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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (30/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Sábado 30 de noviembre de 2013 508066 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Informe Nº 71-2013-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe Nº 890-2013- GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone la Convocatoria a Elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 401-MSS que regula el procedimiento de Constitución, Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales; establece que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía convoca a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales, con una anticipación no menor de 60 días calendarios y antes del 31 de diciembre de cada año; Que, mediante Informe Nº 071-2013-GPV-MSS del 15.11.2013, la Gerencia de Participación Vecinal, remite el proyecto de Decreto de Alcaldía para la convocatoria a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Santiago de Surco, en cumplimiento del Artículo 9º de la Ordenanza Nº 401- MSS; Que, con Informe Nº 890-2013-GAJ-MSS del 19.11.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la emisión del Decreto de Alcaldía que disponga la convocatoria a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales para el período 2014, teniendo en cuenta que los candidatos deberán adecuarse a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 401-MSS; Que, asimismo, señala que el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, refi ere en su Artículo 14º numeral 3, 3.2 sobre difusión de los proyectos de normas legales de carácter general, que se exceptúa su aplicación cuando: “la entidad por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de norma, considere que la prepublicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interés público”. En tal sentido, el cronograma electoral propuesto, es complemento de lo detallado en el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 401-MSS, publicada el 16.10.2011; Estando al Informe Nº 890-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 20º numeral 6) y 39º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Santiago de Surco, para el día 22 de Marzo de 2014, desde las 09:00 hasta la 13:00 horas, para lo cual se deberá de cumplir con el siguiente cronograma electoral: CRONOGRAMA ELECTORAL Inscripción de Listas de Candidatos Presentación de petitorio en trámite 03 al 17 Febrero de 2014 Publicación del Listado Provisional de Candidatos 21 al 26 de Febrero de 2014 Formulación de Tachas 27 de Febrero al 03 de marzo de 2014 Resolución de Tachas 04 al 10 de marzo de 2014 Publicación defi nitiva de Lista de Candidatos 11 al 21 de Marzo de 2014 Acto Electoral 22 de Marzo de 2014 de 09:00 – 13:00 hrs. Publicación de Resultados 24 de Marzo de 2014 Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a la Subgerencia de Gestión Documental, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comité Electoral, respectivamente. Artículo Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General efectúe la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo deberá publicarse en el Portal Web de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Cuarto.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente norma en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP-Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1021513-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 306-MDS que aprobó beneficio de amnistía tributaria y no tributaria en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2013-MDS Surquillo, 27 de noviembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Memorándum Nº 530-2013-GM-MDS de fecha 27 de noviembre de 2013, a través del cual el Gerente Municipal, remite el Informe Nº 050-2013-GR- MDS de fecha 27 de noviembre de 2013, emitido por la Gerencia de Rentas, Informe Nº 1302-2013-SGAT-GR- MDS, de fecha 26 de noviembre de 2013, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, así como el Informe Nº 314-2013-SGEC-GR-MDS de fecha 26 de noviembre de 2013, mediante los cuales se propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 306-MDS, que aprobó la Amnistía Tributaria y No Tributaria denominada “NAVIDAD 2013”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 306-MDS, se aprobó la Amnistía Tributaria y No Tributaria denominada “NAVIDAD 2013”; y, Que, mediante los Informes Nº1302-2013-SGAT- GR-MDS y Nº 314-2013-SGEC-GR-MDS ambas de