Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2013 (15/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Miercoles 15 de MORDAZA de 2013

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Articulo Segundo.- La presente resolucion entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 936590-1

Modifican Reglamento de Transferencia y Adquisicion de Cartera Crediticia, aprobado mediante la Res. N° 13082013
RESOLUCION SBS Nº 2848-2013 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, establece en el numeral 26 del articulo 221° que las empresas del sistema financiero pueden celebrar contratos de compra o de venta de cartera; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 13082013 del 15 de febrero de 2013, se aprobo el MORDAZA Reglamento de Transferencia y Adquisicion de Cartera Crediticia; Que, mediante el articulo 12° del citado reglamento, se establecieron pautas para el envio de las empresas a esta Superintendencia sobre informacion actualizada de los deudores reportados en el Reporte de Carteras Transferidas ­RCT, teniendo vigencia la citada disposicion a partir del 1 de junio de 2013; Que, resulta necesario otorgar un mayor plazo para la implementacion de lo dispuesto en el articulo 12° del citado Reglamento, con la finalidad de otorgar mayores facilidades al MORDAZA de adecuacion; Contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos, de Estudios Economicos y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del articulo 349º de la Ley General; y, de acuerdo a las condiciones de excepcion dispuestas en el numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporese como MORDAZA parrafo del articulo octavo de la Resolucion SBS N° 1308-2013, el siguiente texto: "Articulo Octavo.- (...) El envio de la actualizacion de los deudores reportados en el Reporte de Carteras Transferidas ­RCT, a que hace referencia el articulo 12° del MORDAZA Reglamento de Transferencia y Adquisicion de Cartera Crediticia regira a partir del 02.01.2014."

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Constituyen "Red Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Trafico Ilicito de Migrantes de la Region Tacna"
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2013-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diecinueve de MORDAZA del dos mil trece, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 1 establece: "La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, en tanto que el articulo 2 prescribe: "Toda persona tiene derecho: 1) A la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar. 2) A la igualdad ante la ley. (...) 24) A la MORDAZA y a la seguridad personales. En consecuencia: (...) b) No se permite forma alguna de restriccion de la MORDAZA personal (...). Estan prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas. (...)". Asimismo, el articulo 191 prescribe: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...)". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 6 establece como Objetivos a Nivel Social: "(...) d) Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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