Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)
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TEXTO DE LA PÁGINA 29
El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013
506883
Descripcion
N° CUODE 138 850 930 139 930
Subpartida Nacional 9405 40 19 00 - - - Los demas EQUIPO FIJO DE TRANSPORTE
7316 00 00 00 Anclas, rezones y sus partes, de fundicion, hierro o acero.
ANEXO II
I. SERVICIOS 1 Servicio de seguros 2 Servicio de obtencion de permisos y licencias 3 Servicio de gestion del estudio de impacto ambiental 4 Servicio de gestion de servidumbre 5 Servicio de monitoreo arqueologico 6 Servicio de asesoria legal 7 Servicio de administracion 8 Servicio de supervision 9 Servicio de gerenciamiento 10 Servicio de asesoria relacionada con el financiamiento del proyecto 11 Servicio logistico vinculado a importaciones 12 Servicio de alquiler de vehiculos y camionetas rurales 13 Servicio de asesoria tecnica 14 Servicio de cesion en uso de instalaciones electricas de terceros 15 Servicio de constitucion de derechos de superficie y compensaciones por servidumbres II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION VINCULADAS A: 1 Contratos de ingenieria, obras civiles, obras de montaje y puesta en servicio necesarios para la ejecucion de la Linea de Transmision.
1012830-1
Autorizan transferencias de recursos a favor de Electro MORDAZA S.A.A. y Electro Oriente S.A. para la mejora de instalaciones y ejecucion de proyectos de electrificacion rural
RESOLUCION MINISTERIAL N° 497-2013-MEM/DM MORDAZA, 12 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal e) de la Decimo Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribucion electricas estatales, destinadas exclusivamente a financiar inversiones adicionales para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica de las empresas distribuidoras de electricidad, que abastecen el servicio electrico rural; Que, la referida disposicion establece que las transferencias de los recursos se financiaran con cargo al presupuesto institucional correspondiente al ano fiscal 2013 del pliego Ministerio de Energia y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, las que se autorizaran mediante resolucion del titular del pliego, previa suscripcion de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;
Que, en aplicacion del Articulo 53º del Reglamento de la Ley Nº 28749 Ley General de Electrificacion Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva Nº 0022013-MEM/DGER, se autoriza a realizar transferencias para las inversiones adicionales que MORDAZA requeridas, para subsanar deficiencias en la construccion de acuerdo a las normas tecnicas de electrificacion rural y/o para ampliar la cobertura del servicio electrico rural, que seran financiados por la Direccion General de Electrificacion Rural DGER, con los recursos para la electrificacion rural; Que, mediante Oficio Nº 792-2013-ELPU/GG, de fecha 06 de noviembre de 2013, la EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., ha solicitado a la Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 Ministerio de Energia y Minas recursos economicos, para la mejora en las instalaciones de diez (10) proyectos de electrificacion rural, que se detallan en el Anexo 01, sustentado con su respectivo informe tecnico; Que, mediante Memorandum Nº 0747-2013/MEM/ DGER-JEST, la Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego Institucional ha dado conformidad al informe tecnico y a la solicitud de Transferencia de Recursos, a favor de EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., por el monto de S/. 8 864 427.81, para la mejora en las instalaciones de diez (10) proyectos de electrificacion rural, detallados en el Anexo 01, transferencias que se realizaran con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, el Ministerio de Energia y Minas ha suscrito un Convenio Especifico con la EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica, de acuerdo a lo establecido en la Decimo Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2013, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 Directiva para la Ejecucion Presupuestaria, modificada por Resolucion Directoral Nº 022-2011-EF/50.01; Con la visacion del Viceministro de Energia, la Secretaria General, el Director General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Oficina de Administracion y del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia de Recursos por la suma total de OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE Y 81/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 864 427,81), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas, para el Ano Fiscal 2013, a favor de la EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., para la mejora en las instalaciones de diez (10) proyectos de electrificacion rural, segun Anexo 01. Articulo 2º.- Las transferencias MORDAZA citadas se efectuaran segun el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS Articulo 3º.- Los recursos, materia de la Transferencia autorizada, seran destinados exclusivamente para el fin indicado en el Articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Los terminos y obligaciones de la Transferencia de los Recursos seran los previstos en