Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 284-2012-JOPE/INS, de fecha 17 de agosto de 2012, se encargo a la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones del cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Instituto Nacional de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario dar por concluida la encargatura de la funcionaria mencionada y designar al funcionario que ocupara dicho cargo; Con la Visacion del Sub Jefe, del Director General de la Oficina General de Asesoria Tecnica y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en los articulos 3º y 7º de la Ley 27594 Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; y, En uso de las facultades establecidas en el literal h) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida a partir del 27 de MORDAZA de 2013 la encargatura efectuada mediante la Resolucion Jefatural Nº 284-2012-J-OPE/INS, de fecha 17 de agosto de 2012, de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Instituto Nacional de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion, retornando a su cargo de origen. Articulo 2º- Designar a partir del 27 de MORDAZA de 2013, al Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA Munante MORDAZA, en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Administracion del Instituto Nacional de Salud. Articulo 3º.- El funcionario designado, en el plazo de cinco (05) dias habiles presentara el cronograma de actividades priorizadas de su respectiva oficina. Articulo 4º.- Notificar la presente Resolucion a los interesados, a la Oficina Ejecutiva de Personal y al Organo de Control Institucional, para los fines correspondientes. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina General de Informacion y Sistemas, la actualizacion del Directorio Institucional que aparece en la pagina web www.ins.gob. pe, en atencion a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Jefe 941658-1 VISTOS:

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

(i) La propuesta de Oferta Basica de Interconexion (en adelante, OBI) para la red del servicio de telefonia fija de Telefonica del Peru S.A.A. (en adelante, Telefonica), remitida el 11 de enero de 2013 por Telefonica, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 106-2011-CD/OSIPTEL, que aprueba las Disposiciones para que las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y de los servicios publicos moviles presenten sus OBI (en adelante, las Disposiciones); (ii) La propuesta de OBI para la red del servicio de telefonia fija de Telefonica, presentada el 22 de marzo de 2013, a traves de la cual Telefonica incorpora a la propuesta de OBI enviada con fecha 11 de enero de 2013, las observaciones formuladas mediante Resolucion de Gerencia General N° 108-2013-GG/OSIPTEL; (iii) La propuesta de OBI para la red del servicio de telefonia fija de Telefonica formulada por el OSIPTEL, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en las Disposiciones; (iv) El Informe N° 415-GPRC/2013, que recomienda la aprobacion de la OBI presentada; CONSIDERANDOS: Que, en virtud de lo establecido en el Articulo 7° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, y en el Articulo 103° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones (en adelante, TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones), aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, la interconexion de las redes de los servicios publicos de telecomunicaciones entre si, es de interes publico y social, y por tanto, es obligatoria, calificandose la interconexion como una condicion esencial de la concesion; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 106° del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, los contratos de interconexion deben sujetarse a lo establecido por la Ley y su Reglamento General, los Reglamentos especificos, los planes tecnicos fundamentales contenidos en el Plan Nacional de Telecomunicaciones, asi como a las disposiciones que dicte el OSIPTEL; Que, en el Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 134-2012-CD/OSIPTEL (en adelante, TUO de las Normas de Interconexion), se definen los conceptos basicos de la interconexion de redes y de servicios publicos de telecomunicaciones, y se establecen las normas tecnicas, economicas y legales a las cuales deberan sujetarse los contratos de interconexion que se celebren entre operadores de servicios publicos de telecomunicaciones y los pronunciamientos sobre interconexion que emita el OSIPTEL; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 1062011-CD/OSIPTEL se aprobaron las Disposiciones para que las Empresas Operadoras del Servicio de Telefonia Fija y de los Servicios Publicos Moviles presenten sus OBI; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 1572012-CD/OSIPTEL, se aprobo la propuesta de Oferta Basica de Interconexion para las empresas operadoras del servicio de telefonia fija y se dispuso que las referidas empresas procedan a remitir sus ofertas al OSIPTEL para su revision, y de ser el caso la aprobacion respectiva; Que, el articulo 6º de las Disposiciones, establece que vencido el plazo para la entrega de la OBI; o vencido el plazo para la entrega de la OBI modificada y la empresa operadora no cumpla con entregar la misma; o en caso de ser entregada, esta no cumpliese con subsanar las observaciones formuladas, el OSIPTEL establecera la OBI aplicable a su red; Que, mediante comunicacion DR-107-C-1948/CM13 recibida el 11 de enero de 2013, Telefonica remitio al OSIPTEL para su aprobacion, la OBI para la prestacion de su servicio de telefonia fija; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 1082013-GG/OSIPTEL, emitida el 26 de febrero de 2013, este organismo efectuo observaciones a la OBI presentada por Telefonica el 11 de enero de 2013; Que, mediante comunicacion DR-107-C-0427/CM13, recibida el 22 de marzo de 2013, Telefonica remitio modificaciones a su propuesta de OBI, con la finalidad de subsanar las observaciones formuladas mediante Resolucion de Gerencia General N° 108-2013-GG/OSIPTEL;

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Aprueban Oferta Basica de Interconexion para la red del servicio de telefonia fija de Telefonica del Peru S.A.A.
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 379-2013-GG/OSIPTEL MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2013. : Nº 000001-2013-GG-GPRC/OBI : Aprobacion de Oferta Basica de Interconexion ADMINISTRADO : Telefonica del Peru S.A.A. EXPEDIENTE MATERIA

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