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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2013 (15/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Miércoles 15 de mayo de 2013 494742 Chicago, para estudiar los problemas de la aviación civil internacional y promover los reglamentos y normas únicos en la aeronáutica mundial, la cual es dirigida por un Consejo Permanente con sede en la ciudad de Montreal - Canadá, siendo nuestro país uno de sus integrantes; Que, la República del Perú como parte de un entorno geoestratégico globalizado, no puede abstraerse de mantener una adecuada interrelación con Instituciones Internacionales del nivel de la Organización de Aviación Civil Internacional, para obtener información que le será provechosa, considerando que es una excelente oportunidad para que se actualicen conocimientos relativos al desarrollo de los principios y técnicas de la aviación aérea internacional; así como, para la formulación de planes de desarrollo y modernización del trasporte aéreo internacional, el fomento del diseño y manejo de aeronaves para fi nes pacífi cos, el desarrollo de las rutas aéreas, aeropuertos y la forma de satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo en lo relativo a transportes aéreos seguros, regulares, efi cientes y económicos; asímismo, se podrá participar en la generación de nuevas normas que permitan incrementar los niveles de seguridad operacional; Que, la Fuerza Aérea del Perú ha propuesto al Coronel FAP ARMANDO JUAN BARAYBAR GONZALEZ, para ocupar el cargo de Representante Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI); Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior, a la ciudad de Montreal - Canadá, del Coronel FAP ARMANDO JUAN BARAYBAR GONZALEZ, como Representante Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), del 13 de mayo de 2013 al 28 de febrero de 2015, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 13 de mayo al 31 de diciembre de 2013, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el pago correspondiente a los años posteriores será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, considerando la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa, y de sus dos hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, la citada Comisión Especial en el Exterior se encuentra en el Ítem 14 del rubro 7.- Representación Nacional en Organizaciones Internacionales, del Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 091-2013-DE/ de fecha 15 de marzo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, con el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG de fecha 13 de febrero de 2009 se incorpora el “Capítulo VII: Comisión Especial en el Exterior” al Título II “Modalidades de Viaje al Exterior” del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, estableciendo en el Artículo 18º.-Derechos, que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refi ere el Artículo 13º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior a la ciudad de Montreal - Canadá, del Coronel FAP ARMANDO JUAN BARAYBAR GONZALEZ, NSA: O- 9478283 DNI: 44098928, como Representante Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), del 13 de mayo de 2013 al 28 de febrero de 2015, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo de ida: Lima - Montreal (Canadá) Titular, esposa y dos (02) Hijos US $ 1,579.00 x 04 personas (Incluye TUUA) = US$ 6,316.00 Gastos de Traslado - Ida (Equipaje, bagaje e instalación) US $ 6,930.00 x 02 x 01 persona = US$ 13,860.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 6,930.00 / 31 x 19 días x 01 persona = US$ 4,247.42 US $ 6,930.00 x 07 meses x 01 persona = US$ 48,510.00 ------------------------ Total a pagar = US$ 72,933.42 Artículo 3º.- El pago correspondiente a los años posteriores, se efectuará con cargo al presupuesto del año fi scal que corresponda. Artículo 4º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Ofi cial designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 937348-5