Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2013 (10/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 10 de octubre de 2013

504607
SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar concesion temporal a favor de ANEMOI DEL PERU S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 27329013, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Ocucaje I, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Ocucaje y MORDAZA, provincia y departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE ESTE NORTE 1 2 3 4 5 6 7 8 420 450,763 417 668,713 410 214,589 408 622,565 406 781,542 407 744,559 412 065,631 415 942,695 8 373 330,780 8 369 238,713 8 373 053,784 8 376 265,840 8 384 757,986 8 386 525,015 8 385 777,999 8 383 560,958

del Ejercicio Fiscal 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos $ 580,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Igualmente, en el citado plazo debe presentar la rendicion de cuentas por los viaticos otorgados a las autoridades competentes. Articulo 4.- La presente resolucion no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 998123-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion temporal a favor de Anemoi del Peru S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Ocucaje I
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 400-2013-MEM/DM MORDAZA, 24 de setiembre 2013 VISTO: El Expediente Nº 27329013 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Ocucaje I, presentado por ANEMOI DEL PERU S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12997080 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ANEMOI DEL PERU S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2291662 de fecha 14 de MORDAZA de 2013, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Ocucaje I, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Ocucaje y MORDAZA, provincia y departamento de Ica, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 557-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia;

Articulo 3.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 994147-1

Imponen servidumbre de acueductos y obras hidroelectricas a favor de concesion definitiva de generacion de la que es titular Empresa de Generacion Huallaga S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 408-2013-MEM/DM MORDAZA, 24 de setiembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 11226113, presentado por Empresa de Generacion Huallaga S.A., inscrita en la Partida Electronica Nº 11565106 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de acueductos y obras hidroelectricas para el Sistema de Conduccion de Agua de la Central Hidroelectrica Chaglla; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Generacion Huallaga S.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad

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