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El Peruano Sábado 30 de noviembre de 2013 508056 Que, en atención a lo expuesto la Gerencia de Asesoría Jurídica ha expresado su conformidad legal respecto a la donación, indicando que la misma debe ser aprobada por el Concejo Municipal conforme a ley, y recomendando a su vez la publicación del Acuerdo que se emita en virtud de lo regulado en el artículo 69° de la Ley N° 28411 antes citado, toda vez que el monto donado supera las 5 UIT’s; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales previamente glosadas, contando con el pronunciamiento favorables de las gerencias citadas en los considerandos, cuyos informes se detallan en el Dictamen Conjunto de vistos, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – el Concejo Municipal por mayoría; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aceptar la donación de S/.30.000.00 (treinta mil y 00/100 nuevos soles) que otorga la empresa Química Suiza S.A., en favor de la Municipalidad de La Victoria para que sea destinada a la ejecución de la obra “Museo a Cielo Abierto” que se realiza en la Plaza Manco Capac. Asimismo, se recomienda facultar al señor Alcalde para suscribir toda documentación e instrumentos legales que resulten necesarios para el cumplimiento y formalización de la donación que se recibe. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a las gerencias de Finanzas, de Planeamiento y Presupuesto y de Administración, efectuar el registro correspondiente de la donación dineraria que se recibe, así como ejecutar las acciones que resulten pertinentes de acuerdo a sus competencias y atribuciones para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo de conformidad con lo establecido en el artículo 69º de la Ley Nº 28411 –Ley del Sistema Nacional de Presupuesto–. Artículo Cuarto.- Agradecer a la empresa Química Suiza S.A. por la donación que efectúa en favor de la Municipalidad y por contribuir con la difusión de la cultura en el distrito de La Victoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 1020739-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA N° 357-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de Noviembre de 2013, Dictamen N° 028-2013-CPPCT/MDR de fecha 04 de noviembre de 2013 de la Comisión de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, Informe N° 699-2013-GAJ-MDR de fecha 04 de noviembre de 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum N° 354-2013-GPP/MDR de fecha 31 de octubre de 2013 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Informe N° 027-2013.SGPRE-GPP-MDR de la Subgerencia de Presupuesto, Racionalización y Estadística, Informe N° 115-2013-SGDC-GDEL-MDR de fecha 29 de octubre de 2013 de la Subgerencia de Defensa Civil, sobre el Proyecto de Ordenanza, que aprueba la modifi cación parcial del artículo 74° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital del Rímac. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 26° establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, efi ciencia participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley N° 27444; Que, este mismo cuerpo normativo señala en su artículo 9° que son atribuciones del Concejo Municipal, en su numeral 3), señala aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local”; precepto normativo que guarda relación directa con el Artículo 40° de la misma ley, estableciendo que a través de las Ordenanzas Municipales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna de la municipalidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006-PCM se aprueban los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las Entidades de la Administración Pública” el mismo que defi ne al Reglamento de Organización y Funciones como un documento de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la entidad y las funciones especifi cas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, mediante Informe N° 115-2013-SGDC-GDEL- MDR de fecha 29 de octubre de 2013 de la Subgerencia de Defensa Civil, presenta la documentación técnica y sustentatoria para la modifi cación de la denominación de la unidad orgánica a su cargo, en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD; Que, mediante Informe N° 699-2013-GAJ/MDR, de fecha 04 de noviembre de 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para el proceso de aprobación de la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital del Rímac; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) de los artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto unánime del Pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 72° Y 74° DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del artículo 72° en la estructura orgánica del Reglamento de Organización y Funciones de la siguiente manera: ÓRGANOS DE LÍNEA: Gerencia de Desarrollo Económico Local. 6.3.1. Sub Gerencia de Comercialización y Mercados. 6.3.2 Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil. Artículo Segundo.- APROBAR la modifi cación del artículo 74° de las funciones en el Reglamento de Organización y Funciones y Organigrama anexo, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “06.3.2 SUBGERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Y DEFENSA CIVIL artículo 74°: Es un órgano de línea de Tercer Nivel, encargado de planifi car, dirigir y ejecutar las actividades y acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Del Riesgo de Desastre (SINAGERD) y del Consejo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (CONAGERD). Está a cargo de un funcionario de confi anza con categoría de Sub Gerente, designado por el Alcalde. Su función lo realiza a tiempo completo y dedicación exclusiva, depende jerárquicamente de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y funcionalmente del Consejo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastre. Son funciones de la Sub Gerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, las siguientes: