Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2013 (12/10/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Sabado 12 de octubre de 2013

504753
Publico del ano 2013 ­ Ley Nº 29951, establece en literal f) del numeral 8.1 "prohibase el ingreso de personal en el sector publico por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: f) La contratacion para el reemplazo por cese, ascenso o promocion del personal, o para la suplencia temporal de los servidores del sector publico. En el caso de los reemplazos por cese de personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del ano 2011, debiendose tomar en cuenta que el ingreso a la administracion publica se efectua necesariamente por concurso publico de meritos y sujeto a los documentos de gestion respectivos. En el caso de suplencia de personal, una vez finalizada la labor para la cual fue contratada la persona, los contratos respectivos quedan resueltos automaticamente. Por tanto, opina que es posible la contratacion de dos Auxiliares Coactivos para obligaciones administrativas, siempre que exista la plaza vacante en el CAP institucional, lo cual debe ser determinado por la Unidad de Recursos Humanos; Que, con fecha 11.04.13 mediante Informe Nº 1942013-MDL-OAF/URH, la Unidad de Recursos Humanos manifiesta que la Plaza del CAP Nº 0024 de especialista Administrativo I y la Plaza del CAP Nº 069 de Tecnico Administrativo II estan vacantes desde el 2011 y 2012 respectivamente, encontrandose considerada en el Presupuesto Analitico de Personal Aprobado mediante Resolucion Nº 049-2013-ALC-MDL del 31.01.13, y en presupuesto aprobado de enero a diciembre del presente ejercicio presupuestal, por lo que la convocatoria a concurso no implica incremento en el PAP ­ Presupuesto Analitico de Personal; Que, con fecha 12.07.13 mediante Memorandum Nº 425-2013-MDL-OAT, hace de conocimiento que el area de la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo viene a la fecha entregando de manera importante y significativa una serie de resoluciones solicitando ejecutarlas, siendo a la fecha la entrega en menos de dos meses y medio, un promedio de (29) expedientes para el inicio del MORDAZA respectivo; a lo cual indica que el area de ejecucion coactiva no cuenta con personal suficiente como para poder derivar este MORDAZA de MORDAZA, situacion que en su momento merituo el Informe Nº 106-2013-MDLOAT e Informe Nº 030-2013-MDL-OAT; Que, segun lo indicado en el Art. 13 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM ­ Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se generen por la eliminacion o creacion de cargos que no incidan en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal de la Entidad, no requerira de un MORDAZA MORDAZA de aprobacion de CAP, pudiendo aprobarse dicho reordenamiento por resolucion del titular de la Entidad; De conformidad a los considerandos, y en uso de las facultades que le confiere el Art. 20 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el reordenamiento de los cargos establecidos en el Cuadro de Asignacion de Personal de la Municipalidad Distrital de Lince aprobado mediante Ordenanza Nº 249-MDL del 24.08.09 reordenado con Resolucion de Alcaldia Nº 329-2011-MDL-ALC, eliminando (02) plazas que a la fecha se encuentran vacantes y creando (02) plazas para Auxiliar Coactivo de Obligaciones Administrativas dependiente de la Oficina de Administracion Tributaria, segun Anexo I adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas reformule el Presupuesto Analitico de Personal, sin incrementar el Presupuesto y de acuerdo al reordenamiento aprobado en el articulo primero de la presente Resolucion, elevandola a la Alta Direccion para su aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico de la Municipalidad Distrital de Lince. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 998476-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban reordenamiento de cargos establecidos en el Cuadro de Asignacion de Personal de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 350-2013-MDL Lince, 30 de septiembre de 2013 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LINCE; VISTOS: El Informe Nº 083-2013-MDL-OPP, de fecha 12.09.13, mediante el cual la Oficina de Planeamiento y Presupuesto propone el reordenamiento del Cuadro de Asignacion de Personal. CONSIDERANDO: Que, con fecha 24.08.09 mediante Ordenanza Nº 249MDL, se modifica el Cuadro de Asignacion del Personal de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, con fecha 26.08.11 mediante Resolucion de Alcaldia Nº 329-2011-MDL, se aprobo el reordenamiento del Cuadro de Asignacion de Personal de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, con fecha 31.01.13 mediante Resolucion de Alcaldia Nº 049-2013-ALC-MDL, se aprueba el Presupuesto Analitico de Personal empleado, contratado y obrero permanente de la Municipalidad Distrital de Lince, correspondiente al ejercicio 2013; Que, con fecha 03.04.13 mediante Informe Nº 0302013-MDL-OAT, la Oficina de Administracion Tributaria manifiesta que respecto a la necesidad imperativa de contar para los procesos de apoyo a la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo de Personal especializado para el normal cumplimiento de sus funciones como son dos Auxiliares Coactivos especializados en obligaciones Administrativas en merito a lo expuesto por la Subgerencia de Fiscalizacion y Control Administrativo y habiendose precisado que el area de coactivo no cuenta con personal necesario y calificado en estos rubros como para poder efectuar un destaque a dicha area. En ese sentido cumple con alcanzar una propuesta reformulada de: · Dos Auxiliares Coactivos para ejecucion de Obligaciones Administrativas Que, para ello alcanza el Informe Nº 056-2013-MDLOAT-UEC de fecha 27.03.13 de la Unidad de Ejecucion Coactiva, el cual hace MORDAZA, anexando las bases administrativas para el concurso publico de meritos, y cronograma de actividades para la implementacion de los mismos; Que, con fecha 09.04.13 mediante Informe Nº 2412013-MDL-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica senala que de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.1 del articulo 7º del TUO de la Ley de Ejecucion Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el Ejecutor Coactivo, asi como los Auxiliares Coactivos son designados mediante concurso publico de meritos. La MORDAZA acotada senala en su numeral 7.2. Que tanto el ejecutor coactivo como el auxiliar coactivo ingresaran como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejerceran su cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva. El numeral 7.3. Establece que el Ejecutor y el Auxiliar percibiran una remuneracion de caracter permanente, encontrandose impedidos de percibir comisiones, porcentajes o participaciones cuyo calculo se haga en base a los montos recuperados; Que, por otra parte la Ley Nº 27204 establece en su articulo 1º que el Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados segun el regimen laboral de la Entidad a la que representan y su designacion en los terminos senalados en el Articulo 7º de la Ley Nº 26979 Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva no implica que MORDAZA cargos de confianza. Asimismo, senala que el articulo 8º de la Ley de Presupuesto del sector

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.