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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2013 (15/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Miércoles 15 de mayo de 2013 494741 MINCETUR/DM, en la parte referida a las fechas de autorización del viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, las mismas que quedan autorizadas del 23 al 26 de abril de 2013. Artículo 2º.- Modifi car con efi cacia anticipada, el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 104-2013- MINCETUR/DM, en la parte referida a los gastos del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 437,62 Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) : US$ 600,00 Artículo 3°.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Ministerial N° 104-2013-MINCETUR/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 936623-1 Autorizan viaje de funcionarios y profesionales del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2013-MINCETUR/DM Lima, 10 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Perú viene participando activamente en la Alianza del Pacífi co, cuyo objetivo es conformar un área de integración en la que se asegure plena libertad para la circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como consolidar una plataforma económica común con proyección al mundo, especialmente hacia el Asia. Esta Iniciativa está integrada por Colombia, Chile, Perú y México, países que se encuentran representados por los Ministerios responsables de Comercio Exterior y de Relaciones Exteriores; Que, en este contexto, teniendo en consideración el cronograma de reuniones del año 2013, se llevará a cabo en la ciudad de Cali, República de Colombia, las reuniones del Grupo de Alto Nivel – GAN, del Consejo de Ministros y la Cumbre Presidencial de la Alianza Pacífi co, del 21 al 23 de mayo de 2013; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice su viaje, el del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR participen en las reuniones antes mencionadas; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, es necesario encargar las funciones del Viceministerio de Comercio Exterior y de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, mientras dure la ausencia de sus titulares; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Cali, República de Colombia, del 20 al 24 de mayo de 2013, del señor Carlos Esteban Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de las señoras Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor y Silvia Rosa Soto Velásquez, profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en las Reuniones de la Alianza del Pacífi co, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 541,87 x 4 personas) : US $ 2 167,48 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 4 personas) : US $ 3 200,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar a la señorita Claudia Eugenia Cornejo Mohme, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 20 de mayo de 2013, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5°.- Encargar a la señora María Victoria Elmore Vega, Directora Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, las funciones de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a partir del 20 de mayo de 2013, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 6°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 936624-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial FAP a Canadá, en comisión especial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 206-2013-DE/ Lima, 13 de mayo de 2013 Visto la Papeleta de Trámite NC-50-EMAI-Nº 0486 de fecha 17 de abril de 2013 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú de acuerdo a la Constitución Política del Perú, tiene como fi nalidad garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial, mediante el empleo del poder aeroespacial, para ello ha establecido entre una de sus políticas el cumplimiento de las normas y reglamentos para la seguridad operacional, protección, efi ciencia y regularidad del transporte aéreo, mediante la permanente participación activa del país en organismos internacionales especializados en el tema; Que, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), es una agencia de la Organización de las Naciones Unidas, creada en el año 1944 por la Convención de