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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2013 (28/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de marzo de 2013 491776 que amerita el cumplimiento de requisitos y califi caciones para su cobertura. 5.3 El proyecto de CAP elaborado por las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, o las que hagan sus veces en las diversas unidades ejecutoras de salud, deberán ser presentados a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto respectiva, en el caso del Pliego 011 - MINSA y de sus organismos públicos; y en el caso de los Gobiernos Regionales, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, o la que haga sus veces, adjuntando lo siguiente: • Informe Técnico, que deberá contener el informe de la Ofi cina de Recursos Humanos o las que hagan sus veces en las unidades ejecutoras de salud, el cual incluirá la relación nominal del personal a ser nombrado y el informe a través del cual se otorga la disponibilidad presupuestal para el fi nanciamiento de los cargos. • Informe Legal. 5.4 La Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MINSA y las Gerencias de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, o la que haga sus veces en los Gobiernos Regionales, emitirán opinión al respecto. En caso de ser favorable, propondrán la norma aprobatoria correspondiente a sus titulares de pliego, en un plazo que no excederá a los cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de presentación. En caso existan observaciones, las unidades ejecutoras contarán con cinco (05) días hábiles a partir del día siguiente de comunicadas las mismas, para su respectiva subsanación. 6. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PERSONAL - PAP 6.1 La Modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal 2013, aprobado con la resolución respectiva, deberá ceñirse de acuerdo a lo estipulado en la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, la entidad, mediante Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modifi caciones al Presupuesto Analítico de Personal –PAP, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad sobre su viabilidad presupuestal y se realizará de la siguiente manera: NOMINA DEL PRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONAL (PAP) – AÑO 2013 CAP – RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° xxx-2013-xxx SECTOR : ……………………………………… PLIEGO : ……………………………………… UNIDAD EJECUTORA : ………………………………………. FUENTE DE FINANC. : RECURSOS ORDINARIOS 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 22 23 24 25 36 CAFAE (LEY N° 29874, art. 2°) CARGO DEL CAP CLASIFICACION CODIGO Remunerac. Imponible (1) Ingresos no Imponibles (2) Carga Social (9%) SCTR (0.78%) (3) AETA + > 30 + ASISTENCIA NUTRIC.+ ALIMENTO (5) ESTIMULO (6) INCENTIVO UNICO (7) Del (1) al (4) +(5) +(7) = 10 El (10) * 12 meses =11 CONTINUA Y OCASIONAL (11) + ( 6) + (8) = 12 SUSTENTO TOTAL GENERAL META LINEA CARRERA PARA EL PAP PROF. SALUD Contr. REMUNERACIONES Y OBLIGACIONES ORGANOS Y UNIDADES ORGANICAS CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL - CAP RD N° XXX-2012-XXX DE FECHA 10/11/2011 Cargos Previstas CAP TOTAL CONTINUA ANUAL SE OCULTA PARA SU IMPRESIÓN Vac. PLAZA PAP ASIGNACION EXTRAORDINARIA POR TRABAJO ASISTENCIAL AETA D.U. N° s 032 Y 046-2002 PERIODO COSTO PLAZA Confianza y/o Directivo Superior Nombr. Guardia Comunitaria (4) NIVEL REMUNERATIVO N° ORDEN CAP N° ORDEN EN EL PAP APELLIDOS Y NOMBRES FECHA DE INGRESO Escolaridad/Aguinaldo (8) TOTAL MENSUAL CONTINUA INCENTIVOS LABORALES DNI PERMANENTES Total 6.2 El Presupuesto Analítico de Personal – PAP, además deberá contener el Resumen Cuantitativo y Estadístico del Presupuesto Analítico de Personal - Año 2013, y el Resumen por Niveles del Presupuesto Analítico de Personal – Año 2013, el cual deberá guardar relación con el Cuadro para Asignación de Personal – CAP aprobado vigente, que estipula la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. En la nueva estructura del Presupuesto Analítico de Personal - PAP, deben consignarse las plazas para el personal nombrado y contratado, descritas en forma analítica por niveles, categorías remunerativas y montos: Remuneraciones asegurables y no asegurables, Guardias Hospitalarias, Incentivo Único (Cafae), AETA, Escolaridad, Aguinaldo de julio y diciembre, EsSALUD, SCTR, cupos y costo del personal destacado, mensualizado y anualizado, en función al Presupuesto Institucional de Apertura -PIA y/o Presupuesto Modifi cado -PIM, sujeto a las limitaciones establecidas en las normas de austeridad. De acuerdo al formato señalado en el penúltimo párrafo precedente, su implementación será obligatoria en todas las unidades ejecutoras de las dependencias de salud, tal como lo establece la Directiva N° 001-82- INAP/DNP, Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal - PAP, de las Entidades del Sector Público, aprobada con Resolución Jefatural N° 19-82- INAP/DIGESNAP. Únicamente las unidades ejecutoras de salud de los pliegos que hayan cumplido lo señalado en los numerales precedentes, podrán emitir las resoluciones de nombramiento, según las plazas aprobadas en el Presupuesto Analítico de Personal Modifi cado para el año 2013. 6.3 Las resoluciones de nombramiento deberán consignar las cadenas funcionales programáticas y de gastos correspondientes, así como el artículo que precise que es requisito que el personal nombrado, profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, y profesionales médicos cirujanos, permanezca por un periodo no menor de cinco (05) años en el mismo establecimiento y la plaza asignada, de acuerdo a lo dispuesto en la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 019-2005-SA que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28498; en la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 097-2006-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28560 y en el segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 29682; respectivamente. 6.4 Una vez notifi cada la resolución de nombramiento, el personal inmerso en las Leyes N°s. 28498, 28560 y 29682, deberá tomar posesión del cargo en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, caso contrario la autoridad competente dejará sin efecto dicho nombramiento y podrá ser cubierto con el siguiente personal apto según orden de mérito, no se considera en este proceso las reservas de plazas por ninguna índole.