Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2013 (25/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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(SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 937419-1

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2013

Autorizan ampliacion de local de la Escuela de Capacitacion y Profesionalizacion Sociedad Anonima Cerrada - ESCAPRO S.A.C., autorizada como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1709-2013-MTC/15 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 155499 y 009656, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CAPACITACION Y PROFESIONALIZACION SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESCAPRO S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentado la relacion detallada de su equipamiento; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2241-2009MTC/15 de fecha 23 de junio de 2009, se otorgo autorizacion a la empresa denominada ESCUELA DE CAPACITACION Y PROFESIONALIZACION SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESCAPRO S.A.C., con RUC N° 20532341273 y domicilio en Urbanizacion MORDAZA MORDAZA Gallo, Mz. C Lt. 11 - Tacna, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Resolucion Directoral N° 3450-2009MTC/15 de fecha 04 de noviembre de 2009, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I, la modificacion de su plana docente; asi como su horario de atencion; Que, mediante Parte Diario N° 155499 con fecha 28 de diciembre de 2012, La Escuela solicita autorizacion para

Ampliacion de local en el inmueble ubicado en la Asociacion Pro Vivienda San MORDAZA Mz. Z Lt. 26, Unidad Inmobiliaria N° 2, etapa MORDAZA, (Av. Proceres de la Independencia N° 1927, Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima); con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias I, II y III y Clase B Categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias I, II y III; Que, con Oficio Nº 092-2013-MTC/15.03 de fecha 09 de enero de 2013, notificado en la misma fecha, esta administracion formulo las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para el cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, la cual es respondida mediante Parte Diario N° 009656 con fecha 22 de enero de 2013; Que, mediante Informes N°s. 168-2013-MTC/15.03.A.A. y 208-2013-MTC/15.03.A.A., de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, opino que la empresa denominada ESCUELA DE CAPACITACION Y PROFESIONALIZACION SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESCAPRO S.A.C., cumplio con presentar los requisitos establecidos en el Art. 52° de El Reglamento, para ser autorizado para funcionar como ampliacion de la Escuela de Conductores Integrales en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, Provincia y Departamento de MORDAZA, razon por la cual la Direccion General de Transporte Terrestre - DGTT, emite las Resoluciones Directorales N°s. 1013-2013-MTC/15 y 1168-2013-MTC/15, asimismo, cabe mencionar que esta no ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano, por tanto no ha surtido efectos juridicos; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 308-2013-MTC/15.03.A.A. y siendo este parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de local de la empresa denominada ESCUELA DE CAPACITACION Y PROFESIONALIZACION SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESCAPRO S.A.C., autorizada mediante Resolucion Directoral Nº 2241-2009-MTC/15 como Escuela de Conductores Integrales, por el periodo indicado en su resolucion primigenia, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias I, II y III y Clase B Categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias I, II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: ESCUELA DE CAPACITACION Y PROFESIONALIZACION SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESCAPRO S.A.C. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA, TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA:

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