Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2013 (28/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

491775

por la Directiva N° 001-2009-EF/76.01, "Directiva para el uso del Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico", aprobada por la Resolucion Directoral N° 016-2009-EF/76.01, a cargo de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos del Ministerio de Economia y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certificacion del credito presupuestario. 3.4 Asimismo, conforme a lo previsto en el penultimo parrafo del numeral 8,1 del articulo 8° de la acotada Ley de Presupuesto, para los supuestos previstos en los literales c) y d) del precitado articulo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud, se transfieren las partidas necesarias a los Gobiernos Regionales con cargo al financiamiento previsto en el presupuesto del Ministerio de Salud, con el objeto de atender el gasto en materia de los nombramientos a que hace referencia los indicados literales. 4. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 El nombramiento de los profesionales no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, se realizara en el nivel de inicio de cada linea de MORDAZA o grupo ocupacional y/o categoria remunerativa del cargo a asignarse. 4.2 El nombramiento de los profesionales medicos cirujanos, se realizara en el nivel de inicio de linea de MORDAZA del grupo ocupacional y/o categoria remunerativa del cargo a asignarse. 4.3 La Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, establecera el numero de personas a ser nombradas correspondiente al 55% del total de personal declarado apto, correspondiente a lo dispuesto en las Leyes N°s. 28498 y 28560, de acuerdo con la informacion brindada por la Comision de Nombramiento que llevo a cabo el MORDAZA en las dependencias a su cargo; segun se detalla en los Anexos Nºs. 1 y 2 que forman parte del presente lineamiento. 4.4 La Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, establecera el numero de personas a ser nombradas correspondiente al 25% del total de personal declarado apto, correspondiente a lo dispuesto en la Ley Nº 29682, de acuerdo con la informacion brindada por la Comision de Nombramiento que llevo a cabo el MORDAZA en las dependencias a su cargo; segun se detalla en los Anexos Nºs. 1 y 2; asi como el nombramiento de los profesionales medicos cirujanos contratados en el VRAEM, segun se detalla en el Anexo Nº 3. 4.5 En caso de existir personal declarado apto por las Comisiones de Primer Nivel de Nombramiento que a la fecha no cuenten con vinculo contractual vigente con las Unidades Ejecutoras de Salud, deberan ratificar su opcion de acogerse al presente MORDAZA de nombramiento, en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Decreto Supremo que aprueba los lineamientos en el Diario Oficial "El Peruano", caso contrario, se procedera al nombramiento del siguiente personal apto segun orden de merito. 4.6 El Jefe de la Oficina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces en cada unidad ejecutora de salud, bajo responsabilidad, debera registrar en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Presupuesto de Personal del Sector Publico, a las personas declaradas aptas para el nombramiento a que se refieren las Leyes N°s. 28498, 28560 y 29682, en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Decreto Supremo que aprueba los lineamientos en el Diario Oficial "El Peruano". En el caso de las personas declaradas aptas que no cuentan con vinculo contractual, y que no hayan ratificado su opcion de acogerse al presente MORDAZA de nombramiento, no seran consideradas en el mismo. 4.7 El Jefe de la Oficina de Recursos Humanos, o quien haga sus veces en cada unidad ejecutora de salud, bajo responsabilidad, debera remitir a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, la relacion nominal de las personas a ser nombradas que hayan sido contratadas por los CLAS y de aquellas que a la fecha no cuenten con vinculo contractual vigente con las unidades ejecutoras de salud, asi corno los costos del nombramiento respectivo segun "Formato A" del Aplicativo

Informatico para el Registro Centralizado de Presupuesto de Personal del Sector Publico, en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Decreto Supremo que aprueba los lineamientos en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, las unidades ejecutoras de salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de los gobiernos regionales, deberan comunicar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, mediante Oficio con caracter de Declaracion Jurada, que en los MORDAZA para Asignacion de Personal ­ CAP, se han previsto cargos para el nombramiento. 4.8 La Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del MINSA, remitira a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINSA, en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de vencido el plazo a que se refiere el numeral 4.7 de los presentes lineamientos, el costo de nombramiento del personal a que se refieren las Leyes N°s. 28498, 28560 y 29682, a fin que se elabore el proyecto de decreto supremo para la transferencia de partidas en el caso de los Gobiernos Regionales y Organismos Publicos y el proyecto de Resolucion Secretarial para el caso del Pliego 011 - MINSA, equivalente al aporte diferencial necesario, el cual sera calculado de manera individual en base a la diferencia del costo total de la plaza a nombrar, y el monto que percibe como honorarios el personal contratado. Para el caso del personal que no cuente con vinculo contractual vigente con las unidades ejecutoras de salud, el aporte diferencial equivaldra al costo total de la plaza a nombrar, el mismo tratamiento se seguira para el personal contratado por otra fuente de financiamiento distinta a la de recursos ordinarios. 4.9 Una vez autorizada la transferencia de partidas, las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en los pliegos respectivos, desagregaran dicha transferencia mediante Resolucion de su Titular, a nivel de unidad ejecutora, dentro de los cinco (05) dias calendarios de aprobado el Decreto Supremo y autorizaran la incorporacion de dichos recursos en el Presupuesto Institucional de cada una de ellas, conforme a la normatividad presupuestaria vigente. 4.10Las unidades ejecutoras de salud, luego de realizar las modificaciones presupuestales dentro de los plazos previstos en los respectivos dispositivos legales, solicitaran a las oficinas de Planeamiento y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en los pliegos respectivos, opinion favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la modificacion del Presupuesto Analitico de Personal con el proposito de crear las plazas necesarias para el nombramiento, de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado con Decreto Supremo Nº 3042012-EF. 5. MODIFICACION DEL CUADRO ASIGNACION DE PERSONAL - CAP PARA

5.1 Las oficinas de Planeamiento y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en las unidades ejecutoras de salud, deberan efectuar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, en caso no se cuente con los cargos previstos para efectuar el nombramiento del personal senalado en el numeral 4.4. de los presentes lineamientos. Para ello, dichas unidades deberan solicitar a sus Pliegos respectivos la aprobacion de las modificaciones correspondientes, a fin de considerar los cargos necesarios para los nombramientos, en un plazo que no debera exceder los veinte (20) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del Decreto Supremo que aprueba los lineamientos en el Diario Oficial "El Peruano". 5.2 Las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en las Unidades Ejecutoras, deberan elaborar las modificaciones del CAP, de acuerdo a los criterios tecnicos que establece el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica; para la creacion de los cargos previstos se tendra en cuenta la necesidad institucional, asi como la naturaleza de las funciones y el nivel de la responsabilidad

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