Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

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verificado que dentro del procedimiento de oficio llevado a cabo en el predio matriz inscrito en la Partida Nº 11062229 de los Registros de Predios de MORDAZA y de los predios independizados inscritos en las Partida Nos. 12971164, 12567655, 11891003 y 11812493, estos no cuentan con ningun tramite de procedimiento de habilitacion MORDAZA, de regularizacion o recepcion de obras a la fecha de la publicacion de la mencionada MORDAZA (11.07.2012); g) De lo anteriormente expuesto, esta entidad MORDAZA, de conformidad con la Ley Nº 29090, modificada por la Ley Nº 29898, y a lo establecido en la Ordenanza Nº 388MMS de fecha 16.06.2011, incluyo a dicha Urbanizacion para ser habilitada de oficio; Que, respecto al tercer punto de la observacion es necesario indicar que cuando la autoridad administrativa municipal en uso de sus facultades aprueba una habilitacion MORDAZA, ello supone que ha verificado el cumplimiento de los requisitos que establecen las normas legales y reglamentarias aplicables, no siendo facultad de Registros Publicos cuestionar aspectos vinculados al cumplimiento de dichos requisitos; sin embargo, sin perjuicio de lo MORDAZA indicado se deja MORDAZA que dentro del procedimiento administrativo de habilitacion MORDAZA de oficio que se ha seguido en la Urbanizacion Monterrico Sur MORDAZA Etapa, se ha notificado a los representantes del titular registral Cooperativa de Vivienda Monterrico Sur Ltda., a los titulares de los predios independizados inscritos en las Partidas Nos. 12971164, 12567655, 11891003 y 11812493, asi como a todos los ocupantes del predio, sobre el inicio de dicho procedimiento, tal como se puede corroborar de los siguientes actos: a) Charla Informativa de fecha 04.05.2012, donde se convoco a los representantes de la Cooperativa de Vivienda Monterrico Sur MORDAZA Etapa y los ocupantes de la Urbanizacion Monterrico Sur MORDAZA Etapa, a fin de explicarles sobre los beneficios del procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio; b) Se le comunico a cada titular de los lotes que conforman la Urbanizacion Monterrico Sur MORDAZA Etapa, sobre el levantamiento topografico y verificacion que se iba a realizar a fin de determinar el area y medidas perimetricas de cada predio, la misma que se efectuo entre los dias 16 al 20.04.2012, brindando apoyo los ocupantes de los predios a fin de efectuar nuestra labor tecnica; c) Mediante una serie de documentos anexos al expediente principal, los ocupantes de la Urbanizacion Monterrico Sur MORDAZA Etapa, han adjuntado sus documentos de servicios de luz y agua y sus respectivas minutas, testimonio de compra y venta a fin de que se pueda corroborar el area y sus medidas perimetricas, contrastando con dichos documentos el levantamiento topografico efectuado; d) Charla Informativa de fecha 21.06.2012, donde se convoco a los representantes de la Cooperativa de Vivienda Monterrico Sur Ltda. y a los ocupantes de la Urbanizacion Monterrico Sur MORDAZA Etapa, a fin de que procedan a firmar la conformidad del Plano de Trazado y Lotizacion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio; Que, en este sentido, se deja MORDAZA que esta administracion Municipal ha cumplido con lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 24-A, de la Ley Nº 29898 ­ Ley que modifica el Articulo 24º de la Ley Nº 29090, Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio; Que, con Informe Nº 55-2013-GDU-MSS del 04.03.2013, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remite la propuesta de la modificacion y aclaracion de la Resolucion Nº 643-2012-RASS del 24.07.2012, que aprueba la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la Urbanizacion Monterrico Sur MORDAZA Etapa, sustentando la misma en el Informe Nº 096-2013-SGPUC-GDU-MMS del 01.03.2013, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el cual contiene el Informe Tecnico Nº 0022013-NAA del 19.02.2013, indicando que efectuada la revision de los actuados que dieron merito a la Resolucion Nº 643-2012-RASS del 24.07.2012 y teniendo en cuenta las observaciones efectuadas al Titulo Nº 2012-907435, las mismas que fueron corregidas, se concluye con lo siguiente: 1. El area registral del predio inscrito en la Partida Nº 11062229 ante el Registro de Predios, ha sido modificada

sobre terrenos de propiedad privada que en Registros Publicos aparecen calificados como rusticos, que no han sido habilitados formalmente, que cuenten con edificaciones de vivienda con una anterioridad de mas de 15 anos, de material noble, con servicios basicos (agua, luz, comunicacion), vias de comunicacion interna y acceso a vias publicas. La ocupacion del terreno no ha sido por invasion sino a traves de compraventas con documentos privados, por no haberse habilitado, no procede la inscripcion individual de los lotes. Se requiere que las Municipalidades aprueben este MORDAZA de Habilitaciones Urbanas que permitan al saneamiento y formalizacion de las propiedades cuyos ocupantes adquirieron los lotes por ventas de Asociaciones de Vivienda, Cooperativas, y otras formas asociativas. En MORDAZA y otras ciudades del MORDAZA, existen mas de 1 millon de compradores de buena fe, que requieren formalizar su propiedad...", condiciones que la Urbanizacion Monterrico Sur MORDAZA Etapa, cumplen ampliamente, para ser habilitados de oficio, por cuanto llevan mas de 40 anos de no poder formalizar sus propiedades; c) Conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 388-MSS del 16.06.2011, emitida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, Ordenanza que dispone la identificacion de los predios calificados registralmente como rusticos para el MORDAZA de Habilitaciones Urbanas de Oficio en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, se menciona dentro de sus considerandos lo siguiente: "Que, existen casos que por antiguedad, falta de normativa o problemas judiciales se levantaron edificaciones basadas en una trama MORDAZA indeterminada, sin formalizarse hasta la fecha, impidiendo el desarrollo de la ciudad; o de aquellos casos en los que habiendo obtenido la aprobacion del proyecto de habilitacion MORDAZA y/o de estudios preliminares, culminaron los procedimientos en la via administrativa sin haber podido resolver sus objetivos con la obtencion de la recepcion de obras, por las que a la fecha se encuentran consolidadas; d) Mediante la Primera Disposicion Final de la citada Ordenanza Nº 388-MSS, se dispone que via Decreto de Alcaldia se apruebe el Reglamento que establece el procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, de acuerdo al articulo 24º de la Ley Nº 29090, y se dicten las normas y disposiciones adicionales que se requieran para implementar la presente Ordenanza; e) Por Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS de fecha 04.07.2011, emitida por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, se aprueba el "Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de Surco", el mismo que en el Articulo 4º establece como causales de improcedencia de la habilitacion MORDAZA de oficio criterios de descalificacion para acceder a los beneficios de la Ordenanza Nº 3882011-MSS, siendo los siguientes: "4.1) Predio matriz ­de titular o titulares copropietarios, MORDAZA personas naturales o juridicas­, que tengan procesos en tramite de habilitacion MORDAZA ante la entidad municipal por la Ley Nº 26878 (publicada el 20.11.1997) o la Ley Nº 29090 (publicada el 25.09.2007), a la fecha de publicacion de la presente. 4.2) Predio matriz ­de titular o titulares copropietarios, MORDAZA personas naturales o juridicas­, que tengan procesos en tramite de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA por la Ley Nº 26878 o la Ley Nº 29090, a la fecha de publicacion de la presente. 4.3) Predio matriz ­ de titular o titulares copropietarios, MORDAZA personas naturales o Juridicas ­ sin edificaciones fijas y permanentes, aun asi tengan servicios publicos domiciliarios. 4.4) Predio matriz que se encuentre sobre areas naturales protegidas, zonas reservadas, fajas de servidumbre, etc., segun legislacion de la materia. 4.5) Predio matriz que se encuentre ubicado en terrenos de uso o reservados para la defensa nacional. 4.6) Predio matriz que se encuentre en areas de uso publico o derecho de via. 4.7) Predio matriz a habilitar de oficio que albergue inmuebles declarados MORDAZA Cultural de la Nacion, se consultara previamente al organismo competente. 4.8) Predio que se encuentra incurso en un MORDAZA judicial donde este pendiente definir la titularidad de la propiedad. 4.9) Predio matriz donde existe duplicidad registral y/o la partida registral se encuentra cerrada"; f) Asimismo, de conformidad a lo establecido en el literal a) del Articulo 24-B de la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y Establece el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio, se ha

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