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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2013 (25/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Sábado 25 de mayo de 2013 495451 Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 200.00 2 X 4 = 1,600.00 2.60 4,160.00 Pasajes aéreos US$ 2,320.15 X 4 = 9,280.60 2.60 24,129.56 Total a pagar por la Dirección General de Gestión en Administración 28,289.56 del Ministerio del Interior Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 200.00 2 X 8 = 3,200.00 2.644 8,460.80 Pasajes aéreos US$ 1,941.70 X 8 = 15,533.60 2.644 41,070.84 Total a pagar por la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía 49,531.64 Nacional del Perú Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión del servicio deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 942131-6 Aceptan renuncia y encargan funciones de Superintendente Nacional de la SUCAMEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0774-2013-IN Lima, 24 de Mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0179-2012- IN, se designó al señor General de División EP (r) Jorge Aquiles Carcovich Cortelezzi en el cargo público de confi anza de Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que, resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma; Que, asimismo, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 de fecha 7 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil –SUCAMEC, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, entidad que asume las competencias y funciones de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil; Que, el Decreto Legislativo Nº 1127, en su Primera Disposición Complementaria Transitoria, autoriza al Ministerio del Interior a dictar las disposiciones que resulten necesarias para la adecuada implementación del mismo; Que, en el artículo 15 del referido Decreto Legislativo y el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, se establecen las funciones del Superintendente Nacional de la SUCAMEC, como funcionario de mayor nivel jerárquico, que ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; Que, con el objeto de garantizar el normal funcionamiento de la SUCAMEC y cumplir las metas y objetivos programados, es necesario encargar las funciones del cargo de Superintendente Nacional de dicha entidad, en tanto se designe al Titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 –Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594 –Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Decreto Legislativo Nº 1135 –Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-IN; Decreto Legislativo Nº 1127 que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil –SUCAMEC; y, el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor General de División EP (r) Jorge Aquiles Carcovich Cortelezzi al cargo público de confi anza de Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar, al señor Carlos Antonio Pérez Ríos, Director General de la Dirección General para la Seguridad Democrática del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior, las funciones del cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 941837-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan viaje de Director General de la Dirección General de Derechos Humanos a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 054-2013-JUS Lima, 24 de mayo de 2013 VISTO, el OF.RE (DGA-SUD-CHI) 2-19/08, de fecha 12 de abril de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa de la realización de la I Reunión Ministerial del Consejo de Integración Social Perú – Chile, a realizarse el día 28 de mayo de 2013 en la ciudad de Santiago, República de Chile, precedida de una reunión técnica el día 27 de mayo de 2013; Que, el Consejo de Integración Social Perú – Chile fue creado con el fi n de concertar políticas a favor de las comunidades migrantes de ambos países; Que, los objetivos de las mencionadas actividades se dirigen a permitir intercambiar experiencias sobre el diseño, implementación y monitoreo de políticas sociales, concertar acciones para atender a las poblaciones vulnerables y/o en situación de pobreza de las comunidades nacionales residentes en el otro Estado, y enfatizar la dimensión social de las políticas que implementan ambos gobiernos; consolidando de ese modo la relación bilateral; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de los eventos antes referidos, resulta de interés institucional