Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

506883
Descripcion

N° CUODE 138 850 930 139 930

Subpartida Nacional 9405 40 19 00 - - - Los demas EQUIPO FIJO DE TRANSPORTE

7316 00 00 00 Anclas, rezones y sus partes, de fundicion, hierro o acero.

ANEXO II
I. SERVICIOS 1 Servicio de seguros 2 Servicio de obtencion de permisos y licencias 3 Servicio de gestion del estudio de impacto ambiental 4 Servicio de gestion de servidumbre 5 Servicio de monitoreo arqueologico 6 Servicio de asesoria legal 7 Servicio de administracion 8 Servicio de supervision 9 Servicio de gerenciamiento 10 Servicio de asesoria relacionada con el financiamiento del proyecto 11 Servicio logistico vinculado a importaciones 12 Servicio de alquiler de vehiculos y camionetas rurales 13 Servicio de asesoria tecnica 14 Servicio de cesion en uso de instalaciones electricas de terceros 15 Servicio de constitucion de derechos de superficie y compensaciones por servidumbres II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION VINCULADAS A: 1 Contratos de ingenieria, obras civiles, obras de montaje y puesta en servicio necesarios para la ejecucion de la Linea de Transmision.

1012830-1

Autorizan transferencias de recursos a favor de Electro MORDAZA S.A.A. y Electro Oriente S.A. para la mejora de instalaciones y ejecucion de proyectos de electrificacion rural
RESOLUCION MINISTERIAL N° 497-2013-MEM/DM MORDAZA, 12 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal e) de la Decimo Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribucion electricas estatales, destinadas exclusivamente a financiar inversiones adicionales para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica de las empresas distribuidoras de electricidad, que abastecen el servicio electrico rural; Que, la referida disposicion establece que las transferencias de los recursos se financiaran con cargo al presupuesto institucional correspondiente al ano fiscal 2013 del pliego Ministerio de Energia y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, las que se autorizaran mediante resolucion del titular del pliego, previa suscripcion de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, en aplicacion del Articulo 53º del Reglamento de la Ley Nº 28749 ­ Ley General de Electrificacion Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva Nº 0022013-MEM/DGER, se autoriza a realizar transferencias para las inversiones adicionales que MORDAZA requeridas, para subsanar deficiencias en la construccion de acuerdo a las normas tecnicas de electrificacion rural y/o para ampliar la cobertura del servicio electrico rural, que seran financiados por la Direccion General de Electrificacion Rural ­ DGER, con los recursos para la electrificacion rural; Que, mediante Oficio Nº 792-2013-ELPU/GG, de fecha 06 de noviembre de 2013, la EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., ha solicitado a la Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 Ministerio de Energia y Minas recursos economicos, para la mejora en las instalaciones de diez (10) proyectos de electrificacion rural, que se detallan en el Anexo 01, sustentado con su respectivo informe tecnico; Que, mediante Memorandum Nº 0747-2013/MEM/ DGER-JEST, la Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego Institucional ha dado conformidad al informe tecnico y a la solicitud de Transferencia de Recursos, a favor de EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., por el monto de S/. 8 864 427.81, para la mejora en las instalaciones de diez (10) proyectos de electrificacion rural, detallados en el Anexo 01, transferencias que se realizaran con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; Que, el Ministerio de Energia y Minas ha suscrito un Convenio Especifico con la EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica, de acuerdo a lo establecido en la Decimo Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2013, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 ­ Directiva para la Ejecucion Presupuestaria, modificada por Resolucion Directoral Nº 022-2011-EF/50.01; Con la visacion del Viceministro de Energia, la Secretaria General, el Director General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Oficina de Administracion y del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia de Recursos por la suma total de OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE Y 81/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 864 427,81), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas, para el Ano Fiscal 2013, a favor de la EMPRESA ELECTRO MORDAZA S.A.A., para la mejora en las instalaciones de diez (10) proyectos de electrificacion rural, segun Anexo 01. Articulo 2º.- Las transferencias MORDAZA citadas se efectuaran segun el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS Articulo 3º.- Los recursos, materia de la Transferencia autorizada, seran destinados exclusivamente para el fin indicado en el Articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, no pudiendo ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Los terminos y obligaciones de la Transferencia de los Recursos seran los previstos en

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