Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Republica Bolivariana de Venezuela, del 6 de MORDAZA al 14 de diciembre de 2013, a fin que participe en el Curso de Especialidad Profesional en Hidrografia y Navegacion. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 932668-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 349-2013-DE/SG MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 238 del 1 de MORDAZA de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-1602 del 2 de MORDAZA de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 6 al 9 de MORDAZA de 2013, a fin de participar en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) para el despliegue de submarinos DESI/SUBDIEX 2014; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 6 al 9 de MORDAZA de 2013, a fin que participen en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) para el despliegue de submarinos DESI/SUBDIEX 2014. 1. Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA 2. Capitan de Corbeta MORDAZA BUCZKOWSKI Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 932668-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar la aplicacion de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial
DECRETO SUPREMO N° 087-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, se MORDAZA las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos publicos de educacion basica y tecnico productiva y en las instancias de gestion educativa descentralizada. Esta MORDAZA regula la MORDAZA Publica Magisterial en cuanto a los deberes y derechos de los profesores, asi como su formacion continua, su evaluacion, su MORDAZA disciplinario, sus remuneraciones, y los estimulos e incentivos a que estan sujetos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 290-2012-EF se fijo el monto de la Remuneracion Integra Mensual - RIM por hora de trabajo semanal - mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la MORDAZA Publica Magisterial a la que se refiere la Ley N° 29944, en S/. 51.83 (CINCUENTA Y UN CON 83/100 NUEVOS SOLES); Que, la Decima Disposicion Complementaria Transitoria y Final de la Ley N° 29944 dispone que los montos establecidos por concepto de remuneraciones, asignaciones e incentivos se efectivizan en dos tramos, correspondiendo el primero de ellos a la implementacion de la nueva RIM; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion, mediante Informe Nº 037-2013-MINEDU/SPEUP, senalo que el costo diferencial de la implementacion de la RIM a la que hace referencia el Decreto Supremo N° 290-2012-EF, asciende a S/. 977 981 077,00 (NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales corresponde a los Pliegos Gobiernos Regionales la suma de S/. 837 660 283,00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2013-EF, se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/. 714 000 000,00 (SETECIENTOS CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al financiamiento de la aplicacion de la RIM, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 290-2012-

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