Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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De igual forma, fue debidamente notificada con el acta de la referida sesion, en donde se declaro su vacancia al cargo de regidora por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses (fojas 6). 3. Del mismo modo, en el expediente obra el Oficio Nº 19-2013-MP/GBLL, de fecha 18 de junio de 2013, emitida por MORDAZA MORDAZA Aramburu Apestigui, encargado de la oficina de mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Llama (fojas 41), en la que deja MORDAZA de que no existe recurso impugnatorio alguno contra el acuerdo de concejo, de fecha 24 de MORDAZA de 2013. Igualmente, obra en autos la Resolucion de Alcaldia Nº 057-2013-MD/LLAMA/ML, de fecha 19 de junio de 2013 (fojas 42 a 43), que declara consentido el acuerdo de concejo, de fecha 24 de MORDAZA de 2013, que declaro la vacancia de la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dominguez. 4. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente al accesitario llamado por ley. 5. En tal sentido, de conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a MORDAZA Roxsana MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del movimiento regional Movimiento Independiente MORDAZA Destino, para completar el numero de regidores del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Llama. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamacion de resultados, de fecha 2 de noviembre de 2010, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Pomabamba, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Llama, provincia de Mariscal Luzuriaga, departamento de MORDAZA, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidora del Concejo Distrital de Llama, provincia de Mariscal Luzuriaga, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referendum del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA Roxsana MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 70260662, para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de Llama, provincia de Mariscal Luzuriaga, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1010443-4

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica
RESOLUCION Nº 978 -2013-JNE Expediente Nº J-2013-0908 MORDAZA - CHURCAMPA - HUANCAVELICA MORDAZA, veintinueve de octubre de dos mil trece. VISTO el Oficio Nº 200-2013/MDA-A, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, por medio del cual remite informacion sobre la suspension de Juancito MORDAZA Soller en el cargo de regidor de dicha comuna edil. ANTECEDENTES Con fecha 19 de MORDAZA del 2013, mediante el Oficio Nº 139-2013-MDA/A, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, remite el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 017-2013-CM/MDA, que aprueba la suspension de Juancito MORDAZA Soller en el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 25, numeral 3, de la Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM) (fojas 1 a 3). Es por ello que por medio del Oficio Nº 3498-2013SG/JNE, de fecha 6 de agosto de 2013, la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones requirio al juez del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de Ica que informe sobre la situacion juridica de la autoridad cuestionada (fojas 5). En razon de dicha solicitud, a traves del Oficio Nº 1024-2013-PJIPI-Exp.765-2013-O, el Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Ica remitio la Resolucion Nº 022013, de fecha 8 de MORDAZA de 2013, que declaro fundado el requerimiento de prision preventiva por nueve meses en contra de Juancito MORDAZA Soller (fojas 6 a 33). En relacion al procedimiento de suspension en contra de Juancito MORDAZA Soller ante la Municipalidad Distrital de MORDAZA, por medio del Oficio Nº 200-2013/MDA-A, remitido por correo electronico, la Municipalidad Distrital de MORDAZA remite el Informe Nº 083-2013-MDA/SG mediante el cual se informa que el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0172013-CM/MDA quedo consentido y que no se presento medio impugnatorio alguno contra este (fojas 39 a 46). CONSIDERANDOS: 1. Conforme a lo dispuesto en el articulo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de MORDAZA o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detencion. Asimismo, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones considera que basta que el mandato de detencion MORDAZA sido emitido y se encuentre vigente para que concurra la causal de suspension del ejercicio del cargo, como ya ha sido expuesto en las Resoluciones Nº 920-2012-JNE, Nº 1077-2012-JNE, Nº 931-2012-JNE, Nº 932-2012-JNE, Nº 928-2012-JNE, Nº 1129-2012-JNE, entre otras, en las que el MORDAZA Nacional de Elecciones ha valorado que el mandato de detencion sea actual y que MORDAZA sido ordenado de manera oportuna por el organo jurisdiccional competente. 2. En relacion al procedimiento de suspension incoado contra la autoridad cuestionada, debe senalarse que por medio del Informe Nº 083-2013-MDA/SG, emitido por la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, se informa que el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 017-2013-CM/MDA, en el que se acuerda suspender a Juancito MORDAZA Soller, ha quedado consentido. 3. Respecto de la situacion juridica del regidor Juancito MORDAZA Soller, se aprecia de autos que se encuentra bajo la medida de prision preventiva, situacion juridica que ha sido dispuesta por el Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Ica, en el MORDAZA penal incoado contra dicho ciudadano por el delito de trafico ilicito de drogas en agravio del Estado.

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