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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 69

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013 506639 3. FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y CONTABLES, de acuerdo a la Resolución N° 021-2012- A.U. del 19 de noviembre del 2012 se aprueba el cambio de denominación de Facultad de Ciencias Económicas, Contables y Administrativas por la actual facultad. A esta unidad académica se adscriben la Escuela de Formación Profesional de Economía y Escuela de Formación Profesional de Contabilidad, y carreras profesionales correspondientes: 3.1 Escuela de Formación Profesional de Contabilidad, con la siguiente carrera profesional: 3.1.1 CONTABILIDAD, correspondiente a la Escuela de Formación Profesional de Contabilidad, aprobado con resolución N° 1039-2010-UNDAC-CU con fecha 25 de noviembre del 2010 cuenta con su pan de estudios y 10 semestres académicos. 3.2 Escuela de Formación Profesional de Economía, con la siguiente carrera profesional: 3.2.1 ECONOMÍA, aprobada por resolución N° 1039- 2010-UNDAC-CU, cuenta con su plan de estudio de 10 semestres académicos y 220 créditos. 4. FACULTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS, con las siguientes escuelas de formación profesional y carreras profesionales: 4.1 Escuela de Formación Profesional de Agronomía, con la siguiente carrera profesional: 4.1.1 AGRONOMÍA, cuenta con Resolución Rectoral de creación N° 329 de fecha 27 de agosto del 1987, con funcionamiento en la ciudad de Cerro de Pasco; y en las sedes de las ciudades de La Merced - Chanchamayo, aprobado por Resolución N° 058-2002-C.U. de fecha 21 de enero de 2002; en Oxapampa, cuya aprobación se da bajo la Resolución N° 148-2013-UNDAC-R; y en Yanahuanca, aprobado por Resolución N° 092-2002-C.U. 4.2 Escuela de Formación Profesional de Industrial Alimentarias, con la siguiente carrera profesional: 4.2.1 INDUSTRIAS ALIMENTARIAS, aprobado con Resolución Rectoral N° 550-A-92-R, con funcionamiento en la ciudad de Cerro de Pasco, y en La Merced, la Resolución Rectoral N° 563-93-R ratifi ca la creación y funcionamiento en la provincia de la Merced-Chanchamayo. 4.3 Escuela de Formación Profesional de Zootecnia, con la siguiente carrera profesional: 4.3.1 ZOOTECNIA, se crea con Resolución Rectoral N° 030-A-72 de fecha 06 de junio de 1972, con funcionamiento en la ciudad de Cerro de Pasco; asimismo, con Resolución Rectoral N° 185-80-R con fecha 20 de junio 1980, se aprueba el funcionamiento en Oxapampa. 5. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, con las siguientes escuelas de formación profesional y carreras profesionales: 5.1 Escuela de Formación Profesional de Enfermería, con la siguiente carrera profesional: 5.1.1 ENFERMERÍA, se aprueba la creación del programa en su sede principal con Resolución Rectoral N° 013-C-76-R de fecha 13 de febrero de 1976. 5.2 Escuela de Formación Profesional de Obstetricia, con la siguiente carrera profesional: 5.2.1 OBSTETRICIA, con Resolución Rectoral N° 0323-97-R de fecha 07 de julio de 1997 se crea el programa académico, en sude principal. 6. FACULTAD DE ODONTOLOGÍA, con Resolución N° 002-2000-AU se aprueba el cambio de denominación de la Facultad de Estomatología a Facultad de Odontología; la integra la siguiente escuela de formación profesional y carrera profesional: 6.1 Escuela de Formación Profesional de Odontología 7. FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, con Ley N° 15527 se crea la universidad y con la misma Ley se apertura la facultad señalada. Adscrita se presentan las siguientes escuelas de formación profesional y carreras profesionales: 7.1 Escuela de Formación Profesional de Ingeniería de Minas, con la siguiente carrera profesional: 7.1.1 INGENIERÍA DE MINAS, con funcionamiento en la ciudad de Cerro de Pasco. 8. FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES, con Resolución N° 0071-2013-UNDAC-C.U. se aprueba el funcionamiento defi nitivo de la facultad de Ciencias Empresariales, con la siguiente escuela de formación profesional y carrera profesional: 8.1 Escuela de Formación Profesional de Administración, con la siguiente carrera profesional: 8.1.1 ADMINISTRACIÓN, se aprueba la creación de la escuela profesional con la Resolución Rectoral N° 014 de fecha 29 de enero de 1985. 9. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN, con la Resolución N° 021-2012-A.U. del 19 de noviembre del 2012, se aprueba la segmentación en el cambio de denominación de la Facultad de Ciencias de la Educación, Comunicación y Derecho por la denominación actual, la cual está conformada por la siguiente escuela de formación profesional y carrera profesional: 9.1 Escuela de Formación Profesional de Ciencias de la Comunicación, con la siguiente carrera profesional: 9.1.1 CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN, se aprueba la creación de la escuela profesional con la Resolución Rectoral N° 550-92-R de fecha mayo de 1992. II. SEGUNDA ESPECIALIDAD Los siguientes programas de segundas especialidades han sido aprobados por Resolución N° 1342-2012-UNDAC- C.U. de fecha 25 de octubre del 2012, con funcionamiento en su sede central de la ciudad de Cerro de Pasco: 1. Segunda Especialidad en Carielogía y Endodoncia. 2. Segunda Especialidad en Odontopediatría. 3. Segunda Especialidad en Periodoncia. 4. Segunda Especialidad en Radiología Bucal y Maxilo Facial. 5. Segunda Especialidad en Salud Pública Estomatológica. 6. Segunda Especialidad en Medicina y Patología Estomatológica. 7. Segunda Especialidad en Estomatología de Pacientes Especiales. Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, emite el informe de vistos, en el cual expresa que la documentación remitida por la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, con sede en la ciudad de Cerro de Pasco, ha sido elaborada respetando las disposiciones establecidas en los artículos 23º y 92º, incisos e) y f), de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento de escuelas de formación profesional, carreras profesionales, y segundas especialidades, el cambio de denominación de facultades, en su sede central y sedes universitarias que se encuentran justifi cadas y en la organización de su estructura académica; por lo que es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita el acto resolutivo correspondiente; Que, mediante memorando Nº 1131-2013-SE, la Secretará Ejecutiva dispone emitir una resolución por la cual se declare que la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, con sede en la ciudad de Cerro de Pasco, ha cumplido con las disposiciones que establecidas en los artículos 23° y 92°, incisos e) y f) de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto al cambio de denominación de facultades