Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2013 (10/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Jueves 10 de octubre de 2013

504613
preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 995325-1

Otorgan concesion temporal a favor de Anemoi del Peru S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Paijan
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 416-2013-MEM/DM MORDAZA, 30 de setiembre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 27329113 sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Paijan, presentado por ANEMOI DEL PERU S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 12997080 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, ANEMOI DEL PERU S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2291666 de fecha 14 de MORDAZA de 2013, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Paijan, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de San MORDAZA de Lloc, provincia de Pacasmayo y departamento de La MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 498-2013-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de ANEMOI DEL PERU S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 27329113, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Paijan, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizaran en el distrito de San MORDAZA de Lloc, provincia de Pacasmayo y departamento de La MORDAZA, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 667 143,184 669 154,233 669 126,325 669 165,416 669 191,340 668 585,393 667 978,225 666 715,188 663 907,294 663 691,380 663 276,404 662 871,118 662 561,154 662 497,333 661 602,099 661 733,179 660 906,337 663 500,269

VIVIENDA
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 811-2013-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 012-2013-VIVIENDA, publicado en la edicion del dia 3 de octubre de 2013. DICE: "Articulo 12.- Modificacion del numeral 61.6 del articulo 60 del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA Modifiquese el numeral 61.6 del articulo 60 del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, el cual quedara redactado con el siguiente texto: (...) " DEBE DECIR: "Articulo 12.- Modificacion del numeral 61.6 del articulo 61 del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA Modifiquese el numeral 61.6 del articulo 61 del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, el cual quedara redactado con el siguiente texto: (...) " 998331-1

ESTE

9 174 025,311 9 172 364,122 9 171 042,354 9 170 908,282 9 168 325,298 9 167 924.072 9 167 523,145 9 168 052,201 9 166 033,129 9 166 273,162 9 166 753,168 9 167 198,113 9 167 552,117 9 167 624,218 9 168 698,071 9 169 577,103 9 170 487,284 9 171 771,245

NORTE

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina Zonal de La MORDAZA del COFOPRI
RESOLUCION DIRECTORAL N° 120-2013-COFOPRI/DE MORDAZA, 03 de octubre de 2013

Articulo 3º.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios respetando las normas tecnicas y de seguridad,

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