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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (13/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Miércoles 13 de noviembre de 2013 506884 el Convenio de Transferencia para el mejoramiento, ampliación y reforzamiento de proyectos de electrifi cación rural, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y la EMPRESA ELECTRO PUNO S.A.A. Artículo 5°.- La empresa que recibe la Transferencia de Recursos informará a la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrifi cación Rural, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos con relación a su cronograma de ejecución y en las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas ANEXO 01 EMPRESA ELECTRO PUNO S.A.A. Nº PROYECTOS MONTO (S/.) 1 SISTEMA ELECTRICO RURAL POMATA SISTEMA ELECTRICO RURAL ILAVE SISTEMA ELECTRICO RURAL PUNO SISTEMA ELECTRICO RURAL JULIACA SISTEMA ELECTRICO RURAL HUANCANÉ SISTEMA ELECTRICO RURAL AZÁNGARO SISTEMA ELECTRICO RURAL ANTAUTA SISTEMA ELECTRICO RURAL AYAVIRI SISTEMA ELECTRICO RURAL SAN GABAN SISTEMA ELECTRICO RURAL SANDIA 8 864 427,81 1013281-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 498-2013-MEM/DM Lima, 12 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal e) de la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctricas estatales, destinadas exclusivamente a fi nanciar inversiones adicionales para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura eléctrica de las empresas distribuidoras de electricidad, que abastecen el servicio eléctrico rural; Que, la referida disposición establece que la transferencia de los recursos se fi nanciarán con cargo al presupuesto institucional correspondiente al año fi scal 2013 del pliego Ministerio de Energía y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, las que se autorizarán mediante resolución del titular del pliego, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, en aplicación del Artículo 53º del Reglamento de la Ley Nº 28749 – Ley General de Electrifi cación Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva Nº 002- 2013-MEM/DGER, se autoriza realizar transferencias para inversiones adicionales que sean requeridas, para subsanar defi ciencias en la construcción de acuerdo a las normas técnicas de electrifi cación rural y/o para ampliar la cobertura del servicio eléctrico rural, que serán fi nanciados por la Dirección General de Electrifi cación Rural – DGER, con los recursos para electrifi cación rural; Que, mediante documento G-1227-2013, de fecha 08 de noviembre de 2013, la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., ha solicitado a la Dirección General de Electrifi cación Rural del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas recursos económicos, para la ejecución de un (1) proyecto de electrifi cación rural que se detalla en el Anexo 01, sustentado con su respectivo informe técnico; Que, mediante Memorándum Nº 0746-2013/MEM/ DGER-JEST, la Dirección General de Electrifi cación Rural, del Pliego Institucional, ha dado conformidad al informe técnico y a la solicitud de Transferencia de Recursos, a favor de EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., por el monto de S/. 22 499 999.50, para la ejecución de un (1) proyecto de electrifi cación rural detallado en el Anexo 01, transferencias que se realizarán con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito un Convenio Específi co con la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura eléctrica, de acuerdo a lo establecido en la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año 2013, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 – Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modifi cada por Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01; Con la visación del Viceministro de Energía, la Secretaría General, el Director General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Ofi cina de Administración y del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Recursos por la suma total de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 50/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 499 999,50), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a la Unidad Ejecutora N° 005 Dirección General de Electrifi cación Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2013; a favor de la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A., para la ejecución de un (1) proyecto de electrifi cación rural, según Anexo 01. Artículo 2º.- Las transferencias antes citadas se efectuarán según el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS Artículo 3º.- Los recursos, materia de la Transferencia autorizada, serán destinados exclusivamente para el fi n indicado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Los términos y obligaciones de la Transferencia de los Recursos serán los previstos en el Convenio de Transferencia para el mejoramiento, ampliación y reforzamiento de proyectos de electrifi cación rural, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y la EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A. Artículo 5°.- La empresa que recibe la Transferencia de Recursos informará a la Unidad Ejecutora Nº 005 - Dirección General de Electrifi cación Rural, el avance físico y fi nanciero de la ejecución de dichos recursos con relación a su cronograma de ejecución y en las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas