Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2013 (04/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Viernes 4 de octubre de 2013

504315
VISTOS: El Informe N° 000557-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (06SET2013), emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000914-2013/GPP/ RENIEC (18ABR2013), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Memorando N° 0016562013/GOR/RENIEC (29AGO2013), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 000125-2013/GPRC/RENIEC (10SET2013), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del articulo 44° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, con Resolucion Jefatural Nº 510-2010-JNAC/ RENIEC (09JUN2010), se revoco a partir del 12 de MORDAZA del 2010, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del articulo 44° de la Ley N° 26497 que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas) y titulos archivados perteneciente a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, se realizaron las coordinaciones con los funcionarios de la referida Municipalidad, a fin de realizar la transferencia del acervo documentario por tramos, diferenciandolos por MORDAZA de registro, como una etapa previa a su incorporacion; empezando por la seccion de Defunciones, seguido por Matrimonios y concluyendo con Nacimientos; Que, mediante los Informes de vistos, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles en su calidad de encargada del MORDAZA de incorporacion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, conforme lo establece el articulo 111° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA respecto al acervo documentario relativo a la seccion de Matrimonios (Libros de Actas de Matrimonio) y los titulos archivados inherentes a esta seccion; propuesta que cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; Que, a traves de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinion favorable respecto a la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporacion de la Oficina de Registros del Estado

accion popular, por infraccion de la Constitucion y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de caracter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULA la Resolucion N.° 099-2012-ROP/JNE, del 4 de diciembre de 2012, emitida por el Registro de Organizaciones Politicas, que denego la solicitud de inscripcion de la organizacion politica de alcance nacional partido politico Orden, debido a que no le otorgo el plazo adicional del termino de la distancia para subsanar las observaciones realizadas por el citado organo relativas a los comites provinciales. Articulo Segundo.- REQUERIR al Registro de Organizaciones Politicas que emita nueva resolucion, otorgando a la organizacion politica partido politico Orden, el plazo de subsanacion no menor de ciento veinte dias habiles, mas el termino de la distancia, para que subsane las observaciones realizadas a la referida organizacion politica, y proceda conforme a lo dispuesto en el considerando 52 de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

1

La version originaria del articulo 54 del estatuto disponia lo siguiente: "Articulo 54.- Presidente, Vicepresidentes y representantes al Congreso.La eleccion de los candidatos para Presidente, Vicepresidente y Representantes al Congreso se realiza mediante MORDAZA universal directo y secreto de todos los delegados del Partido. El candidato a la Presidencia de la Republica propone una lista completa equivalente al 80% del numero de congresistas de la circunscripcion y los delegados votan por la lista de su preferencia, en el orden propuesto. Un mismo candidato al Congreso puede ser propuesto por dos o mas candidatos a la Presidencia; de la misma forma puede presentarse listas completas por circunscripcion".

996489-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA al RENIEC, respecto al acervo documentario relativo a la seccion de Matrimonios
RESOLUCION JEFATURAL N° 297-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 3 de octubre de 2013

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.