Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2013 (15/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2013

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inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y demas Instituciones publicas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutaran las medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 937348-3

nuevos distritos de diversas provincias del departamento de MORDAZA, los cuales igualmente vienen siendo severamente afectados por la persistencia y continuidad de las intensas precipitaciones pluviales, haciendo enfasis en el hecho de que la Declaratoria solicitada es indispensable para la intervencion de los recursos del Gobierno Nacional, en las acciones de respuesta y rehabilitacion, puesto que dicho Gobierno Regional ya ha ejecutado una cuantiosa inversion en la atencion de las emergencias presentadas, no contando con disponibilidad presupuestaria en la actualidad; Que, la Direccion de Respuesta del INDECI, mediante Informe Tecnico Nº 0017-2013-INDECI/11.0 de fecha 29 de MORDAZA de 2013, teniendo en consideracion el pedido del Gobierno Regional de MORDAZA, asi como el Informe de Emergencia Nº 253-27/04/2013/COEN-INDECI/11:00 HORAS, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional del INDECI, que consolida la informacion de Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades, registrada por dicho Gobierno Regional en el Sistema de Informacion Nacional para la Respuesta y Rehabilitacion ­ SINPAD, y los Boletines de Alerta Meteorologica Nº 007, 009, 011, 012, 014 y 016 segun Fuente de SENAMHI; informa sobre la intensidad y continuidad de la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales que han producido danos de gran magnitud, en nuevos distritos de varias provincias en el departamento de Arequipa; Que, asimismo la Direccion de Respuesta del INDECI, concluye en el mencionado Informe Tecnico, considerando como las zonas mas afectadas los distritos de Andaray y Cayarani, de la provincia de Condesuyos; los distritos de Chaparra, MORDAZA, MORDAZA Union, Huanuhuanu, Jaqui y Chala, de la provincia de Caraveli; los distritos de Aplao y Ayo, de la provincia de Castilla; los distritos de MORDAZA, Huaynacotas, Cotahuasi, Pampamarca, Quechualla, Sayla y Tauria, de la provincia de La Union; distrito de Cabanaconde, de la provincia de Caylloma; y el distrito de MORDAZA de Pierola, de la provincia de Camana, en el departamento de Arequipa; recomendando se gestione la aprobacion de la Declaratoria de Estado de Emergencia en las mencionadas zonas afectadas; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y demas Instituciones publicas y privadas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentacion; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia. Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de Andaray y Cayarani, de la provincia de Condesuyos; los distritos de Chaparra, MORDAZA, MORDAZA Union, Huanuhuanu, Jaqui y Chala, de la provincia de Caraveli; los distritos de Aplao y Ayo de la provincia de Castilla; los distritos de MORDAZA, Huaynacotas, Cotahuasi, Pampamarca, Quechualla, Sayla y Tauria, de la provincia de La Union; distrito de Cabanaconde, de la provincia de Caylloma; y el distrito de MORDAZA de Pierola, de la provincia de Camana, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Mangas, de la provincia de Bolognesi; los distritos de MORDAZA, Olleros, La MORDAZA y Pira, de la provincia de Huaraz; los distritos de San MORDAZA y Huachis, de la provincia de Huari; distrito de Mancos, de la provincia de Yungay; los distritos de Pueblo Libre y Huata, de la provincia de Huaylas; distritos de Piscobamba, Lucma y Llumpa, de la provincia de Mariscal Luzuriaga; distrito de Pallasca, de la provincia de Pallasca; distrito de Cashapampa, de la provincia de Sihuas; distrito de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA MORDAZA Fitzcarrald; distrito de Tapacocha, de la provincia de Recuay; distrito de MORDAZA, de la provincia de Santa; y el distrito de Pariahuanca, de la provincia de Carhuaz, en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 053-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 038-2013PCM, publicado el 11 de MORDAZA de 2013, se declaro el

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