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El Peruano Sábado 30 de noviembre de 2013 508061 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA Vistos, el Informe N°184-2013/MSB/GR/URT de la Unidad de Recaudación Tributaria de fecha 25 de noviembre de 2013, el Informe Nº 92-2013-MSB-GR de la Gerencia de Rentas de fecha 26 de noviembre de 2013, el Informe Nº 633-2013-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 28 de noviembre de 2013, el Memorando Nº 1530-2013- MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 29 de noviembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza N°490-MSB publicada el 29 de diciembre de 2012 se aprobó la Estructura de Costos y el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Distrito de San Borja para el ejercicio 2013; Que, el artículo 6° de la ordenanza citada establece que el vencimiento de la obligación tributaria de la cuarta cuota, es el último día hábil del mes de noviembre de 2013; Que, asimismo, la Primera Disposición Final de dicha ordenanza faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación, así como su prórroga; Que, la Unidad de Recaudación Tributaria mediante documento del visto informa que es necesario prorrogar hasta el 28 de diciembre de 2013 el plazo de vencimiento de la cuarta cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales a fi n de facilitar a los contribuyentes el pago de los tributos municipales; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº633-2013-MSB-GAJ estima viable la prórroga propuesta por la Unidad de Recaudación Tributaria; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto bueno de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 28 de diciembre del 2013, el plazo de vencimiento de la cuarta cuota del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales establecido en la Ordenanza Nº490-MSB que aprobó la Estructura de Costos y el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Distrito de San Borja para el ejercicio 2013. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Tecnologías de la Información, Gerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administración y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1021568-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva en diversos sectores del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023-2013/MDSMP San Martín de Porres, 26 de noviembre del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 063-2013-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre prórroga de plazo para la presentación de la Declaración Jurada Masiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 348-MDSMP (27. AGOSTO.2013), publicada en el diario ofi cial El Peruano el 31.AGOSTO.2013 se establece en nuestra jurisdicción la obligación de todo propietario y poseedor de predios (cuya propiedad no ha podido ser determinada) de presentar la Declaración Jurada Masiva del Impuesto Predial; estableciéndose el cronograma de su presentación en los 05 sectores determinados para la implementación de esta norma municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 022- 2013/MDSMP (29.OCT.2013) se prorrogó hasta el 30.NOVIEMBRE.2013 el plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva en los sectores Nº 01 San Diego, Nº 02 Naranjal y Mesa Redonda y Nº 03 – Zona Consolidada I (Urbanización Perú, Condevilla Señor, Ingeniería, Los Jardines, Palao, Fiori, Infantas y Santa Luisa), debido a la demanda espontánea por parte de sus pobladores; estando por vencer el plazo en esta misma fecha con respecto al Sector Nº 04 - Zona Consolidada II (Límite Callao, Tomás Valle, Los Alisos y Canta, límite con Los Olivos); Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Administración Tributaria señala la necesidad de prorrogar los plazos establecidos por la Ordenanza Nº 348-MDSMP para la presentación de las declaraciones juradas en los sectores referidos en el considerando precedente; Que, la Tercera Disposición Final de dicha Ordenanza faculta al Señor Alcalde a prorrogar las fechas señaladas en su artículo Quinto, a través de la respectiva norma municipal existiendo al respecto opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria (Informe Nº 063- 2013-GAT/MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1652-2013-GAJ/MDSMP; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 348-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR HASTA EL 31.DICIEMBRE.2013 el plazo de presentación de la Declaración Jurada Masiva en los sectores Nº 01.- San Diego, Nº 02.- Naranjal y Mesa Redonda, Nº 03 - Zona Consolidada I (Urbanización Perú, Condevilla Señor, Ingeniería, Jardines, Palao, Fiori, Infantas y Santa Luisa) y Nº 04 - Zona Consolidada II (Límite Callao, Tomás Valle, Los Alisos y Canta, límite con Los Olivos); por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente norma municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto de alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Participación Ciudadana, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus unidades