Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2013 (05/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 5 de octubre de 2013

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sus facultades otorgadas por la Ley Nº 28933, ha seleccionado al Estudio White & Case LLP para que ejerza la defensa y representacion procesal del Estado peruano en la citada controversia; Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos en el Informe Nº 607-2013-EF/43.03 senala que se cuenta con la certificacion del credito presupuestario para atender la contratacion del citado Estudio que se verifica mediante la Nota Nº 0000000103 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion, Inversiones y Presupuesto; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 1141-2013-EF/42.01 ha opinado favorablemente sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas y el Estudio White & Case LLP; y De conformidad con la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinacion y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversion; y con el Decreto Supremo Nº 002-2009-EF que aprueba el "Procedimiento para la Contratacion de Servicios de Abogados, Estudios de Abogados y Otros Profesionales necesarios para la participacion del Estado en Controversias Internacionales de Inversion en el MORDAZA de la Ley Nº 28933"; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la contratacion del Estudio White & Case LLP seleccionado por la Comision Especial, en el MORDAZA de la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinacion y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversion, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos para que, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas, suscriba el contrato aprobado en el articulo 1 de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

VISTO: El Memorando N° 166-2013-EF/15.01 del Despacho Viceministerial de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre designacion de funcionario. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Programa Sectorial IV ­ Director General, Categoria F-5 de la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, siendo necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el articulo 77° del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de Programa Sectorial IV ­ Director General, Categoria F-5 de la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

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Aprueban la contratacion del Estudio White & Case LLP en el MORDAZA de la Ley , Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinacion y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversion
RESOLUCION MINISTERIAL N° 288-2013-EF/43
MORDAZA, 04 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinacion y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversion, crea una Comision Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversion, estando a cargo de esta la seleccion de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratacion sera realizada por el Ministerio de Economia y Finanzas. Dicha Ley fue reglamentada a traves del Decreto Supremo Nº 125-2008-EF; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-EF, se aprobo el "Procedimiento para la Contratacion de Servicios de Abogados, Estudios de Abogados y Otros Profesionales necesarios para la participacion del Estado en Controversias Internacionales de Inversion en el MORDAZA de la Ley Nº 28933"; Que, el articulo 4 del citado Procedimiento establece los lineamientos que la mencionada Comision Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se MORDAZA cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversion; Que, el Estado peruano, a raiz de los resultados favorables del arbitraje interpuesto por la empresa Caraveli Cotaruse Transmisora de Energia S.A.C, procedio al requerimiento de pago de penalidades por incumplimiento del Contrato de Concesion de SGT de LT Mantaro ­ Caraveli ­ MORDAZA y el Contrato de Concesion de SGT de LT Machupicchu ­ Cotaruse; asi como de una indemnizacion por danos y perjuicios, requerimiento que fue denegado por la citada empresa, iniciandose una nueva controversia. De esa manera, la Comision Especial Ley Nº 28933 en atencion a

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Establecen la Programacion de Compromisos Anual correspondiente a la revision del tercer trimestre del ano fiscal 2013 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 017-2013-EF/50.01
MORDAZA, 3 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del articulo 13° de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 3° y 4° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, disponen que la Direccion General de Presupuesto Publico es el organo rector y constituye la mas alta autoridad tecnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestion del MORDAZA presupuestario, asi como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, comprende, entre otros, los creditos presupuestarios maximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

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