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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (12/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Sábado 12 de octubre de 2013 504753 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban reordenamiento de cargos establecidos en el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 350-2013-MDL Lince, 30 de septiembre de 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE LINCE; VISTOS: El Informe Nº 083-2013-MDL-OPP, de fecha 12.09.13, mediante el cual la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto propone el reordenamiento del Cuadro de Asignación de Personal. CONSIDERANDO: Que, con fecha 24.08.09 mediante Ordenanza Nº 249- MDL, se modifi ca el Cuadro de Asignación del Personal de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, con fecha 26.08.11 mediante Resolución de Alcaldía Nº 329-2011-MDL, se aprobó el reordenamiento del Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, con fecha 31.01.13 mediante Resolución de Alcaldía Nº 049-2013-ALC-MDL, se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal empleado, contratado y obrero permanente de la Municipalidad Distrital de Lince, correspondiente al ejercicio 2013; Que, con fecha 03.04.13 mediante Informe Nº 030- 2013-MDL-OAT, la Ofi cina de Administración Tributaria manifi esta que respecto a la necesidad imperativa de contar para los procesos de apoyo a la Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo de Personal especializado para el normal cumplimiento de sus funciones como son dos Auxiliares Coactivos especializados en obligaciones Administrativas en mérito a lo expuesto por la Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo y habiéndose precisado que el área de coactivo no cuenta con personal necesario y califi cado en estos rubros como para poder efectuar un destaque a dicha área. En ese sentido cumple con alcanzar una propuesta reformulada de: • Dos Auxiliares Coactivos para ejecución de Obligaciones Administrativas Que, para ello alcanza el Informe Nº 056-2013-MDL- OAT-UEC de fecha 27.03.13 de la Unidad de Ejecución Coactiva, el cual hace suyo, anexando las bases administrativas para el concurso público de méritos, y cronograma de actividades para la implementación de los mismos; Que, con fecha 09.04.13 mediante Informe Nº 241- 2013-MDL-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.1 del artículo 7º del TUO de la Ley de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el Ejecutor Coactivo, así como los Auxiliares Coactivos son designados mediante concurso público de méritos. La norma acotada señala en su numeral 7.2. Que tanto el ejecutor coactivo como el auxiliar coactivo ingresaran como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva. El numeral 7.3. Establece que el Ejecutor y el Auxiliar percibirán una remuneración de carácter permanente, encontrándose impedidos de percibir comisiones, porcentajes o participaciones cuyo cálculo se haga en base a los montos recuperados; Que, por otra parte la Ley Nº 27204 establece en su artículo 1º que el Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados según el régimen laboral de la Entidad a la que representan y su designación en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley Nº 26979 Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva no implica que sean cargos de confi anza. Asimismo, señala que el artículo 8º de la Ley de Presupuesto del sector Público del año 2013 – Ley Nº 29951, establece en literal f) del numeral 8.1 “prohíbase el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: f) La contratación para el reemplazo por cese, ascenso o promoción del personal, o para la suplencia temporal de los servidores del sector público. En el caso de los reemplazos por cese de personal, este comprende al cese que se hubiese producido a partir del año 2011, debiéndose tomar en cuenta que el ingreso a la administración pública se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos. En el caso de suplencia de personal, una vez fi nalizada la labor para la cual fue contratada la persona, los contratos respectivos quedan resueltos automáticamente. Por tanto, opina que es posible la contratación de dos Auxiliares Coactivos para obligaciones administrativas, siempre que exista la plaza vacante en el CAP institucional, lo cual debe ser determinado por la Unidad de Recursos Humanos; Que, con fecha 11.04.13 mediante Informe Nº 194- 2013-MDL-OAF/URH, la Unidad de Recursos Humanos manifi esta que la Plaza del CAP Nº 0024 de especialista Administrativo I y la Plaza del CAP Nº 069 de Técnico Administrativo II están vacantes desde el 2011 y 2012 respectivamente, encontrándose considerada en el Presupuesto Analítico de Personal Aprobado mediante Resolución Nº 049-2013-ALC-MDL del 31.01.13, y en presupuesto aprobado de enero a diciembre del presente ejercicio presupuestal, por lo que la convocatoria a concurso no implica incremento en el PAP – Presupuesto Analítico de Personal; Que, con fecha 12.07.13 mediante Memorándum Nº 425-2013-MDL-OAT, hace de conocimiento que el área de la Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo viene a la fecha entregando de manera importante y signifi cativa una serie de resoluciones solicitando ejecutarlas, siendo a la fecha la entrega en menos de dos meses y medio, un promedio de (29) expedientes para el inicio del proceso respectivo; a lo cual indica que el área de ejecución coactiva no cuenta con personal sufi ciente como para poder derivar este tipo de proceso, situación que en su momento merituo el Informe Nº 106-2013-MDL- OAT e Informe Nº 030-2013-MDL-OAT; Que, según lo indicado en el Art. 13 del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM – Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se generen por la eliminación o creación de cargos que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación de CAP, pudiendo aprobarse dicho reordenamiento por resolución del titular de la Entidad; De conformidad a los considerandos, y en uso de las facultades que le confi ere el Art. 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el reordenamiento de los cargos establecidos en el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de Lince aprobado mediante Ordenanza Nº 249-MDL del 24.08.09 reordenado con Resolución de Alcaldía Nº 329-2011-MDL-ALC, eliminando (02) plazas que a la fecha se encuentran vacantes y creando (02) plazas para Auxiliar Coactivo de Obligaciones Administrativas dependiente de la Ofi cina de Administración Tributaria, según Anexo I adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Administración y Finanzas reformule el Presupuesto Analítico de Personal, sin incrementar el Presupuesto y de acuerdo al reordenamiento aprobado en el artículo primero de la presente Resolución, elevándola a la Alta Dirección para su aprobación. Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Municipalidad Distrital de Lince. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 998476-1