Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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el Convenio de Transferencia para el mejoramiento, ampliacion y reforzamiento de proyectos de electrificacion rural, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y la EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A. Articulo 5°.- La empresa que recibe la Transferencia de Recursos informara a la Unidad Ejecutora Nº 005 Direccion General de Electrificacion Rural, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de dichos recursos con relacion a su cronograma de ejecucion y en las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas ANEXO 01 EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A.
Nº 1 PROYECTOS SISTEMA ELECTRICO RURAL POMATA SISTEMA ELECTRICO RURAL ILAVE SISTEMA ELECTRICO RURAL MORDAZA SISTEMA ELECTRICO RURAL JULIACA SISTEMA ELECTRICO RURAL HUANCANE SISTEMA ELECTRICO RURAL AZANGARO SISTEMA ELECTRICO RURAL ANTAUTA SISTEMA ELECTRICO RURAL AYAVIRI SISTEMA ELECTRICO RURAL SAN GABAN SISTEMA ELECTRICO RURAL MORDAZA MONTO (S/.)

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

8 864 427,81

proyecto de electrificacion rural que se detalla en el Anexo 01, sustentado con su respectivo informe tecnico; Que, mediante Memorandum Nº 0746-2013/MEM/ DGER-JEST, la Direccion General de Electrificacion Rural, del Pliego Institucional, ha dado conformidad al informe tecnico y a la solicitud de Transferencia de Recursos, a favor de EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., por el monto de S/. 22 499 999.50, para la ejecucion de un (1) proyecto de electrificacion rural detallado en el Anexo 01, transferencias que se realizaran con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el Ministerio de Energia y Minas ha suscrito un Convenio Especifico con la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica, de acuerdo a lo establecido en la Decimo Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2013, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 ­ Directiva para la Ejecucion Presupuestaria, modificada por Resolucion Directoral Nº 022-2011-EF/50.01; Con la visacion del Viceministro de Energia, la Secretaria General, el Director General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Oficina de Administracion y del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

1013281-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 498-2013-MEM/DM MORDAZA, 12 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal e) de la Decimo Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribucion electricas estatales, destinadas exclusivamente a financiar inversiones adicionales para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica de las empresas distribuidoras de electricidad, que abastecen el servicio electrico rural; Que, la referida disposicion establece que la transferencia de los recursos se financiaran con cargo al presupuesto institucional correspondiente al ano fiscal 2013 del pliego Ministerio de Energia y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, las que se autorizaran mediante resolucion del titular del pliego, previa suscripcion de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, en aplicacion del Articulo 53º del Reglamento de la Ley Nº 28749 ­ Ley General de Electrificacion Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva Nº 0022013-MEM/DGER, se autoriza realizar transferencias para inversiones adicionales que MORDAZA requeridas, para subsanar deficiencias en la construccion de acuerdo a las normas tecnicas de electrificacion rural y/o para ampliar la cobertura del servicio electrico rural, que seran financiados por la Direccion General de Electrificacion Rural ­ DGER, con los recursos para electrificacion rural; Que, mediante documento G-1227-2013, de fecha 08 de noviembre de 2013, la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., ha solicitado a la Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 Ministerio de Energia y Minas recursos economicos, para la ejecucion de un (1) Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia de Recursos por la suma total de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 499 999,50), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a la Unidad Ejecutora N° 005 Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2013; a favor de la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., para la ejecucion de un (1) proyecto de electrificacion rural, segun Anexo 01. Articulo 2º.- Las transferencias MORDAZA citadas se efectuaran segun el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS Articulo 3º.- Los recursos, materia de la Transferencia autorizada, seran destinados exclusivamente para el fin indicado en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Los terminos y obligaciones de la Transferencia de los Recursos seran los previstos en el Convenio de Transferencia para el mejoramiento, ampliacion y reforzamiento de proyectos de electrificacion rural, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A. Articulo 5°.- La empresa que recibe la Transferencia de Recursos informara a la Unidad Ejecutora Nº 005 - Direccion General de Electrificacion Rural, el avance fisico y financiero de la ejecucion de dichos recursos con relacion a su cronograma de ejecucion y en las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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