Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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que provean una opinion definitiva respecto al area de servidumbre solicitada; Que, el Ejercito del Peru mediante el Expediente Nº 2196310 de fecha 07 de junio de 2012, senalo que la empresa Contugas S.A.C. debe subsanar la observacion relacionada con los planos de localizacion de la servidumbre. Asimismo, menciono que actualmente vienen elaborando el Proyecto de Instalaciones Militares en dicho terreno por lo que estara en condiciones de emitir su opinion final, previa a la subsanacion de las observaciones detectadas por parte de la empresa Contugas S.A.C.; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29006, Ley que autoriza la disposicion de inmuebles del sector de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-DE/SG, el Ministerio de Defensa puede realizar Actos de Administracion a titulo oneroso; asimismo, siendo que el Ejercito del Peru no ha emitido un pronunciamiento definitivo en el plazo otorgado y que cuando se trata de proyectos de interes nacional y necesidad publica, es posible otorgar derechos de servidumbre sobre predios reservados para los fines mencionados por el Ejercito del Peru, resulta aplicable el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 062-2010-EM, el cual senala que la servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de los Concesionarios sobre predios cuya titularidad corresponde al Estado, sera gratuita salvo que el predio a ser gravado este incorporado a algun MORDAZA economico o fin util, en cuyo caso el Concesionario pagara la correspondiente compensacion, conforme a la normatividad vigente; Que, en tal sentido, de conformidad con el articulo 101 del TUO del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, mediante la Resolucion Directoral Nº 0155-2012-MEM/DGH de fecha 05 de octubre de 2012, designo al Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru como entidad tasadora a efectos de establecer el monto de compensacion a ser pagado a favor del propietario del predio sirviente; Que, el Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru mediante el Oficio Nº 1141-T-10.c.2/DIPAIN de fecha 24 de setiembre de 2012, senalo que era viable la solicitud de imposicion de servidumbre presentada por la empresa Contugas S.A.C.; Que, el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru mediante el Expediente Nº 2248436 de fecha 28 de noviembre de 2012, remitio el Dictamen Pericial Tecnico del predio de propiedad del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, estableciendo el valor comercial de la servidumbre en S/. 67 516.00 (Sesenta y Siete Mil Quinientos Dieciseis y 00/100 Nuevos Soles); Que, por lo expuesto, corresponde continuar con el tramite para la imposicion de la servidumbre solicitada por la citada empresa, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos; Que, atendiendo a que el predio materia de solicitud de imposicion del derecho de servidumbre legal es de propiedad del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru y se encuentra incorporado a un MORDAZA economico o fin util, en este caso a la reubicacion de la Escuela de Blindados del Ejercito, el Grupo de Artilleria de MORDAZA y MORDAZA de Instruccion Militar, con fines de Defensa y Seguridad Nacional, resulta aplicable el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 062-2010-EM, el cual senala que la servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de los Concesionarios sobre predios cuya titularidad corresponda al Estado, sera gratuita salvo que el predio a ser gravado este incorporado a algun MORDAZA economico o fin util, en cuyo caso el Concesionario pagara la correspondiente compensacion, conforme a la normatividad vigente; Que, de acuerdo a la Clausula Cuarta del Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, el plazo por el que se otorgo la Concesion es de treinta (30) anos, contado a partir de la Fecha de Cierre, por lo que el periodo de imposicion de servidumbre sobre el terreno descrito se debera prolongar hasta la conclusion de la concesion, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el referido Contrato y de las que correspondan de acuerdo a las normas aplicables; Que, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas ha emitido opinion favorable a la imposicion del derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA sobre el predio MORDAZA descrito, a favor de Contugas S.A.C., cumpliendo con expedir el Informe Tecnico Nº 253-2012-EM-DGH/PTC y el Informe

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

Legal Nº 0001-2013-EM-DGH/DNH; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por Contugas S.A.C. y de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, asi como a lo dispuesto por el Titulo IV "Uso de bienes publicos y de terceros" del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, y por el Decreto Supremo Nº 062-2010-EM, mediante el cual se precisan los alcances del procedimiento de imposicion de servidumbres establecido en el citado Reglamento, se ha dado cumplimiento al procedimiento de constitucion de derecho de servidumbre sobre bienes del Estado, razon por la cual corresponde constituir el derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA solicitado, a favor de Contugas S.A.C.; De conformidad con lo establecido por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, el Titulo IV del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, el Decreto Supremo Nº 062-2010-EM y por el Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica; SE RESUELVE: Articulo 1.- Imponer el derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de Contugas S.A.C., sobre el predio de propiedad del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, inscrito en la Partida Registral Nº 11046193 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ica, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM senaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II que forman parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- El plazo de la servidumbre a la que hace referencia el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, se prolongara hasta la culminacion del Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, sin perjuicio de las causales de extincion que correspondan segun el referido Contrato y las previstas en el articulo 103 del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM. Articulo 3.- El monto de la compensacion por la imposicion de la servidumbre a favor del Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, asciende a la suma de S/. 67 516.00 (Sesenta y Siete Mil Quinientos Dieciseis y 00/100 Nuevos Soles) conforme al Dictamen Pericial Tecnico emitido por el Cuerpo Tecnico de Tasaciones del Peru. Articulo 4.- Contugas S.A.C. debera adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros e inconvenientes que puedan ocasionar sus instalaciones dentro del area descrita en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, debiendo cumplir con las medidas de seguridad, asi como con las medidas para la proteccion del ambiente establecidas en la normativa vigente. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema constituira titulo suficiente para la correspondiente inscripcion de la servidumbre otorgada en los Registros Publicos. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas ANEXO I
DESCRIPCION DEL AREA Titular Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru Ubicacion Predio ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica Area total del terreno afectada 13.878313 ha.

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