Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2013 (12/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 12 de octubre de 2013

504751
DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, eleve en consulta el informe tecnico de la Sub Gerencia de Defensa Civil al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI para su ratificacion. Segunda.- Facultese a la senora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la vigencia de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado del Despacho de Alcaldia 998860-1

Que, el informe de la Sub Gerencia de Defensa Civil Nº 166-2013-SGDC-GDE/MDB, remite a su vez Informes de Estimacion de Riesgos, realizados por la Sub Gerencia de Defensa Civil de La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que detallan la situacion en que se encuentran los acantilados del distrito de Barranco, siendo los siguientes: 1.- El Informe de Estimacion de Riesgos Nº 0168-2011MML/SGDC realizado en Bajada De Banos ­ MORDAZA de Los Suspiros, senala en sus recomendaciones "tomar acciones inmediatas de prevencion para evitar accidentes por la caida de cantos rodados y/o deslizamientos de los acantilados, tales como restringir el acceso por estas zonas, senalizar como MORDAZA de peligro por caida de rocas". 2.- El Informe de Estimacion de Riesgos Nº 02062011-MML/SGDC realizado a los acantilados de Barranco que concluye "que los riesgos encontrados y evaluados en funcion de los peligros existentes y las vulnerabilidades son riesgo muy alto para la caida o desprendimiento de rocas; riesgo alto para los peligros de derrumbes; y riesgo medio o moderado para los peligros de reptacion de suelos, tsunami, oleajes anomalos e incendios". 3.- El Informe de Estimacion de Riesgos Nº 0254-2011MML/SGDC realizado al edificio obra en construccion vivienda multifamiliar "La Quebrada De Barranco", que concluye "Que presenta condiciones de riesgo alto ante el peligro de derrumbes, al existir un MORDAZA pantalla perimetral sin tensar parcialmente, dejando en peligro de derrumbe la estabilidad del MORDAZA y de las construcciones colindantes del mirador del Malecon Mariscal Castilla". 4.- El Informe de Estimacion de Riesgos Nº 0053-2012MML/SGDC realizada al edificio obra en construccion vivienda multifamiliar "la Quebrada de Barranco" y edificio "Aquamarina", que concluye "que los niveles o MORDAZA de riesgo a que estan expuestos los acantilados del distrito de Barranco, en funcion a los peligros, vulnerabilidades y riesgos hallados por caida de rocas son de peligro muy alto y peligro alto por derrumbes"; Estando a lo informado y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de sus miembros y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE LA RECEPCION DE SOLICITUDES DE APROBACION DE ANTEPROYECTOS EN CONSULTA Y LICENCIAS DE EDIFICACION EN LOS ACANTILADOS DE BARRANCO Articulo Primero.- Suspender temporalmente, a partir de la entrada en vigencia del presente dispositivo municipal, la recepcion de solicitudes de aprobacion de Anteproyectos en Consulta y Licencias de Edificacion en el sector de los acantilados del distrito de Barranco, hasta que se establezca una Reglamentacion de la Zonificacion y Usos del Acantilado del Distrito de Barranco, a fin que sea declarada como patrimonio paisajistico natural del Distrito y MORDAZA reglamentadas las edificaciones en esa zona. Articulo Segundo.- Establecer que los malecones de Barranco constituyen espacios publicos que deben ser preservados en las caracteristicas que los define, como un paseo que corre paralelo al barranco, en el que, el trazado y conformacion de sus elementos como parapetos, bancas, jardines, veredas y pistas, iluminacion o cualquier otro elemento del mobiliario MORDAZA que se introduzca, permitan el acceso libre e irrestricto al viandante, la vision del paisaje sin obstaculos visuales y asegure condiciones de seguridad que mitiguen accidentes. Articulo Tercero.- En el plazo de 120 dias calendarios la Municipalidad elaborara, como desarrollo de la presente ordenanza, un Reglamento Especial de Intervencion y Preservacion de los malecones del distrito de Barranco y, paralelamente, realizara un diagnostico de la situacion actual que los degrada, con la finalidad de formular una politica de desarrollo y preservacion, y dictar las acciones de correccion que correspondan, en especial a las acciones de facto que privatizan en la practica su uso y pervierten su caracter publico y paisajistico. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, la implementacion de la normatividad integral para el tratamiento de los acantilados. Articulo Quinto.- La presente ordenanza, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Declaran de interes distrital Promocion de la Inversion Privada
ORDENANZA Nº 541-MDEA El MORDAZA, 5 de setiembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En la sesion ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Declarara de Interes Distrital la Promocion de la Inversion Privada, la creacion del Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA - CEPRIMA y la creacion del Fondo Municipal de Promocion de la Inversion Privada de la Municipalidad de El MORDAZA - FOMPRIMA en el Distrito de EL Agustino. Informe Nº 100-2013-GEMU-MDEA del Gerente Municipal, Informe Nº 512-2013-GDEC-MDEA del Gerente de Desarrollo Economico, Informe Nº 05552013-GDU-MDEA del Gerente de Desarrollo MORDAZA e Informe Nº 273-2013-GAJU-MDEA, del Gerente de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 867 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26/11/2005 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana estableciendose el MORDAZA normativo para que la indicada Entidad Metropolitana y las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, promuevan la inversion privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de la provincia de MORDAZA, en alianza estrategica entre los gobiernos regionales, locales, la inversion privada y la sociedad civil; Que, la indicada Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA concuerda con el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM que reglamenta la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, establece que el Organismo Promotor de la Inversion Privada es el Gobierno Local que directamente o a traves de un organo de linea designado

la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.