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El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013 506634 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 322-2013/SUNAT Lima, 5 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Carta recibida con fecha 4 de setiembre de 2013, la Directora General de Aduana de la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP de la República Argentina invita a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para participar en el “IV Foro de Tecnología e Innovación de la OMA” que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 12 al 14 de noviembre de 2013; Que en el mencionado evento se analizará cómo los métodos modernos de comunicación y tecnología de avanzada pueden ajustarse para satisfacer las necesidades del comercio exterior; asimismo, se debatirá cómo la tecnología contribuye a que las Aduanas y demás organismos de frontera alcancen altos niveles de seguridad, manteniendo a la vez, un equilibrio apropiado con la función de facilitar el comercio exterior lícito; Que la participación de la SUNAT en este foro, se fundamenta en la necesidad de tomar conocimiento de la tecnología de vanguardia que permitirá coadyuvar al cumplimiento del objetivo principal y objetivos estratégicos del Programa de Cambio “Control Aduanero Tributario”, así como el intercambio de experiencias en esta materia con las demás Administraciones Aduaneras, al ser un evento de carácter internacional; Que en tal sentido, considerando que el “IV Foro de Tecnología e Innovación de la OMA”, que en el marco del proceso de mejora y modernización de la SUNAT redundará en el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, resulta de interés institucional la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, y conforme al Informe N.° 064-2013-SUNAT/ 3X0000 de fecha 9 de octubre de 2013, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Edgard Luis Campos Zavaleta, Profesional II de la División de Control de Gestión de la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera, Director del Programa de Cambio “Control Aduanero Tributario”, para que concurra al mencionado evento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta conveniente por razones de itinerario, autorizar el viaje del señor Edgard Luis Campos Zavaleta, del 11 al 15 de noviembre de 2013 debiendo la SUNAT asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y viáticos; De conformidad con lo previsto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el artículo 11° del Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Edgard Luis Campos Zavaleta, Profesional II de la División de Control de Gestión de la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera, Director del Programa de Cambio “Control Aduanero Tributario”, del 11 al 15 de noviembre de 2013, para que participe en el “IV Foro de Tecnología e Innovación de la OMA”, a llevarse a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), alojamiento y manutención serán asumidos por la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Edgard Luis Campos Zavaleta Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto –TUUA) US$ 800,40 Viáticos US$ 1 480,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un Informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduanas de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1010292-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Revalidan inscripción de peritos que se integrarán a la Nómina por Especialidad de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 884 -2013-P-CSJLI/PJ Lima, 28 de octubre de 2013 VISTO: La Resolución Administrativa N°186-2013-P-CSJLI/ PJ, de fecha 20 de febrero del 2013, el Informe de REPEJ N°009-2013-ASJR-REPEJ-CSJLI/PJ, de fecha 16 de setiembre del 2013, la Resolución de fecha 15 de mayo del 2013, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la