de las Leyes Nºs. 28498, 28560 y 29682, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 004-2013-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28498, Ley de nombramiento de los profesionales de la Salud No Médicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de la salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la entrada en vigencia de la citada Ley, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, por su parte, la Ley Nº 28560, Ley de nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, autorizó al Ministerio de Salud efectuar el nombramiento de dicho personal que a la fecha de entrada en vigencia de la citada Ley, se encontraban prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional; Que, a través del artículo 1º de la Ley N° 29682, Ley que autoriza el nombramiento de los médicos cirujanos por el Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales, se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional -en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal-, que se encontraban prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema