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El Peruano Sábado 4 de mayo de 2013 494148 quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Teniente de Navío Rafael Andrés DIAZ Delgado de la República Bolivariana de Venezuela, del 6 de mayo al 14 de diciembre de 2013, a fi n que participe en el Curso de Especialidad Profesional en Hidrografía y Navegación. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 932668-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 349-2013-DE/SG Lima, 3 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 238 del 1 de abril de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-1602 del 2 de mayo de 2013, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 6 al 9 de mayo de 2013, a fi n de participar en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) para el despliegue de submarinos DESI/SUBDIEX 2014; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 6 al 9 de mayo de 2013, a fi n que participen en la Conferencia Inicial de Planeamiento (IPC) para el despliegue de submarinos DESI/SUBDIEX 2014. 1. Capitán de Fragata Mauricio PÉREZ 2. Capitán de Corbeta Joseph BUCZKOWSKI Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 932668-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar la aplicación de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial DECRETO SUPREMO N° 087-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, se norman las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizada. Esta norma regula la Carrera Pública Magisterial en cuanto a los deberes y derechos de los profesores, así como su formación continua, su evaluación, su proceso disciplinario, sus remuneraciones, y los estímulos e incentivos a que están sujetos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 290-2012-EF se fi jó el monto de la Remuneración Integra Mensual - RIM por hora de trabajo semanal - mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial a la que se refi ere la Ley N° 29944, en S/. 51.83 (CINCUENTA Y UN CON 83/100 NUEVOS SOLES); Que, la Décima Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley N° 29944 dispone que los montos establecidos por concepto de remuneraciones, asignaciones e incentivos se efectivizan en dos tramos, correspondiendo el primero de ellos a la implementación de la nueva RIM; Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 037-2013-MINEDU/SPE- UP, señaló que el costo diferencial de la implementación de la RIM a la que hace referencia el Decreto Supremo N° 290-2012-EF, asciende a S/. 977 981 077,00 (NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales corresponde a los Pliegos Gobiernos Regionales la suma de S/. 837 660 283,00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2013-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/. 714 000 000,00 (SETECIENTOS CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al fi nanciamiento de la aplicación de la RIM, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 290-2012-