Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

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Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 942132-8

Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7: Representacion Nacional ante Organismos Internacionales, Item 17, Anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2013, aprobado por Resolucion Suprema Nº 091-2013DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales y apoyo al desarrollo nacional, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Empleado Civil Contrato bajo la modalidad de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asista a las mencionadas Reuniones; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, debido al itinerario del viaje, y con el fin de prever la participacion del referido Empleado Civil en las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con DOS (2) dias de anticipacion; asi como, su retorno DOS (2) dias despues, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Empleado Civil Contratado bajo la modalidad de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00103160 y DNI. 43164834, para que asista a la 11a Reunion del Sub-Comite de Creacion de Capacidades (CBSC) y a la 5a Reunion del Comite de Coordinacion Inter-Regional (IRCC) de la Organizacion Hidrografica Internacional (OHI), a realizarse en la MORDAZA de Wollongong, Estado de Nueva Gales del Sur, Mancomunidad de Australia, del 30 de MORDAZA al 4 de junio de 2013; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 28 de MORDAZA y su retorno el 6 de junio de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Wollongong (Mancomunidad de Australia) - MORDAZA US$. 3,360.00 US$ 3,360.00 Viaticos: US$. 240.00 x 6 dias

ECONOMIA Y FINANZAS
Declaran de interes nacional y prioritaria la promocion y agilizacion de la inversion
DECRETO SUPREMO Nº 104-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben ejecutar proyectos de inversion en materia de infraestructura que permitan reducir la brecha existente para sostener el crecimiento de la economia en los proximos anos e impulsar un mayor dinamismo de la misma; Que, la reduccion de la brecha de infraestructura permitira reducir la pobreza, al facilitar servicios basicos, asi como una mayor integracion social y economica del MORDAZA, generando mayores niveles de competitividad; Que, asimismo, el Estado, a traves de sus distintos niveles de Gobierno, promueve la participacion de la inversion privada en la actividad economica del MORDAZA, reconociendo su contribucion al crecimiento economico; asi como tambien promueve las Asociaciones Publico Privadas para el desarrollo de infraestructura publica y de servicios publicos, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en la normatividad vigente; Que, con la finalidad de impulsar la inversion privada y publico privada se deben adoptar medidas que agilicen las inversiones y reduzcan plazos, con especial incidencia en la expedicion de certificaciones, autorizaciones, licencias y procedimientos para la expedicion de las mismas; Que, asimismo con la finalidad de orientar las acciones del Estado para los fines senalados en los considerandos precedentes, es necesario contar con una instancia especializada en el seguimiento, coordinacion y gestion facilitadora de la inversion; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 4 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Declaracion de Interes nacional Declarase de Interes nacional la promocion de la inversion privada y publico privada, con el objetivo de mantener la sostenibilidad del crecimiento economico y mejorar la competitividad del MORDAZA, incrementando el empleo y la mejora de la calidad de MORDAZA de los peruanos. Articulo 2°.Implementacion del Equipo Especializado de seguimiento de la inversion 2.1 En un plazo de quince (15) dias calendario el Ministerio de Economia y Finanzas implementara un

US$ 1,440.00 -------------------TOTAL A PAGAR: US$ 4,800.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El referido Servidor Publico, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002.

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