Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2013 (30/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Sabado 30 de noviembre de 2013

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Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 07 de noviembre de 2013, Dictamen Nº 2-2013-CSC-MDR de la Comision de Seguridad Ciudadana, Dictamen Nº 08-2013CDU-MDR de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Informe Nº 698-GAJ-MDR de fecha 04 de noviembre de 2013 de la Gerencia de Asesoria Juridica, Informe Nº 116-2013SGDC-GDEL/MDR de fecha 05 de noviembre de 2013 de la Subgerencia de Defensa Civil, Memorandum Nº 366- 2013-GDU/MDR de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Informe Nº 10102013-SGCUOP-GDU-MDR de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Subgerencia de Control MORDAZA y Obras Privadas, Memroandum Nº 384-2013-GPV/MDR de fecha 06 de noviembre de 2013 de la Gerencia de Participacion Vecinal; CONSIDERANDO: Que, habiendose promulgado y publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 690 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el 16 de setiembre del 2004, sobre Uso de Elementos de Seguridad Resguardando el Derecho a la MORDAZA, Integridad Fisica, Libre MORDAZA y Propiedad Privada; se ha considerado necesario y prioritario evaluar la problematica actual respecto a las instalaciones de elementos de seguridad que se viene presentando en el distrito, a fin de adecuar las disposiciones complementarias de acuerdo a lo dispuesto en la primera disposicion transitoria y final de la ordenanza, en la cual se delega a las municipalidades distritales la facultad de otorgar autorizaciones a las agrupaciones vecinales reconocidas que soliciten la instalacion y uso de elementos de seguridad; Que, de conformidad con la primera Disposicion Transitoria y Final de la referida MORDAZA metropolitana, las municipalidades distritales quedan facultadas para autorizar la interferencia de vias locales para los casos de instalacion de elementos de seguridad asi como dictar las disposiciones y el MORDAZA legal a fin de adecuarlas a la ordenanza mencionada en el termino de noventa (90) dias utiles, lapso dentro del cual igualmente estableceran las tasas definitivas de sancion de acuerdo al MORDAZA de infraccion que se cometa a fin de establecer la multa correspondiente, observando obligatoriamente las pautas y los limites minimos y maximos de los rangos especificados en la tabla de equivalencias que dicha ordenanza establece; Que, asimismo con fecha 18 de octubre de 2004, se publico el Reglamento de Especificaciones Tecnicas para los Elementos de Seguridad, aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 066, en el cual se establece como objetivo de tal MORDAZA, uniformizar los criterios tecnicos para la construccion de los elementos de seguridad y la senalizacion complementaria a instalarse en las vias locales de MORDAZA Metropolitana; Que, se cree necesario dictar las normatividad en esta materia en el ambito del distrito, a fin de cumplir con uno de los objetivos principales en materia de seguridad ciudadana, como es el permanente control y supervision que la municipalidad debe ejercer en su jurisdiccion, a la vez efectuar coordinaciones conjuntas con otras instituciones, donde interactuen las autoridades locales, la Policia Nacional y las Juntas o Comites representativos del vecindario, u otro organismo del distrito vinculado a la seguridad ciudadana, con la finalidad de alcanzar niveles adecuados de seguridad para los vecinos; Estando los informe emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de Defensa Civil, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, con dispensa de la lectura y aprobacion del acta, por unanimidad aprobo la siguiente : ORDENANZA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

a) Incorporar la gestion de riesgo de desastres en sus procesos de planificacion, de ordenamiento territorial, de gestion ambiental y de inversion publica. b) Proponer, formular e implementar los instrumentos de planificacion para la prevencion y reduccion del riesgo de desastres de acuerdo a los lineamientos del SINAGERD. c) Disenar y proponer politicas locales en el ambito de su competencia, verificando su articulacion con las politicas a nivel regional, nacional e internacional, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion y desarrollo sostenible. d) Cumplir con el rol de Secretario Tecnico en materia de Gestion del Riesgo de Desastres y Defensa Civil de la Alta direccion, del Grupo de Trabajo de Gestion del Riesgo de Desastres y de la Plataforma de Defensa Civil del MORDAZA, en el ambito de la Gestion del Riesgo de Desastres y Defensa Civil. e) Realizar las Inspecciones Tecnicas de Seguridad y Expedir los Certificados de Seguridad en Defensa Civil. f) Disenar acciones de preparacion y respuesta para casos de emergencias y desastres dentro del territorio distrital. g) Identificar y desarrollar estudios de los lugares de alto y muy alto riesgo ­ determinar la vulnerabilidad en asentamientos humanos, establecimientos comerciales, viviendas, solares, areas publicas, entre otros), asi como proponer e implementar medidas de prevencion, reduccion y preparacion ante emergencia y desastres, apoyandose en todas las entidades tecnico ­ cientificas en el ambito de su competencia. h) Gestionar, canalizar y hacer seguimiento del destino y uso de las donaciones de caracter nacional e internacional a favor de la municipalidad en relacion a la atencion de las victimas de desastres y/o en condiciones de riesgo. Asi como todas aquellas destinadas a mejorar el sistema de gestion del riesgo de desastres. i) Proponer proyectos de ordenanzas, decretos, resoluciones, directivas, u otros dispositivos normativos en materia de su competencia. j) Establecer los lineamientos para la gestion de convenios de cooperacion nacional e internacional, en coordinacion con la unidad organica competente, en materia de su competencia. k) Gestionar, formular y ejecutar planes, programas y proyectos en el ambito de su competencia. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el MORDAZA de implementacion y aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto: ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion, distribucion y notificacion de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Quinto: DEJAR sin efecto todas las disposiciones normativas que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los siete dias del mes de noviembre del dos mil trece. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 1020893-1

Aprueban disposiciones para el uso e instalacion en la via publica de elementos de seguridad y vigilancia particular en el distrito
ORDENANZA Nº 358- MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL MORDAZA

Articulo 1º.- Objeto.- La presente Ordenanza tiene por objeto normar el uso e instalacion de elementos de seguridad y vigilancia particular dentro de la jurisdiccion del distrito del MORDAZA, garantizando el derecho de acceso y MORDAZA por la via publica con restricciones, contemplado en nuestra Constitucion Politica.

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