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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (04/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

El Peruano Viernes 4 de octubre de 2013 504325 Que, mediante Ley Nº 27619 se establece las normas que regulan la autorización de viajes al exterior de funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público, en concordancia con la Ley de Presupuesto y las normas de austeridad vigentes; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 109-2013-MPL de fecha 13 de setiembre de 2013 se acordó autorizar al señor Alcalde a viajar a la ciudad de Mérida, México del 21 al 23 de octubre de 2013, para que en representación de la Municipalidad de Pueblo Libre, asista a la XXI Conferencia Internacional de Comunidades Seguras; Que, mediante Informe Nº 105-2013-MPL-SG de fecha 13 de setiembre se informa a la Gerencia Municipal que en la Sesión de Concejo Nº 18, realizada en la fecha se aprobó autorizar al señor Alcalde para que, en representación de la Municipalidad de Pueblo Libre, viaje a la ciudad de Mérida - México, a participar en la XXI Conferencia Internacional de Comunidades Seguras, a llevarse a cabo del 21 al 23 de octubre de 2013; asimismo, se solicita que la Gerencia de Administración y Finanzas, de conformidad con la Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; señale los gastos que por concepto de viáticos corresponderían al señor Alcalde y, a su vez se solicite que la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto otorgue la cobertura presupuestal correspondiente; Que, mediante Memorando Nº 576-2013-MPL- GAF de fecha 18 de setiembre de 2013, la Gerencia de Administración y Finanzas solicita que la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto otorgue disponibilidad y la correspondiente afectación presupuestal; indicando: razón social viáticos para el viaje del Alcalde de la Municipalidad de Pueblo Libre a la Conferencia Internacional de Comunidades Seguras a llevarse a cabo en la ciudad de Mérida – México del 21 al 23 de octubre del 2013, afectación S/. 3655.08, girar S/.3655.08 y Pasaje ida vuelta vuelo con itinerario Lima – Mérida (México) – Lima aproximadamente afectación S/. 4291.95, girar S/. 4291.95 Total afectación S/. 7947.03, girar S/. 7947.03; Que, mediante Memorando Nº 320-2013-MPL-GPP de fecha 18 de setiembre de 2013, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, informa que se tiene disponibilidad presupuestal, como se detalla: nombre viáticos para el viaje del Alcalde de la Municipalidad de Pueblo Libre a la Conferencia Internacional de Comunidades Seguras a llevarse a cabo en la ciudad de Mérida – México del 21 al 23 de octubre del 2013; Específi ca 2.3.2.1.1.1, Concepto Pasajes y Gastos de Transporte, Meta 0005, Rubro 09, Compromiso Monto S/. 4,291.95; Específi ca 2.3.2.1.1.2, Concepto Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio, Meta 0005, Rubro 09, Compromiso Monto S/. 3,655.08; Total S/. 7,947.03; Que, mediante Informe Nº 091-2013-MPL-GAF de fecha 18 de setiembre de 2013, la Gerencia de Administración y Finanzas remite los actuados a la Secretaría General a fi n de la correspondiente ratifi cación en acuerdo de concejo; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR la autorización de viaje al señor Alcalde a la ciudad de Mérida, México del 21 al 23 de octubre de 2013, para que en representación de la Municipalidad de Pueblo Libre, asista a la XXI Conferencia Internacional de Comunidades Seguras, de conformidad con la parte considerativa del presente; ENCARGAR al señor Teniente Alcalde, LUIS BERNARDO ROSELLÓ CARRILLO, el Despacho de Alcaldía, en tanto dure la ausencia del titular Artículo Segundo.- AUTORIZAR los gastos que irroguen el presente viaje, afectando el egreso en la partida presupuestal correspondiente, los mismos que están distribuidos de la siguiente manera: Pasaje aéreo (tarifa económica) S/. 4,291.95 Viáticos y Asignaciones por Comisión S/. 3,655.08 Total: S/. 7,947.03 Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el diario ofi cial EL PERUANO y, a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS BERNARDO ROSELLÓ CARRILLO Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 995854-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vigencia dispuesto en la Ordenanza Nº 345-MDSMP que otorgó beneficios administrativos para la regularización de edificaciones del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2013/MDSMP San Martín de Porres, 27 de setiembre del 2013. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 181-2013-SGOP-GDU/MDSMP de la Subgerencia de Obras Privadas de la entidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 345-MDSMP (20. JUNIO.2013), publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 28.JUNIO.2013, se otorgó los benefi cios administrativos para la regularización de edifi caciones del distrito de San Martín de Porres, a fi n de formalizar las existentes de uso vivienda unifamiliar, multifamiliar, vivienda - comercio, vivienda - taller, comercios, servicios y locales industriales; sean éstas obras completas, ampliaciones y/o remodelaciones que se encuentren en condiciones de habilidad y de acuerdo a las normas vigentes; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe de Visto se considera necesario la ampliación de citado benefi cio, puesto que a la fecha se está incrementando el número de expedientes, existiendo a la vez el requerimiento de diversos programas de vivienda, conforme se constata en las reuniones que se vienen sosteniendo, lo que permitirá brindar mayores facilidades a la población que desee acogerse a este benefi cio; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 345-MDSMP faculta al Señor Alcalde prorrogar su vigencia; existiendo al respecto la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 369-2013-GDU-MDSMP y de la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 1267-2013-GAJ/MDSMP; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 345-MDSMP; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en el artículo Tercero de la Ordenanza Nº 345-MDSMP (20.JUNIO.2013) hasta el 31.DICIEMBRE.2013. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto de alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de su unidad orgánica respectiva; así como su publicación a la Secretaría General; y su difusión mediante la Subgerencia de Comunicaciones. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 996503-1