Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2013 (30/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Sabado 30 de noviembre de 2013

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la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, comunicar a la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas, los expedientes sobre Anteproyecto en Consulta y Licencias de Edificacion en las modalidades B, C y D, para que emita opinion sobre la factibilidad de otorgar la autorizacion y control de obras a realizarse; Que, mediante Informe Nº 888-2013-GAJ-MSS del 19.12.2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que es procedente la emision del Decreto de Alcaldia, que disponga que la Gerencia de Obras Publicas y Proyectos a traves de la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas, emita opinion respecto a las obras que ejecute la empresa de Servicio de Agua y Desague de Lima- SEDAPAL y los inversionistas, para los Sectores 59º, 296º y 297º, conforme a los certificados de factibilidad de servicios emitidos para aprobacion de Licencias de Edificacion en las modalidades B, C y D, reguladas por la Ley de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones ­Ley 29090; Estando al Informe Nº 888-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, al Informe Nº 314-2013GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER que la Gerencia de Obras Publicas y Proyectos, a traves de la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas emita opinion respecto a las obras que ejecute la empresa de Servicio de Agua Potable de Lima- SEDAPAL, y los inversionistas, en los Sectores 59º, 296º y 297º, para prestar el servicio de agua conforme a los certificados de factibilidad de servicios emitidos para aprobacion de Licencias de Edificacion en las modalidades B, C y D, reguladas en la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Articulo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, haga de conocimiento de la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas, los Certificados de Factibilidad de Servicios emitidos por SEDAPAL, y emita opinion respecto a la factibilidad de las obras que ejecute en las vias publicas. Articulo Tercero.- COMUNICAR el presente Decreto de Alcaldia a la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado ­ SEDAPAL, para los fines del caso. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA del Estado Peruano, en el MORDAZA Institucional www.munisurco.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Articulo Quinto.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Obras Publicas y Proyectos, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a la Subgerencia de Fiscalizacion, a la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas, Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, efectuen las acciones correspondientes a su competencia. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1021512-1

de las comunicaciones hechas por SEDAPAL, se advierte que para la ampliacion y mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado para los Sectores 59º, 296º y 297º del distrito de MORDAZA de MORDAZA, dicha empresa tendra que realizar obras para el tendido de tuberias, con la afectacion de las vias publicas y tranquilidad del vecindario; por lo que, resulta de necesidad que la Gerencia correspondiente, evalue la factibilidad de las obras a ejecutarse, referidas en los Certificados de Factibilidad de Servicios que emite SEDAPAL; Que, con Decreto de Alcaldia Nº 21-2011-MSS, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 22.09.2011, se dispuso consignar de manera informativa en los Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios que emita la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, la facultad de esta Comuna de evaluar las condiciones tecnicas de los proyectos de nuevas edificaciones multifamiliares, comerciales e industriales que aseguren el abastecimiento de agua de los predios ubicados en los Sectores 59º, 296º y 297º, ante el desabastecimiento de agua comunicado por SEDAPAL; Que, la Gerencia de Obras Publicas y Proyectos, a traves del Memorando Nº 359-2013-GOPP-MSS del 31.10.2013 indica que la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas, con Informe Nº 149-2013SGEIOP-GOPP-MSS del 28.10.2013 ha concluido que al estar dentro de sus funciones emitir las autorizaciones y controlar las obras ejecutadas por contratistas y empresas prestadoras de servicios en la via publica; asi como, otorgar los Certificados de Conformidad de las Obras Ejecutadas en la Via Publica conforme establece la Ordenanza Nº 439-MSS ­ Reglamento de Organizacion y Funciones de la MSS, da su conformidad a la presente; Que, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas con Informe Nº 1086-2013-SGLAU-GDU-MSS de fecha 06.11.2013 emite opinion favorable a fin de que via Decreto de Alcaldia la Gerencia de Obras Publicas y Proyectos a traves de la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas emita opinion respeto a las obras que ejecute SEDAPAL y los inversionistas, en los Sectores 59,296 y 297 para presentar el servicio de agua conforme a los certificados de factibilidad de servicios emitidos para aprobacion de Licencias de Edificacion en las modalidades B, C y D reguladas en la Ley Nº 29090, dado que ello, garantizara la prestacion de los servicios de agua y alcantarillado en dichos sectores; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, con Informe Nº 322-2013-GDU-MSS, del 07.11.2013, emite opinion favorable a la presente Decreto de Alcaldia; agregando que en relacion a las disposiciones sobre la publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, exceptua de la prepublicacion, cuando por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de MORDAZA, la entidad que propone la MORDAZA, considera que la prepublicacion de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden publico; supuesto legal que concurre en el presente caso, en tanto esta orientada a resguardar la seguridad de los vecinos, conforme lo sustenta la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, por lo que someter la presente ordenanza que garantice la factibilidad de la ejecucion de las obras que ejecute SEDAPAL y los inversionistas en el ambito de los Sectores 59º, 296 y 297, a una prepublicacion implicaria retardar el accionar de la Corporacion, perdiendo su caracter de inmediatez y emergencia, lo que se busca proteger con la aprobacion del presente Decreto de Alcaldia; Que, asimismo senala la Gerencia de Desarrollo MORDAZA que el Articulo 124º, de la Ordenanza Nº 439-MSS, de fecha 31.10.2012, que Aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y la Estructura Organica de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, literal j), senala que son funciones de la Subgerencia de Ejecucion Indirecta de Obras Publicas, emitir autorizaciones y controlar las obras ejecutadas por contratistas y empresas prestadoras de servicios en la via publica; literal k) otorgar los Certificados de Conformidad de las Obras ejecutadas en la via publica por contratistas; competencia por la que corresponde disponer que emita opinion respecto a las obras a ejecutarse en vias publicas por SEDAPAL o inversionistas, correspondientes a los Anteproyectos en Consulta y Licencias de Edificacion en las Modalidades B, C y D, de los Sectores 59º, 296 y 297, sectorizado por SEDAPAL, del distrito de MORDAZA de Surco; debiendo

Convocan a Elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 21-2013-MSS MORDAZA de MORDAZA, 21 de noviembre del 2013

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