Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2013 (12/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Sabado 12 de octubre de 2013

504741
fecha 12 de MORDAZA de 2013, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, que resuelve Aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", del inmueble con un area de 45,000.00 m², constituido por la Parcela Nº 12, identificado con Unidad Catastral Nº 10621, Ex Fundo Naranjal, inscrito en la Ficha 307201 y su continuacion en la Partida Nº 43980270 de la Oficina Nacional de los Registros Publicos, sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion Manzanillo I Etapa, de conformidad con el Plano signado con el Nº 032-2013-SGCyHU-GDUMDSMP y memoria descriptiva por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES, rectifique el error material incurrido en la Resolucion de Alcaldia Nº 171-2013/MDSMP, de fecha 12 de MORDAZA de 2013, en el extremo referido a la Partida Electronica del predio habiendo consignado Nº 43870270, siendo la correcta Nº 43980270, a fin de no generar inconvenientes al administrado al momento de la inscripcion registral. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a la empresa INMOBILIARIA CONSTRUCTORA LOS EDIFICADORES S.A. y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento y fines. Articulo 4º.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 5º.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. YESENNIA MORDAZA TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 998636-1

San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, con el fin de obtener La Conformidad correspondiente; Que, a traves del Informe Nº 504-2013-MML-GDUSPHU-DCO, de fecha 09 de setiembre de 2013 (fs. 347 al 349), la Division de Control de Obras de esta Subgerencia manifiesta, que la presente Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 45,000.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 171-2013/MDSMP, de fecha 12 de MORDAZA de 2013, cumple los planes urbanos respecto a zonificacion, por cuanto el predio materia de evaluacion respeta la zonificacion con la que se encuentra calificada: Residencial de Densidad Media "R-4", de conformidad a lo establecido en el Decreto de Alcaldia Nº 082-96 del 02 de MORDAZA de 1996, MORDAZA vigente al inicio del presente tramite a vias, por cuanto el predio no se encuentra afecto a ninguna via perteneciente al Sistema Vial Metropolitano de conformidad al Plano del Sistema Vial Metropolitano aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 287 del 21 de diciembre de 1989, por lo que las Avenidas Central y MORDAZA Naranjal y S/N 9 son consideradas vias locales; sin embargo, en la actualidad la Ordenanza Nº 341-MML, califica dichas vias como Metropolitanas: la Av. Central (antes MORDAZA Sin Nombre 1) como via Colectora de seccion C-16-A 39, de 16.00 ml a 18.00 ml de ancho coincidiendo con la seccion D-D, y C-17-A39, con una seccion normativa de 18.00 ml a 20.00 ml. siendo para este tramo la seccion propuesta D'-D' de 16.00 m a 20.00 m., que si bien tiene una seccion menor, se justifica por la consolidacion de la MORDAZA y por otro lado mantiene el modulo normativo de 6.60 para la calzada; la Av. Sin Nombre 9, esta calificada a la fecha como via Colectora de secciones C-07-A39 y C-08-A39, de 11.40 ml. a 14.00 ml. de ancho y 15.00 ml. a 16.00 ml. de ancho, respectivamente, coincidiendo con las secciones C-C y C'-C' propuestas para esta via y la Av. MORDAZA Naranjal, actualmente esta calificada como Colectora de seccion C-84-A19, de 15.60 ml y 20.00 ml de ancho para este tramo, verificando que coincide con las secciones A-A y B-B planteadas; y a aportes reglamentarios, por cuanto, corresponde la aplicacion de lo establecido en el Reglamento Nacional de Construcciones-RNC, tal como ha sido aprobada, asimismo, el pago del deficit de Recreacion Publica y Ministerio de Educacion, esta garantizado en el MORDAZA considerando de la Resolucion materia de ratificacion; por lo que la propuesta presentada en conjunto resulta CONFORME, derivandose los actuados al Area Legal para el pronunciamiento correspondiente; Que, mediante Informe Nº 282-2013-MML-GDUSPHU-AL, de fecha 09 de setiembre de 2013 (fs. 350 y 351), el Area Legal de esta Subgerencia senala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la empresa INMOBILIARIA CONSTRUCTORA LOS EDIFICADORES S.A, propietarios del terreno de 45,000.00 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 307201 y su continuacion en la Partida Electronica Nº 43980270 del Registro Predios de MORDAZA - MORDAZA Registral Nº IX (fs. 318 al 324); en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitacion MORDAZA Ejecutada; Que, de acuerdo a la evaluacion tecnica y legal, senalada en los Informes Nº 504-2013-MML-GDUSPHU-DCO y Nº 282-2013-MML-GDU-SPHU-AL, ambos de fecha 09 de setiembre de 2013; que senalan que la presente Habilitacion MORDAZA, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonificacion, vias y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldia Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolucion de Alcaldia Nº 171-2013/MDSMP, de fecha 12 de MORDAZA de 2013, expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres; Con el visto MORDAZA de la Division de Control de Obras y del Area Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Decreto de Alcaldia Nº 082­96, Resolucion de Alcaldia Nº 287-1989, Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML, Reglamento Nacional de Construcciones y Resolucion Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion de Alcaldia Nº 171-2013/MDSMP, de

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Regulan la tenencia, proteccion, adiestramiento, comercializacion y control de canes en el distrito
ORDENANZA Nº 271-2013-MDA Ancon, 24 de agosto del 2013 El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ancon, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que las municipalidades provinciales, distritales y las delegadas conforme a ley, son organos del gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, toda persona tiene derecho entre otros a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo, al aire y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, ello acorde a lo regulado en el articulo 2 inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru; Que, entre otras funciones especificas compartidas entre las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud esta la de controlar la sanidad animal, ello segun lo dispuesto en el articulo 80 numeral 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Ley de Proteccion a los Animales Domesticos y a los Animales Silvestres Mantenidos en Cautiverio Nº 27265 declara de interes nacional la proteccion a todas las especies de animales domesticos y de animales mantenidos en cautiverio contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesion o muerte; Que, dentro de las facultades que le otorga la ley que Regula el Regimen Juridico de Canes Nº 27596, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11.DIC.2001

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