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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2013 (04/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Sábado 4 de mayo de 2013 494152 representante del Ministerio de Energía y Minas – MEM, a la ciudad de La Paz, República de Bolivia, del 06 al 08 de mayo de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas – MEM, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes + TUUA US$ 1 030.00 Viáticos (US$ 200.00 x 3 días) US$ 600.00 Total US$ 1 630.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el citado funcionario deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 933152-7 Aprueban la transferencia a título gratuito de bienes del proyecto “Electrificación Rural de los Centros Poblados, Anexos y Caseríos del distrito de Jamalca”, departamento de Amazonas, a favor de ELECTRONORTE S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 164-2013-MEM/DM Lima, 29 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008; Que, con fecha 28 de diciembre de 2007, el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Amazonas suscribieron el Convenio Nº 145-07-MEM, con el objeto que el Ministerio encargue al Gobierno Regional la ejecución del proyecto denominado “Electrifi cación Rural de los Centros Poblados, Anexos y Caseríos del distrito de Jamalca”, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, con Código SNIP Nº 53243, por un monto de S/. 3 492 336,00 (Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis con 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos; Que, en el marco de la Licitación Pública Nº 004- 2009-GRA/CE, el Gobierno Regional de Amazonas y el Contratista Consorcio Cruz del Sur suscribieron el Contrato Nº 811-2009-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR de fecha 29 de diciembre de 2010, para la ejecución de la obra: “Electrifi cación Rural de los Centros Poblados, Anexos y Caseríos del distrito de Jamalca”, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, por un monto ascendente a S/. 4 335 299,60 (Cuatro Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Doscientos Noventa y Nueve con 60/100 Nuevos Soles) incluido impuestos; Que, con Resolución de Gerencia Regional Nº 006- 2012-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GRDE de fecha 09 de febrero de 2012, se aprobó la Liquidacion Final del Contrato de Gerencia General Regional Nº 811-2009-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR para la ejecución de la obra: “Electrifi cación Rural de los Centros Poblados, Anexos y Caseríos del distrito de Jamalca”, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, por un monto ascendente a S/. 4 538 421,24 (Cuatro Millones Quinientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Veintiuno con 24/100 Nuevos Soles) incluido impuestos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 061-2013- EM/DGER de fecha 06 de marzo de 2013, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto “Electrificación Rural de los Centros Poblados, Anexos y Caseríos del distrito de Jamalca”, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, estableciendo un monto final a la fecha de transferencia ascendente a S/. 4 653 139,22 (Cuatro Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Ciento Treinta y Nueve con 22/100 Nuevos Soles) incluido impuestos; Que, el artículo 5° de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, actualmente Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, es competente en materia de electrifi cación rural, para lo cual coordina con los gobiernos regionales y locales, empresas concesionarias de distribución eléctrica y electrifi cación rural y demás entidades y programas del Gobierno Nacional, relacionadas con la ejecución de obras de electrifi cación rural y su administración, operación y mantenimiento; Que, el artículo 18° de la Ley 28749 concordante con el artículo 53° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales que haya ejecutado o ejecute, preferentemente las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA; Que, el especialista en Liquidaciones y Transferencias de la Dirección General de Electrifi cación Rural, mediante Informe Nº 033-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 11 de marzo de 2013, señaló que la transferencia de los bienes fi nanciados por la DGER/MEM, que conforman el proyecto señalado en los considerandos precedentes, se realizarán a título gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A., por el monto de S/. 4 653 139,22 (Cuatro Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Ciento Treinta y Nueve con 22/100 Nuevos Soles) incluido impuestos; Que, la Jefatura de Energías Renovables, a través del Memorándum Nº 061-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 11 de marzo de 2013, remite a la Jefatura de Administración y Finanzas el expediente de transferencia del proyecto, solicitando que se efectúe la respectiva conciliación contable, emitiéndose posteriormente el Memorándum Nº 171-2013-MEM/ DGER-JAF de fecha 11 de marzo de 2013, el cual indica que se ha efectuado la conciliación contable requerida; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electrifi cación Rural y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y sus normas modifi catorias; Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; el Decreto Ley Nº 25962, que aprueba la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modifi catorias; la Directiva Nº 005-2008-EM/DGER, sobre las Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM; Con la opinión favorable del Director General de Electrifi cación Rural y del Vice Ministro de Energía;