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El Peruano Sábado 4 de mayo de 2013 494153 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto “Electrifi cación Rural de los Centros Poblados, Anexos y Caseríos del distrito de Jamalca”, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A. de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 932529-1 INTERIOR Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior DECRETO SUPREMO Nº 007-2013-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2012-IN se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior, el mismo que comprende los procedimientos y servicios administrativos realizados por los diferentes órganos que integran el Sector Interior, entre ellos la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC; Que, a través del Decreto Supremo N° 046-2012- EM se reguló el procedimiento para la emisión del Certificado de Operación Minera Excepcional requerido para la emisión de la Autorización Excepcional de Uso de Explosivos a Mineros en Proceso de Formalización por parte de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC; siendo que, en el artículo 6 de dicha norma se establece que el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, otorgará la Autorización Excepcional de Uso de Explosivos a Mineros en Proceso de Formalización, cuyos requisitos son establecidos en el artículo 7 de la misma norma; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Segundad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil -SUCAMEC, como organismo público adscrito al Ministerio del Interior; dicha entidad, asume las funciones y competencias de la Dirección General de Control de Servicios de Segundad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, y, en tanto se efectúe el proceso de transferencia se mantienen las funciones, estructura orgánica e instrumentos de gestión de dicha Dirección General; Que, el artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la entidad, con el objeto de brindar a los ciudadanos la información sobre los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades; Que, los numerales 38.1 y 38.5 del artículo 38 de la Ley N° 27444, establecen que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la entidad, toda modifi cación que implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe autorizar mediante Decreto Supremo; Que, a través de los Ofi cios N° 1041 y 3862-2013- SUCAMEC-DODH de fecha 16 de enero y 18 de febrero de 2013 respectivamente, la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC solicitó la inclusión del procedimiento administrativo “Autorización Excepcional de Uso de Explosivos Mineros en Proceso de Formalización” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio del Interior; Que, mediante los Informes N° 000023 y 000046- 2013/IN/DGPP/DPP de fecha 25 de enero y 21 de febrero de 2013 respectivamente, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Gestión en Planifi cación y Presupuesto del Ministerio del Interior indicó que resulta técnicamente viable la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior propuesta por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil -SUCAMEC; habiéndose cumplido con los dispositivos legales para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y con la documentación a la cual hace referencia el artículo 12 del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM que, entre otros, aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 046-2012-EM, corresponde incorporar el procedimiento administrativo denominado “Autorización Excepcional de Uso de Explosivos Mineros en Proceso de Formalización” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; DECRETA: Artículo 1.- Modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio del Interior Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-IN, a fi n de incorporar, en la parte relativa a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC (hoy Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil -SUCAMEC), el procedimiento administrativo denominado “Autorización Excepcional de Uso de Explosivos a Mineros en Proceso de Formalización”, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3.- Publicación y Difusión El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el artículo 1 que antecede, así como, el formulario de solicitud para el procedimiento incorporado, serán publicados en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www. mininter.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo.