Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2013 (30/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria de derecho publico y establece de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral, mediante la Ordenanza Municipal Nº 015-2013-MPH, establecio el MORDAZA legal de Incentivos Tributarios a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral, que comprende las deudas pendientes o las que se generen en las Vias Ordinaria y Coactiva, por Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala e Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de octubre del 2013. Que, en ese orden de ideas y con el fin de que se estimule a aquellos contribuyentes que aun no han efectuado sus pagos por concepto de Deudas por Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala e Impuesto a los Espectaculos Publicos No Deportivos y teniendo en consideracion que la Ordenanza Municipal Nº 015-2013MPH establecio en el Articulo MORDAZA, Condonacion de la Tasa de Intereses Moratorios, factor de reajuste de acuerdo a los siguientes criterios: a) Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala e Impuesto a los Espectaculos Publicos NO Deportivos. 1.- Condonacion del 100% de Intereses Moratorios y factor de reajuste. 2.- Condonacion del 100% de Gastos y Costas Procesales. El cual tuvo vigencia de treinta (30) dias habiles, a partir del dia siguiente de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo establece el Articulo MORDAZA de la referida Ordenanza. Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, solicita prorrogar mediante Decreto de Alcaldia, los plazos establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 015-2013-MPH hasta el 31 de diciembre del presente ano, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Que, mediante Informe Nº 01270-2013-MPH-GAJ de fecha 25 de noviembre del 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, es de opinion que en merito a las atribuciones del MORDAZA, previstas en el Articulo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y mediante Decreto de Alcaldia, se Establezcan las Normas Reglamentarias y/o complementarias, para la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 015-2013-MPH, en el cual se contemple una Prorroga o Ampliacion de los plazos establecidos inicialmente en la referida ordenanza; precisando asimismo, que dicha disposicion seria de beneficio e interes general para la poblacion de la provincia de Huaral. Estando a lo expuesto, a la Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 009-2013-MPH y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Unico.- PRORROGAR el plazo establecido en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 0152013-MPH, hasta el 31 de diciembre del 2013, posterior a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1020649-1

El Peruano Sabado 30 de noviembre de 2013

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 007-2007-MPH de fecha 31 de MORDAZA del 2007, que Reglamenta los Procesos de Participacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 98º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el Consejo de Coordinacion Local Provincial es un organo de Coordinacion y Concertacion de las Municipalidades Provinciales y esta integrado por el MORDAZA Provincial quien lo Preside, los Regidores Provinciales y los Alcaldes Distritales de la Jurisdiccion Provincial y por los Representantes de las Organizaciones Sociales de Base, Comunidades Campesinas Nativas, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Profesionales, Universidades, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organizacion de nivel provincial, con las funciones y atribuciones que le senala la Ley. Que, la Ordenanza de Visto Reglamenta los Procesos de Participacion de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Provincial y en su Articulo 16º estipula que "La Convocatoria a Eleccion de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Provincial es hecha por el MORDAZA, bajo responsabilidad, mediante Decreto de Alcaldia, el mismo que establecera el lugar, Fecha y Hora en el que se procedera al Acto Electoral". Que, los miembros de la Sociedad Civil al CCL elegidos durante el ano 2011, terminan su mandato durante este ano 2013, siendo necesario la realizacion de un MORDAZA MORDAZA de Convocatoria para la Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local de la Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Tecnico Nº 004-2013-MPH/ GPC de fecha 26 de noviembre del 2013, la Gerencia de Participacion Ciudadana sustenta la Convocatoria a Elecciones para elegir los miembros de la Sociedad Civil que formaran parte del Consejo de Coordinacion Local (CCL) de la Provincia de Huaral, tal como lo estipula la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 en su Articulo 98º, dicha convocatoria se reglamenta en lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 007-2007-MPH, de fecha 31 de MORDAZA del 2007. Estando a lo expuesto, en el Informe Tecnico Nº 0042013-MPH/GPC, el articulo 16º de la Ordenanza Municipal Nº 007-2007-MPH y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR a MORDAZA de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local de la Provincia de Huaral, de acuerdo al Cronograma que forma parte como Anexo al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ESTABLECER que el Acto Electoral se llevara a cabo el dia Viernes 27 de Diciembre del 2013, a Horas 9:00 a.m. hasta las 13:00 p.m., contando con la presencia del Representante de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participacion Ciudadana, Sub Gerencia de Imagen Institucional. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Sistemas, la publicacion del integro del presente Decreto y su Anexo en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral. gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1020648-1

Convocan a MORDAZA de Elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local de la provincia de Huaral
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2013-MPH Huaral, 26 de noviembre del 2013.

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