Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2013 (15/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Estado de Emergencia en el distrito de Pacllon, de la provincia de Bolognesi; en el distrito de Independencia, de la provincia de Huaraz; en el distrito de Malvas, de la provincia de Huarmey; en los distritos de Masin y Chavin de Huantar, de la provincia de Huari; en el distrito de Yungay, de la provincia de Yungay; en el distrito de Ocros, de la provincia de Ocros; en los distritos de Cusca y Aco, de la provincia de Corongo; y en el distrito de Huacllan, de la provincia de Aija, en el departamento de MORDAZA, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante los Oficios Nº 0121 y 0146-2013-REGION ANCASHGRRNGMA, de fechas 04 y 17 de MORDAZA de 2013, ha solicitado la Declaratoria de Estado de Emergencia en nuevos distritos de diversas provincias del departamento de MORDAZA, que vienen siendo igualmente afectados por la persistencia y continuidad de las intensas precipitaciones pluviales, lo cual ha incrementado el caudal de los MORDAZA y sus afluentes, produciendo deslizamientos de tierras y desbordes de MORDAZA, dejando a poblaciones damnificadas y ocasionando danos de magnitud en viviendas, infraestructura vial, de salud, entre otros; existiendo necesidad de efectuar acciones inmediatas de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas, sustentado en la Evaluacion de Danos y el Analisis de Necesidades debidamente registrados en el Sistema de Informacion Nacional para la Respuesta y Rehabilitacion - SINPAD; Que, la Direccion de Respuesta del INDECI, mediante Informe Tecnico Nº 016-2013-INDECI/11.0 de fecha 29 de MORDAZA de 2013, teniendo en consideracion el pedido del Gobierno Regional de MORDAZA, asi como el Informe de Emergencia Nº 255-27/04/2013/COEN-INDECI/12:00 HORAS, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional del INDECI, que consolida la informacion de Evaluacion de Danos y Analisis de Necesidades, registrada por dicho Gobierno Regional en el Sistema de Informacion Nacional para la Respuesta y Rehabilitacion ­ SINPAD, y los Boletines de Alerta Meteorologica Nºs. 008, 009 y 011 del 09 y 20 de febrero y del 03 de marzo de 2013, respectivamente, segun Fuente de SENAMHI; informa sobre la continuidad de la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales que han producido danos de gran magnitud, en nuevos distritos de varias provincias en el departamento de Ancash; Que, asimismo la Direccion de Respuesta del INDECI, concluye en el mencionado Informe Tecnico, teniendo en cuenta no solo el pedido de dicho Gobierno Regional sino el resultado del analisis efectuado por dicha Direccion de Respuesta de toda la informacion recabada, considerando como las zonas mas afectadas el distrito de Mangas, de la provincia de Bolognesi; los distritos de MORDAZA, Olleros, La MORDAZA y Pira, de la provincia de Huaraz; los distritos de San MORDAZA y Huachis, de la provincia de Huari; distrito de Mancos, de la provincia de Yungay; los distritos de Pueblo Libre y Huata, de la provincia de Huaylas; distritos de Piscobamba, Lucma y Llumpa, de la provincia de Mariscal Luzuriaga; distrito de Pallasca, de la provincia de Pallasca; distrito de Cashapampa, de la provincia de Sihuas; distrito de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA MORDAZA Fitzcarrald; distrito de Tapacocha, de la provincia de Recuay; distrito de MORDAZA, de la provincia de Santa; y el distrito de Pariahuanca, de la provincia de Carhuaz, en el departamento de Ancash; recomendando se gestione la aprobacion de la Declaratoria de Estado de Emergencia en las mencionadas zonas afectadas; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educacion y demas Instituciones publicas y privadas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2013

solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentacion; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en el distrito de Mangas, de la provincia de Bolognesi; los distritos de MORDAZA, Olleros, La MORDAZA y Pira, de la provincia de Huaraz; los distritos de San MORDAZA y Huachis, de la provincia de Huari; distrito de Mancos, de la provincia de Yungay; los distritos de Pueblo Libre y Huata, de la provincia de Huaylas; distritos de Piscobamba, Lucma y Llumpa, de la provincia de Mariscal Luzuriaga; distrito de Pallasca, de la provincia de Pallasca; distrito de Cashapampa, de la provincia de Sihuas; distrito de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA MORDAZA Fitzcarrald; distrito de Tapacocha, de la provincia de Recuay; distrito de MORDAZA, de la provincia de Santa; y el distrito de Pariahuanca, de la provincia de Carhuaz, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educacion y demas Instituciones publicas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutaran las medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Ministra de Salud y la Ministra de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 937348-4

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