Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2013 (15/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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encuentran bajo su administracion, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y a la Ley N° 29151 y su Reglamento; Que, por consiguiente, corresponde a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA adecuar las normas de la materia observando las disposiciones del Ente Rector, para lo cual es pertinente dictar los lineamientos generales con la finalidad de establecer los criterios que sustenten los procedimientos que reglamentaran la administracion de los bienes municipales en el MORDAZA de las normativas actuales; Estando a las consideraciones expuestas, el Concejo Municipal, en uso de las facultades otorgadas por el articulo 9° inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LINEAMIENTOS GENERALES PARA REGLAMENTAR EL PROCEDIMIENTO DE REGISTRO, ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE LOS BIENES MUNICIPALES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- De la Administracion de los Bienes de la Municipalidad Los actos de administracion, adquisicion, disposicion, supervision y registro de los bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, se encuentra a cargo del organo responsable del patrimonio, adscrito a la Gerencia de Administracion y Finanzas. Articulo Segundo.- De la informacion a la SBN Los actos de administracion de los bienes de la propiedad de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, deber remitirse a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, Ente Rector del Sistema, para el registro en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales - SINABIP. Articulo Tercero.- Incorporacion de Bienes La incorporacion fisica y contable de bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA se realiza por alguna de las siguientes causas: a) Permuta b) Dacion en pago o en especie c) Reposicion d) Fabricacion de bienes muebles e) Saneamiento de Bienes muebles e inmuebles f) Bienes sobrantes como resultado de inventario periodico g) Donacion de Bienes muebles e inmuebles h) Otras causales debidamente justificadas Articulo Cuarto.- Criterios para la administracion de los bienes de la Municipalidad La administracion de los bienes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA se rigen por los siguientes criterios: a) Planificacion b) Eficiencia c) Simplicidad d) Coordinacion e Informacion con el Ente Rector del Sistema Articulo Quinto.Inaplicacion del MORDAZA reglamentario Para la incorporacion de bienes muebles e inmuebles por Donacion, previamente se requiere el Acuerdo del Concejo Municipal conforme a lo dispuesto en el inciso 20 del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades. Articulo Sexto.- Del Reglamento Dispongase que las normas de procedimiento para la gestion y administracion, de los bienes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, se apruebe en un plazo MORDAZA de treinta dias, por Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 936772-1

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2013

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA N° 008-2013-MSB-A San MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia ; Que, el inciso 6) del articulo 93° de la Ley N°27972, dispone que es facultad de las municipalidades dentro de su jurisdiccion, disponer la pintura periodica de las fachadas y el uso y no uso de determinados colores; Que, el 1° de junio de cada ano ha sido institucionalizado como aniversario de creacion politica del Distrito de San MORDAZA de acuerdo a la Ley N°23604; que en el presente ano se celebran 30 anos de su creacion; por lo que constituye ocasion para disponer las acciones necesarias que otorguen realce a la celebracion del aniversario del distrito; Estando a lo expuesto, de conformidad con las facultades otorgadas en el articulo 42° de la Ley N°27972, y con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los inmuebles del distrito de San MORDAZA a partir del 15 de MORDAZA al 1° de junio del presente ano, en conmemoracion del 30° aniversario de la celebracion de su creacion politica; recomendandose la limpieza y pintado de las fachadas de los inmuebles del Distrito de San Borja. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Fiscalizacion y Autorizaciones, y Gerencia de MORDAZA y Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA institucional, y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion en el Distrito. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 936773-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada del Programa de Vivienda "Residencial MORDAZA Genova", ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 143-2013-SGCHU-GDU/MDSMP San MORDAZA de Porres, 11 de MORDAZA de 2013

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